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Poder Judicial. Estructura, Funciones, Organigrama


Enviado por   •  9 de Junio de 2013  •  Ensayos  •  2.275 Palabras (10 Páginas)  •  701 Visitas

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Poder Judicial. Estructura, Funciones, Organigrama

Del Poder Judicial – Sección Tercera – Segunda Parte CN. Arts. 108 a 120.

El Poder Judicial es ejercido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y por los demás tribunales inferiores establecidos por ley del Congreso. (Art. 108 CN)

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.

Función: tiene a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial. (Art. 114 CN).

Integración: se integra periódicamente de modo de procurar el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Se integra también por otras personas del ámbito académico y científico

Atribuciones:

1.Concurso público de selección: seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores.

2.Ternas vinculantes: emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores.

3.Administración de recursos y ejecución del presupuesto.

4.Ejercicio de facultades disciplinarias sobre magistrados.

5.Procedimiento de remoción de los magistrados. Suspensión. Formulación de la acusación.

6.Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y los necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.

JURADO DE ENJUICIAMIENTO

Los jueces de los tribunales inferiores de la Nación se remueven por las siguientes causales: causas de responsabilidad, mal desempeño, delito en el ejercicio de sus funciones, crímenes comunes.

Órgano interviniente: Jurado de enjuiciamiento integrado por legisladores, magistrados y abogados de la matrícula federal.

El fallo será irrecurrible, no tendrán más efecto que destituir al acusado. El condenado quedará no obstante sujeto a acusación, juicio y castigo conforme a las leyes ante los tribunales ordinarios.

COMPETENCIA DE LA CSJN

Casos de actuación en forma originaria y exclusiva:

Asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros.

Asuntos en los que alguna Provincia fuese parte. (Asuntos entre dos o más provincias, entre una provincia y los vecinos de otra, y entre una provincia o sus vecinos contra un Estado o ciudadano extranjero).

Casos de actuación por vía recursiva:

Causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, por las leyes de la Nación (con la reserva hecha en el Art. 75 inc. 12 CN) y por los tratados con las naciones extranjeras.

Causas de almirantazgo y jurisdicción marítima.

Asuntos en los que la Nación sea parte

MINISTERIO PUBLICO.

Es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la República.

Está integrado por un Procurador General de la Nación y un Defensor General de la Nación y los demás miembros establecidos por ley.

Sus miembros gozan de inmunidades funcionales e intangibilidad de remuneraciones.(Art. 120 CN).

Ministerio Público Fiscal

-Nuclea y coordina la acción de los fiscales.

-Dirigido por el Procurador General de la Nación. Jefe máximo de todos los fiscales.

Ministerio Público de la Defensa

-Nuclea y coordina la acción de los defensores oficiales.

-Dirigido por el Defensor General de la Nación.

Funciones:

a) Promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. b) Representar y defender el interés público en todas las causas y asuntos que conforme a la ley se requiera. c) Promover y ejercer la acción pública en las causas criminales y correccionales, salvo cuando para intentarla o proseguirla fuere necesario instancia o requerimiento de parte conforme las leyes penales. d) Promover la acción civil en los casos previstos por la ley. e) Intervenir en los procesos de nulidad de matrimonio y divorcio, de filiación y en todos los relativos al estado civil y nombre de las personas, venias supletorias, declaraciones de pobreza. f) En los que se alegue privación de justicia

g) Velar por la observancia de la Constitución Nacional y las leyes de la República. h) Velar por el efectivo cumplimiento del debido proceso legal. i) Promover o intervenir en cualesquiera causas o asuntos y requerir todas las medidas conducentes a la protección de la persona y bienes de los menores, incapaces e inhabilitados, de conformidad con las leyes respectivas, cuando carecieren de asistencia o representación legal; fuere necesario suplir la inacción de sus asistentes y representantes legales, parientes o personas que los tuvieren a su cargo; o hubiere que controlar la gestión de estos últimos. j) Defender la jurisdicción y competencia de los tribunales. k) Ejercer la defensa de la persona y los derechos de los justiciables toda vez que sea requerida en las causas penales, y en otros fueros cuando aquellos fueren pobres o estuvieren ausentes. l) Velar por la defensa de los derechos humanos en los establecimientos carcelarios, judiciales, de policía y de internación psiquiátrica, a fin de que los reclusos e internados sean tratados con el respeto debido a su persona, no sean sometidos a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes y tengan oportuna asistencia jurídica, médica, hospitalaria y las demás que resulten necesarias para el cumplimiento de dicho objeto, promoviendo las acciones correspondientes cuando se verifique violación. ll) Intervenir en todos los procesos judiciales en que se solicite la ciudadanía argentina.

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