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INSTITUCIONES COLONIALES


Enviado por   •  19 de Marzo de 2013  •  Ensayos  •  1.912 Palabras (8 Páginas)  •  617 Visitas

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INSTITUCIONES COLONIALES

A partir de 1525 la Corona española comenzó un proceso de creación de instituciones coloniales. Inicialmente existían las gobernaciones, las cuales dependían directamente de la Corona. El cargo de gobernador era de carácter temporal y con poderes limitados. Estos funcionarios eran supervisados en sus tareas por los miembros de la Real Audiencia, mediante visitas y juicios de residencia, a los cuales debía someterse un funcionario al concluir su mandato. Sus funciones giraban en torno a la fundación de ciudades, construcción de obras públicas, presidir el Cabildo, vigilar y mantener en cumplimiento las leyes, entre otras ocupaciones.

Los países europeos tuvieron a su cargo la colonización del nuevo continente. Cada país conquistador participó activamente en el descubrimiento de los territorios colonizados por ellos, y se encargaron de la evolución social, política, económica, cultural y religiosa de los pueblos americanos.

Al terminar el proceso de conquista y colonización, la mayor parte de los pobladores indígenas habían sido exterminados o asimilados a la cultura criolla. Las sociedades indígenas que sobrevivieron, habitaban las zonas periféricas y fronterizas del país o fueron desplazadas hacia ellas ante el empuje de la población criolla. Allí se encuentran en el presente conformando una población que oscila en los 350.000 habitantes.

El desarrollo y estabilidad de la conquista en el Nuevo Mundo se reglamenta en poco tiempo hasta descansar en distintas instituciones. El permanente crecimiento de la colonización impone el fortalecimiento y la legitimación de dichas instituciones.

INSTITUCIONES EXISTENTES PARA ESE ENTONCES:

INSTITUCIONES ESPAÑOLAS:

La Corona Española:

Fue instituida en el reinado de los Reyes Católicos, bajo un cetro común, la cual terminó de estructurarse como tal en el reinado de Felipe II, uniendo los Reinos Europeos de Aragón, Castilla, Cataluña, Navarra, Valencia, etc. Con los Reinos Americanos de Nueva España, Nueva Granada, Nueva Extremadura, etc.

La corona, con el fin de proteger la libertad de acción tanto individual como colectiva de sus súbditos americanos, puso a disposición diversos medios para que pudieran hacerse oír por el rey y por sus representantes más cercanos (virreyes, gobernadores, etc.).

A la cabeza de esta institución se encontraba el rey, cuya principal función era atender el bien de su comunidad, desde la cual emanaba su poder, sin poder usarlo para su propio beneficio.

Manejaba al resto de los organismos menores, los cuales estaban a su cargo y todos dependían de la decisión del monarca.

Consejo de Indias:

Institución creada para el gobierno de cada uno de los reinos, por el rey Fernando de Aragón en el año 1511, pero fue reorganizada por el rey Carlos I en el año 1524.

Era el máximo organismo de Gobierno en América, y como tal asesoraba a la Corona en sus funciones administrativas, las cuales eran muy extensas: entre ellas abarcó asuntos de Iglesia, civiles, militares y de comercio.

Entre sus facultades estaba proponer a la corona el nombramiento de la gama administrativa del sistema colonial, mantener una vigilancia sobre los funcionarios, fiscalizar al resto de los organismos menores y sometía a un juicio de residencia a las autoridades, una vez que cesaban sus funciones, para evaluar su desempeño durante el cargo.

También tenia facultades económicas: tenia el control sobre las cuentas procedentes de América y resguardaba la llegada de los tributos e impuestos para la Corona, particularmente el Quinto Real y el Impuesto a la Minería.

Además poseía atribuciones eclesiásticas: en él residían los derechos del Real Patronato, el que normaba la participación del gobierno en los asuntos de la Iglesia. Proponía al rey el nombre de los sacerdotes que ocuparían cargos religiosos y estudiaba bulas y otros documentos para autorizar su vigencia en América.

Casa de Contratación:

Fue creada en la ciudad de Sevilla, por España en el año 1503.

Su función primordial consistía en diseñar la política de comercio entre España y América y controlar le monopolio comercial para evitar que otro país intercambiara productos con los dominios españoles.

Para poder realizarla utilizó varios recursos: establecía el tipo de mercancías que se debía enviar a América, cobraba los impuestos del comercio, disponía la organización de las flotas de barcos y controlaba el paso de los pasajeros de un lugar a otro.

Otra de sus funciones fue desarrollar los conocimientos náuticos y geográficos a través de una escuela especializada en esas materias.

Además la Casa de Contratación resolvía ciertos asuntos de causas civiles o criminales originadas dentro de los limites marinos de América.

Tribunal de la Inquisición:

Fue instituido en el año 1569 por el rey Felipe II y quedó a cargo de una orden eclesiástica: los dominicos y en América solo se aplico en México y Perú.

Su principal y única función era moderar las costumbres de la época, es decir, juzgar y procesar todo lo que estuviera fuera de las costumbres normales de la Colonia.

Quedaban bajo el control de los inquisidores todos aquellos que estuvieran en contra al modelo ideal: los herejes, invocadores del diablo, los judíos, adivinos y hechiceros o todo aquel que tuviera una posición diferente o contraria a la Iglesia. También cabían en esta categoría los infieles, bígamos y frailes corruptos o solicitantes.

Esta institución era completamente autónoma frente a las autoridades americanas.

INSTITUCIONES AMERICANAS:

Cabildo:

Su origen estuvo durante la época de la Reconquista, pero no tuvo tanta importancia en España como en América.

Organismo encargado de la administración de la ciudad y de representar y defender los intereses de los vecinos. El Cabildo estaba formado por 2 alcaldes, 6 regidores, 3 oficiales reales y el alguacil mayor.

Las sesiones del Cabildo podían ser: Ordinarias o Cabildo Cerrado, en las cuales solo participaban los miembros regulares y trataban asuntos administrativos corrientes como podían ser Extraordinaria o Cabildo Abierto para tratar asuntos de extrema importancia y ella participaba un gran numero de vecinos.

Sus atribuciones fueron sumamente

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