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Contraloria General De La Republica


Enviado por   •  17 de Junio de 2014  •  2.751 Palabras (12 Páginas)  •  245 Visitas

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UNIVERSIDAD “ARTURO MICHELENA”

CIENCIAS JURÌDICAS Y POLÌTICAS

ESCUELA DE DERECHO

SECCION 02 TURNO: TARDE

DERECHO CONSTITUCIONAL

LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Profesor: Participantes:

Correa, Gustavo Acosta, Grecia C.I. 22.740.077

Arias, Oddaly C.I. 22.508.210

Hernández, Reina C.I. 24.474.160

Pappa, Alejandra C.I. 21.477.750

Risso, Norelkys C.I. 24.240.422

Rojas, María C.I. 21.215.871

San Diego de Álcala, 29 de Mayo del 2014.

INTRODUCCION

La contraloría es el órgano que se encarga de dirigir el proceso e recopilación y procesamiento de las informaciones y controlar las actividades financieras. Esta actividad se encarga de controlar las operaciones financieras y asesorar la administración en cuanto a la mejor utilización de los recursos. En ella se sistematiza, programa e interpreta las actividades financieras.

La Contraloría General de la Republica, es el ente rector de control fiscal, donde toda la administración pública se regula mediante los parámetros funcionales establecidos bajo un proyecto de ley derogada con ordenamientos legales del Sistema Nacional de Control Fiscal.

La Contraloría, en ejercicio de sus funciones, verificara la legalidad, exactitud y sinceridad, así como la eficacia, economía, eficiencia, calidad e impacto de las operaciones y de los resultados de la gestión de los organismos y entidades sujetos a su control. Corresponde a la Contraloría ejercer sobre los contribuyentes y responsables, previsto en el Código Orgánico Tributario, así como sobre los demás particulares, las potestades que específicamente le atribuye dicha Ley. La contraloría realizara todas las actividades que le asigne el Consejo Moral Republicano, de conformidad con la Constitución y las Leyes.

La Contraloría General de la República

La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control. (Art. 287 C.R.B.V). Se encarga de velar por la transparente administración del patrimonio público.

Actualmente quien ejerce el cargo de Contralor General de la Republica es la Dra. Adelina González. En el año 1938 se creó la Contraloría General de la Nación por la Ley Orgánica de la Hacienda Pública. Con la reforma constitucional de 1947 adquirido rango constitucional, con la Constitución de 1961 y pasó a denominarse Contraloría General de la República.

Historia

La Real Hacienda de Venezuela

Los primeros procedimientos de control fiscal se remontan a la época colonial, entre ellos; la creación de la Real Hacienda de Venezuela (Coro, 1529). Para ese momento ejercía la vigilancia sobre el manejo de los bienes que se debían enviar a la Corona Española y no sobre los bienes del Estado. El Arca de las tres llaves, es otro recurso de control que se mantiene durante todo el período colonial y permitía realizar el control y la vigilancia del erario real. Las llaves se mantienen hoy día como emblema de la institución contralora.

Las Tres Llaves

El primer libro de la Real Hacienda de la provincia de Venezuela data del 29 de abril de 1529 y se inicia con un asiento "de lo recaudado de Juan de Ampíes y su gente al tiempo que el gobernador Micer Ambrosio desembarcó en esta tierra". Dos meses después del arribo de la primera expedición de los Belzares, capitaneada por el gobernador Ambrosio Alfínger, se llevan a cabo en Coro los registros de las cuentas de la Real Hacienda, a cargo de un tesorero, un contador y un factor y veedor. Las funciones de estos tres oficiales reales eran reglamentadas por la cédula instrucción promulgada por Juana la Loca el 17 de febrero de 1531. En la cédula se precisaba que los oficiales reales estaban en la obligación de depositar en un arca "todo el oro y las perlas que... pertenecieran al Rey". El arca tenía tres llaves con tres cerraduras diferentes, correspondiendo a cada oficial una de las llaves.

Se advertía que nadie podía sacar "ningún oro, ni perla, ni moneda" del arca sin la concurrencia y presencia de los tres oficiales reales. De esa manera se evitaba el fraude y el manejo doloso. Los oficiales reales, además, llevaban en un libro las cuentas por separado las cuales eran trasladadas posteriormente a un libro común y general. Y nada podía colocarse o extraerse del arca si antes no se registraba en el susodicho libro, a presencia del gobernador. Existía otro libro intitulado Libro de Acuerdos, donde se asentaba todo lo tocante a Hacienda que acordaran los oficiales reales. El libro permanecía en poder del tesorero. Como puede observarse, al unísono de las tres llaves, había tres libros; el particular de cada uno de los oficiales reales, el Común y General y el Libro de Acuerdos.

Estaba totalmente prohibido a los oficiales reales (el tesorero, el contador y el factor y veedor), en tiempo alguno tratar o contratar por sí o en compañía de otros "con maravedís ni otras cosas", directa ni indirectamente, en público o en secreto, la pena de incurrir en la multa de cien mil maravedís por cada vez que lo hicieren. Tampoco podían cambiar de residencia sin una licencia especial, y cuando tuvieren necesidad de ausentarse del pueblo debía ser por causa justa, necesaria y aprobada por la justicia.

Se ordenaba un tanteo general de las cuentas semestralmente, y los oficiales reales debían enviar el resultado a la corte en el primer navío que zarpara con destino a España. El cuño con el cual se marcaba el oro tenía que depositarse en el arca de las tres llaves, y para sacarlo se requería la presencia y el consentimiento pleno de los tres oficiales reales. Se recomendaba que

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