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PENITENCIARISMO


Enviado por   •  11 de Marzo de 2014  •  3.758 Palabras (16 Páginas)  •  197 Visitas

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LA PENOLOGÍA.

La Penología es una rama de las Ciencias Penales que se ocupa de la aplicación y ejecución de las penas, y de forma general del castigo y tratamiento del delincuente.

Desde este punto de vista puede definirse como disciplina que tiene por objeto el estudio de los diversos medios de represión directa del delito, de sus métodos de aplicación y de la actuación pos penitenciario.

Forman parte de su contenido toda clase de penas y medidas de seguridad así como así como los medios de seguridad y los medios de ejecución y aplicación de los mismos.

La Penología es la parte de la política Criminal y de la Criminología que estudia la actividad jurisdiccional o administrativa posterior a la imposición de una sanción por responsabilidad penal en la comisión de un delito o contravención y actitudes sociales vinculadas a dicha actividad.

También estudia las reacciones no institucionales relacionadas con la ejecución de las sanciones penales sean estas anteriores con comitentes o posteriores a ellas.

A nuestro ver la Penología tiene un fin el cual lo podríamos delimitar como el estudio de la punibilidad con un enfoque social.

La misma se ocupa de las actitudes sociales vinculadas a la actividad jurisdiccional y administrativa, ya que estudia los diversos medios de represión y prevención directa del delito sus métodos de aplicación, y de la actuación pos penitenciaria.

DERECHO PENITENCIARIO.

Derecho Penitenciario:

Conjunto de normas que regulan la ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas por autoridad competente como consecuencia de la comisión de conductas previstas como delitos penales.

Es el derecho de ejecución penal y contiene las normas jurídicas que regulan la ejecución de las penas y medidas de seguridad con un predominante sentido de garantía de los derechos del penado.

Proyección del derecho penitenciario.

Tiene un carácter reeducador y dicho carácter debe desarrollarse en el tiempo establecido en las penas privativas de libertad ya que su ente es la reeducación, la readaptación social y ejecución de la pena impuesta a un criminal, que debería alcanzarse por medio de la educación y el trabajo.

Fin del Derecho Penitenciario.

Es la preservación y protección de los bienes jurídicos que implican los más altos valores del hombre, para permitir una convivencia social armónica y pacífica, así mismo el fin del derecho penitenciario es la ejecución de la pena y todo lo que señala la ley.

Antecedentes.

La privación de la libertad como pena por la comisión de un hecho típico antijurídico culpable y punible (DELITO) es una técnica penal relativamente reciente.

Ya que en la edad media imperaban los castigos corporales, los trabajos forzados y la pena de muerte.

Los presidios se conciben como lugares de tránsito hasta el juicio o la ejecución de la pena.

Posteriormente ante el fracaso del catalogo de penas descrito se configura la pena privativa de libertad al objeto de.

Corregir al culpable y disuadir a la sociedad.

Aislar al delincuente.

Artículo 43 de la CRBV garantizar la seguridad de las personas que se encuentran privadas de libertad.

Su objetivo. El periodo del cumplimiento de la pena. Ley del régimen Penitenciario.

Artículo 2. Que nos dice que la reinserción del penado constituye el objeto fundamental del periodo de cumplimiento de pena en el cual deberán reportarse estrictamente todos los derechos consagrados en la constitución.

Art. 272. El Estado garantizará un sistema penitenciario la rehabilitación del interno o interna y el respeto a los derechos humanos .Para ello los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo ,el estudio, el deporte y la recreación funcionaran bajo la dirección de penitenciaritas profesionales con credenciales académicas universitarias y se regirán por una administración descentralizada a cargo de los gobiernos estadales o municipales pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización.

El Estado creará las instituciones indispensables para la asistencia pos penitenciario que posibilite la reinserción social del ex interno o ex interna.

Problema actual del sistema penitenciario.

Sobrepoblación, hacinamiento y violencia.

El retardo procesal.

Soluciones penitenciarias, Infraestructura.

Dirección Nacional de Servicios penitenciarios.

Es un órgano adscrito al Ministerio de Interior y Justicia su misión es brindar un servicio penitenciario en forma eficiente y eficaz, que garantice a los procesados o procesadas y penados y penadas las condiciones y herramientas necesarias para el desarrollo de sus potencialidades y capacidades con el fin de mejorar sus posibilidades de reinserción en la sociedad con estricto apego y observancia a los derechos fundamentales del ser humano.

Visión Proyectarse ante la comunidad penitenciaria y la sociedad en general como un modelo de institución pública, humanista, científica y actual y eficiente en la prestación de un servicio penitenciario de la más alta calidad.

LA CIENCIA PENITENCIARIA

Es una clase de la Penología que se encarga del estudio de las penas privativas de libertad de su organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar profesional y socialmente a los condenados y le atribuyen a la penología la responsabilidad de estudiar las restantes penas así como la asistencia post penitenciaria.

Sistemas Penitenciarios.

Están basados en un conjunto de principios orgánicos sobre los problemas que dieron origen a las reformas carcelarias y surgen como una relación natural y lógica contra el estado de hacinamiento, promiscuidad, falta de higiene, alimentación, educación, trabajo y rehabilitación de los internos.

Distintos sistemas penitenciarios

Celular o Pensilvánico

Por su extrema religiosidad implantó un sistema de aislamiento en la celda en donde se le obligaba al delincuente a leer las sagradas escrituras y libros religiosos, de esta forma entendían que había una reconciliación con Dios y la sociedad, sustituyeron las penas mutilantes, por penas privativas de libertad y trabajos forzados.

Sistema Auburniano.

Se introdujo el trabajo diurno, teniendo como común denominador el no hablar, así como un aislamiento nocturno, es llamado también el régimen del silencio, la enseñanza era muy elemental y consistía en aprender escritura, lectura y otros oficios.

Sistema Progresivo.

Consiste en obtener las rehabilitación social mediante etapas o grados es estrictamente

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