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Que Es Argumentar


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2011  •  2.402 Palabras (10 Páginas)  •  1.045 Visitas

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¿Qué es argumentar?

Para Anthony Weston (2002: 13) es ofrecer un conjunto de razones o de pruebas en apoyo de una conclusión.

Para Manuel Atienza (2001: 254) es una actividad que consiste en dar razones a favor o en contra de una determinada tesis, que se trata de sostener o de refutar.

Donde se puede utilizar?

En materia legislativa: cuando se crea una ley, se debe fundar y motivar el por qué de esa ley.

En materia dogmatica: por los investigadores, maestros y estudiosos.

En materia judicial:

En materia administrativa:

En practica forense: Los abogados, litigantes.

El argumento es la expresión de nuestro razonamiento que pretende convencer a otras personas en confrontación con razones opuestas

Partes de un argumento

Toulmin, nos ofrece un modelo de argumentación que se puede aplicar tanto en la motivación judicial como en la argumentación de los litigantes. Señala que en un argumento se distinguen cuatro elementos:

a) La pretensión

Es tanto el punto de partida como el punto de destino de nuestro proceder en la argumentación; por ejemplo, X tiene derecho a recibir la herencia.

b) Las razones

Son motivos a favor de la pretensión que sean relevantes y suficientes; son los hechos específicos del caso.

c) La garantía

Son reglas, principios, enunciados generales, definiciones o máximas de la experiencia que permiten o autorizan el paso de las razones a la pretensión. Se pueden expresar por medio juicios hipotéticos, esto es, mediante la fórmula “si… entonces…”. La diferencia entre razones y garantía es la misma que la que existe entre enunciados de hecho y normas.

La garantía puede estar constituida por máximas de la experiencia

(Stein, 1999: 27), que pueden ser de carácter científico especializado, como las que aportan los peritos; de carácter jurídico, como las derivadas del ejercicio profesional del juez; de carácter privado (experiencias corrientes), esto es, derivadas de la experiencia del juez al margen del ejercicio de su profesión. También puede estar constituida por presunciones, que pueden ser establecidas legal o jurisprudencialmente, por definiciones o teorías, de origen doctrinal, legal, jurisprudencial (González, 2005: 61).

d) El respaldo

Puede expresarse en la forma de proposición categórica sobre hechos. Muestra de qué manera se puede argumentar a partir de tales hechos. Son las normas, las tesis, los principios y los derechos fundamentales.

Este modelo puede ser utilizado tanto en los considerandos de una sentencia por los jueces, como en los alegatos, agravios o conceptos de violación por las partes

Para José Luis Castillo Alva (2006: 233), la argumentación consiste en esgrimir una serie concatenada de razonamientos convenientemente expuestos, para persuadir al destinatario de veracidad o validez de una tesis que, por lo general, no está demostrada fehacientemente con anterioridad.

Finalidad de la argumentación

La finalidad de la argumentación jurídica en sede judicial es determinante para que cada uno de los sujetos que intervienen en un juicio cumplan su función.

1)Las partes en el juicio tienen un especial interés en conocer las razones, pues sólo con base en decisiones razonadas, las partes pueden estimar si la apelación es posible, plausible o, incluso, necesaria.

2) El mismo tribunal necesita también de razones. Por medio de argumentos bien formulados, el tribunal puede llevar a cabo un útil autocontrol que le permita probar la solidez de sus soluciones.

3) El tribunal de apelación y la Suprema Corte tienen mejores posibilidades de garantizar la protección jurídica de las partes, así como la protección general, si las decisiones de los tribunales inferiores están correctamente justificadas. La deliberación de un caso en los tribunales de instancia superior es una especie de diálogo con el tribunal inferior. Este diálogo puede producir una protección jurídica máxima si y sólo si los argumentos del tribunal inferior son correctos y públicos. El diálogo se establece entre argumentos, y la “mejor solución posible” al caso es aquella que se basa en el conjunto de argumentos mayor y más coherente.

Lógica, dialéctica y retórica

a) Lógica

En la lógica, lo importante son las pruebas deductivas y en particular las demostrativas en las que las consecuencias son necesarias, y los argumentos son considerados como productos discursivos, autónomos e impersonales (Atienza, 2006: 250).

b) Dialéctica

La dialéctica se encarga de la discusión razonable en torno a cualquier cuestión abierta, sea teórica o práctica; lo que importa son los procedimientos argumentativos y las normas que gobiernan y dirigen el ejercicio de los papeles defensor u oponente (Atienza, 2006: 250). Es la que se desarrolla, por ejemplo, en el debate argumentativo.

c) Retórica

La retórica se encarga de los procesos de argumentación en los que desempeña un papel principal la comunicación personal dirigida a inducir ciertas creencias o disposiciones, o a provocar determinadas reacciones y actuaciones (Atienza, 2006: 250).

d) Diferencias entre la argumentación lógica y la retórica

− La lógica formal elabora su propio lenguaje artificial (sistema de signos, axiomas y reglas de transformación), con el fin de evitar toda ambigüedad y lograr univocidad. La teoría de la argumentación emplea el lenguaje natural y cuenta con la carga emotiva de éste para influir en el auditorio.

− La demostración apunta a la verdad. La argumentación, a la adhesión.

− La lógica formal llega a una verdad que es reconocida por todos y es siempre la misma. La intensidad de adhesión a la tesis a que llega la argumentación es susceptible de aumentarse.

La argumentación del juzgador y la del litigante

A pesar de que tanto la argumentación del juzgador como la del

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