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CAPÍTULO I DE LA FINALIDAD


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  1.222 Palabras (5 Páginas)  •  307 Visitas

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CAPÍTULO I

DE LA FINALIDAD

Artículo 1º.- El presente Reglamento establece los requisitos para el registro y control de farmacias, clínicas, hospitales, consultorios veterinarios, tiendas de venta de mascotas, tiendas de venta de alimento balanceado, peluquerías de mascotas, denominase a todos estos “Establecimientos Veterinarios”, regulando mediante la presente norma las condiciones mínimas de infraestructura, equipamiento, organización y funcionamiento.

Artículo 2º.- Los establecimientos veterinarios deberán especificar y orientar su organización y funciones hacia la extensión de servicios de atención de consultas, tratamientos médico - quirúrgicos, prevención y control de enfermedades infecciosas, infecto – contagiosas y parasitarias, diagnóstico clínico y laboratorial, asistencia técnica, tratamientos estéticos y cosméticos, venta de productos de uso veterinario – PUV´s (productos farmacológicos, biológicos, alimentos balanceados) y accesorios para animales, contribuyendo además en el control de enfermedades zoonóticas, coadyuvando y dirigiendo su accionar a la protección de la salud pública.

Artículo 3º.- El SENASAG, a través de la Jefaturas Distritales, procesará y resolverá las Solicitudes de Registro para el funcionamiento de establecimientos veterinarios, con vigencia de un año, tomando como base la Tabla de Contenidos del presente “REGLAMENTO PARA REGISTRO Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS VETERINARIOS” (Anexo II) respecto al uso de Productos de Uso Veterinario (PUV) para prevención, diagnóstico, curación o tratamiento de las enfermedades de los animales y/o cuidado o tratamiento estético o cosmético de los animales.

CAPÍTULO II

DE LAS FUNCIONES, INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS VETERINARIOS

Artículo 4º.- Las actividades o funciones, ambientes y equipos de los establecimientos veterinarios serán los siguientes:

a) FARMACIAS VETERINARIAS

Se entiende por farmacia veterinaria al Establecimiento Veterinario dedicado a la comercialización y dispensación de productos de uso veterinario bajo la presentación o no de receta médico veterinaria, elaborados en el país o importados y que cuentan con registro oficial en el SENASAG.

El Establecimiento Veterinario estará dirigido técnicamente por el “Responsable Técnico”, Médico Veterinario titulado y registrado en el Colegio de Médicos Veterinarios, exceptuando los encargados de los Establecimientos Veterinarios Rurales.

Infraestructura y equipamiento mínimos necesarios:

1. Área destinada a la recepción del público, con el espacio suficiente para atender en condiciones óptimas de higiene y comodidad.

2. Piezas independientes destinadas al almacenamiento de productos, con buenas condiciones de higiene, ventilación y protección contra insectos perjudiciales y plagas, contando además con medidas necesarias para cumplir con Buenas Prácticas de Almacenamiento, asegurando su adecuada conservación.

3. Contar con sistemas o equipos de refrigeración para conservación de biológicos y otros productos que requieran conservación a temperaturas especiales o específicas y los sistemas auxiliares de control de temperatura (termógrafos, cintas térmicas u otro específico).

FUNCIONES DE LAS FARMACIAS VETERINARIAS

a) Atención y dispensación de productos de uso veterinario a través o no de receta médico veterinaria.

b) Aplicación de productos de uso veterinario inyectables a requerimiento de los propietarios, previa valoración del paciente y tratamiento a seguir.

c) Asesoría técnica al público en general.

d) Informes de venta de productos de uso veterinario en caso de tener relación con Programas específicos en Sanidad Animal del SENASAG.

e) Notificación de problemas sanitarios.

f) Venta o comercialización de equipos y accesorios de uso veterinarios contando con el ambiente adecuado.

b) HOSPITALES VETERINARIOS

Se entiende por Hospital Veterinario a los Establecimientos destinados a prestar servicios que tiendan a prevenir, tratar y curar las enfermedades animales y realizar cirugías menores y mayores (estéticas, reproductivas), mediante la atención por especialidades médicas (consultas, internaciones, cirugías, curaciones y tratamientos) de los animales domésticos en general.

Los Hospitales serán atendidos por profesionales Médicos Veterinarios o Médicos Veterinarios Zootecnistas colegiados legalmente establecidos, fungiendo como “Responsable Técnico” del Establecimiento; debiendo contar además con personal administrativo y de apoyo.

Infraestructura y equipamiento mínimo necesarios:

1. Sala de espera y recepción: Dotada del mobiliario necesario para garantizar la comodidad de los clientes

2. Área administrativa y médica, con mobiliario, equipos y material acordes a la actividad a desarrollar

3. Salas de reconocimiento: Paredes, techos, pisos impermeables y el siguiente equipamiento mínimo

3.1. Mesas de observación clínica revestidas de material resistente e impermeable que permita su fácil aseo y desinfección.

3.2. Mesa (s) auxiliar (es) de curación (es).

3.3. Vitrinas con material y equipo necesario.

4. Sala

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