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DISCUSIÓN ENTRE EL DERECHO NATURAL Y EL POSITIVISMO JURÍDICO


Enviado por   •  19 de Abril de 2018  •  Resúmenes  •  606 Palabras (3 Páginas)  •  211 Visitas

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DISCUSIÓN ENTRE EL DERECHO NATURAL Y EL POSITIVISMO JURÍDICO

Iusnaturalistas: Requiere de conceptos morales para caracterizar al derecho.

Positivista Jurídico: Puede prescindir de conceptos morales para caracterizar al derecho.

En estos términos la discusión parecería ser la relación entre la moral y el derecho: Si la moral cumple o no un papel dentro del derecho. – Sin embargo, dice Farrel, que esta es una versión EXAGERADA del problema, su versión es mucho menos dramática.

  1. VERSIÓN DRAMÁTICA (USUAL)

Derecho Natural: Teoría que sostiene que no puede identificarse algo como derecho, una norma como jurídica, sin recurrir a CONCEPTOS MORALES. Si la norma es inmoral no es jurídica. Versión más débil: puede aceptar que un sist. Jurídico contenga ALGUNA norma inmoral, pero el sistema mismo (GENERAL) debe ajustarse a preceptos morales.

Positivismo Jurídico: Teoría que sostiene que puede identificarse algo como derecho, una norma como jurídica sin necesidad de recurrir a CONCEPTOS MORALES. Versión más débil: puede aceptar que el derecho requiere un mínimo ajuste con la moral. – La caracterización del P. Jurídico es excesivamente amplia de acuerdo con esta versión.

En estos términos la discusión parece dramática, en un caso la moral tiene relación con el derecho, mientras que en el otro son dos sistemas normativos totalmente separados. – Si se acepta la versión positivista no hay manera de evaluar moralmente al derecho. (Da lo mismo derecho justo de injusto, correcto que el incorrecto, bueno o malo, etc.). Es obligatorio obedecer a cualquier derecho no importando su grado de inmoralidad.

  1. VERSIÓN DESDRAMATIZADA (REAL P/ FARREL)

En la versión anterior falla la caracterización del POSITIVISMO JURÍDICO ya que se confunde a un Positivista Jurídico con uno ideológico.

  • El positivista ideológico, sostiene dos cosas 1) que no es necesario que el sist. Jurídico se ajuste a preceptos de la moral para identificarse como derecho. 2) que es obligatorio obedecer al derecho. El positivista ideológico no está diciendo únicamente que obedecemos a la norma para no recibir un castigo/sanción, está diciendo que este es el único sentido de obligación, que cualquier otra evaluación (ej: moral) es irrelevante.
  • El positivista jurídico: sostiene dos cosas a) que no es necesario que el sist. Jurídico se ajuste a los preceptos de la moral para merecer el nombre de derecho y condicionalmente 2) que es obligatorio obedecer al derecho. Acepta que si una norma jurídica no es obedecida probablemente habrá sanción como consecuencia, pero no afirma que este es el único sentido valido de obligación. El P. Jurídico evalúa moralmente al derecho para determinar su obligatoriedad. Pero a diferencia del D. Natural que realiza esa evaluación antes de permitir que una norma de considere derecho (Si la norma no se ajusta a los conceptos morales no es jurídica), el P. Jurídico la realiza al final de su trabajo, pensando si es moralmente obligatorio obedecer al derecho (puede concluir en que no es moralmente obligatorio obedecer a determinado sistema jurídico).

TANTO EL IUSNATURALISTA COMO EL POSITIVISTA EVALÚAN MORALMENTE AL DERECHO, LA ÚNICA DIF. ENTRE AMBOS RESIDE EN EL MOMENTO EN QUE ELLOS LLEVAN A CABO ESA EVALUACIÓN.

  • Iusnaturalista: No hay que obedecer a las normas inmorales porque no son derecho.
  • Positivista: No hay que obedecer a las normas inmorales pese a que son derecho porque son inmorales.

Ventaja del test positivista frente al iusnaturalista: El test positivista tiene un rango explicativo mayor. Ya que el Iusnaturalista te puede decir que NO es derecho pero no que es ese Sistema que NO es derecho.

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