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Medio Ambiente


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2012  •  5.761 Palabras (24 Páginas)  •  376 Visitas

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UNA PARTE FUNDAMENTAL de la Constitución ecuatoriana, al igual que todas las constituciones, son las normas que consagran los derechos de las personas. No solamente se establecen esos derechos, sino que se reconocen otros derechos que han sido consagrados en instrumentos internacionales, estableciendo el deber del Estado de garantizarlos y procurar su libre y eficaz ejercicio.

El derecho a vivir en un ambiente sano

Las normas constitucionales que consagran los derechos de las personas se encuentran en el Título III, Capítulo II referente a los derechos civiles, tiene dos artículos que básicamente establecen los derechos individuales que toda persona puede ejercer y exigir sean respetados por los demás. Dentro de los derechos contenidos en el artículo 23, se encuentran algunos cuyo enunciado mismo señala la necesidad de fijar ciertos límites necesarios para su ejercicio, en búsqueda del bien común. Uno de ellos es el consagrado en el número 6 del antes mencionado artículo, que dice textualmente: "El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. La ley establecerá las restricciones al ejercicio de determinados derechos y libertades para proteger el medio ambiente".

Protección del medio ambiente

En materia de derechos humanos es importante analizar los cambios que se han producido a través del tiempo, debido a ciertos acontecimientos que han hecho dar mayor importancia a determinados derechos, que en otras épocas no tenían tal relevancia, o a instituir derechos que anteriormente no habían sido considerados como tales. Es así que en los últimos tiempos, las transformaciones que se han producido en el medio ambiente debido a procesos humanos específicos, han ocasionado una necesidad imperante de mirar hacia la protección del medio ambiente, y esto precisamente se ha reflejado en las normas que nuestra Constitución ha establecido para garantizar que dicha protección sea efectiva.

l vivir en un ambiente sano En principio creó Dios los cielos y la tierra (Génesis 1.1) y luego permitió que las leyes naturales, que también fueron establecidas por Dios, operen para el desarrollo de miles de especies distintas, como hecho evidente que la naturaleza es producto de un Dios sublime y soberano que dio origen a toda vida.

En relación con lo expresado anteriormente, la norma constitucional del artículo 71, dice que la naturaleza donde se produce y se realiza la vida, tiene derecho a que se respete íntegramente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, funciones y procesos evolutivos. Por ello, en mérito de lo expuesto y a la luz de las normas constitucionales de los artículos 14 y 66, numeral 27 del Código Político, todos tenemos derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, razón por la cual la Constitución y la Ley contiene disposiciones que protegen la naturaleza y el ambiente cuando son objeto de daño.

En este contexto, una persona tiene derecho a construir una piscina camaronera, pero no tiene derecho a destruir el manglar. Igual ocurre con el que tiene derecho a construir una fábrica, pero no tiene derecho a contaminar el aire o el agua. En la misma forma, el que tiene derecho a poner una empresa de disco móvil, pero no tiene derecho para provocar ruido que enferme a los demás.

Es indiscutible que todos deseamos vivir en un ambiente sano y gozar de buena salud y bienestar, y para hacer realidad este ideal tenemos la ineludible obligación de cuidar la naturaleza, es decir, los árboles, el agua y los animales que viven en los bosques. Pero, a pesar de toda esta protección jurídica, el hombre, a pretexto de impulsar el desarrollo tecnológico y científico, destruye la naturaleza, contamina el agua y el ambiente; tala en forma indiscriminada o quema los árboles, con lo cual, en un futuro no muy lejano, estaremos en presencia del principio bíblico que señala: “habrá hambre, epidemias y terremotos en diferentes lugares”.

MINISTERIO DEL AMBIENTE DE ECUADOR

El Ministerio del Ambiente, es el órgano rector de las políticas ambientales en la administración pública del

Ecuador, fue creado el 4 de octubre de 1996 mediante Decreto Ejecutivo No. 195.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 505 de fecha 22 de enero del 1999 se fusiona el Instituto Ecuatoriano

Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre-INEFAN, y el Ministerio del Ambiente en una sola entidad.

En la actualidad, el Ministerio del Ambiente gestiona su acción en base de varias leyes como:

• La Constitución Política de la República del Estado,

• La Ley Forestal y reconservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, publicada en el Registro Oficial No.

64 de 24 de agosto de 1981,

• La Ley de Gestión Ambiental, publicado en el Registro Oficial No. 245 de 30 de julio de 1999,

• El Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, expedido mediante Decreto

Ejecutivo No. 3399 publicado en el Registro Oficial No. 725 de 16 de diciembre del 2002,

• Ley de Descentralización,

• La Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones

del Sector Público, Texto promulgado en Suplemento del Registro oficial No. 184, de 6 de octubre de 2003,

Control Interno de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, entre otras.

El Ministerio del Ambiente es el organismo del Estado ecuatoriano encargado de diseñar las políticas

ambientales y coordinar las estrategias, los proyectos y programas para el cuidado de los ecosistemas

y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Propone y define las normas para

conseguir la calidad ambiental adecuada, con un desarrollo basado en la conservación y el uso

apropiado de la biodiversidad y de los recursos con los que cuenta nuestro país.

Desde una visión solidaria con las poblaciones y su ambiente, impulsa la participación de todos los actores

sociales en la gestión ambiental a través del trabajo coordinado. De esta manera, contribuye a consolidar la

capacidad tanto del estado como de los gobiernos seccionales para el manejo democrático y desconcentrado

del tema ambiental y apunta a comprometer la participación de diversos actores: las universidades, los

centros de investigación, y las ONG.

La gestión ambiental es una responsabilidad de todos, porque la calidad de vida depende de las condiciones

ambientales en las que nos desarrollamos. Por este motivo, el Ministerio se encarga de recopilar la

información de carácter ambiental como un instrumento para educar

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