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DERECHO LABORAL EN MEXICO


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  1.773 Palabras (8 Páginas)  •  1.508 Visitas

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Derecho Laboral en México

El derecho Laboral en México o también llamado orden jurídico laboral, según Mario de la Cueva, es la norma que se propone realizar la justicia social en el equilibrio de las relaciones entre el trabajo y el capital , es decir se aplica a la prestación libre, subordinada y remunerada de servicios personales y este se encarga de regular las cuestiones de trabajo, la determinación de los beneficios que deberán corresponder a los trabajadores por la prestación de sus servicios y sobretodo regular el trabajo de las mujeres y menores y lo relativo a los trabajos especiales, es por ello que a lo largo de los años se han ido creando medios e instrumentos necesarios para garantizar que en las relaciones entre patrones y trabajadores, tanto en su aspecto individual como colectivo se logre el equilibrio entre el capital y el trabajo, a fin de que los conflictos se resuelvan en el marco de la ley y con seguridad y certeza jurídicas. Sus características principales de este sistema de orden jurídico laboral es que son creadas por el Estado, son obligatorias, coactivas, y bilaterales.

Existen reglamentaciones con respecto al trabajo subordinado, ya que no todo el trabajo es objeto de regulación por el derecho del trabajo, solamente regula el trabajo subordinado, y el derecho del trabajo es protector de la persona que presta sus servicios personales, subordinados y remunerados.

En toda relación de trabajo intervienen varios sujetos que son el patrón, trabajador, representante del patrón, trabajador de confianza, intermediario y contratista. Los principales sujetos de la relación laboral se clasifican como persona física, que es un individuo o persona con características distintivas o persona jurídica o moral, que es un ente colectivo, diferente de sus miembros, de ahí surgen los sujetos que forman parte de la relación laboral que son, el trabajador, que es toda persona física que presta a otra persona física o moral, un trabajo personal subordinado. Y esto que da estipulado en el artículo 8 de la Ley Federal del Trabajo donde dice que el trabajador es una persona física, por lo tanto no puede ser persona jurídica o moral que preste un trabajo a otra persona física o moral, mientras que el utilizador del trabajo si puede ser una persona moral, si la persona no presta el servicio por sí misma, la relación no será laboral. Si la prestación del servicio es subordinada, se deberá sujetar el trabajo en beneficio, bajo instrucciones y para los fines que el patrón señale.

Otro artículo que habla acerca de las relaciones laborales es el Artículo 134, fracción III de la Ley Federal del Trabajo, que señala que es obligación de los trabajadores desempeñar un servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados. Existen distintos tipos de trabajadores como es el obrero, que es considerado un trabajador manual, el empleado, que es considerado un trabajador oficinista o funcionario, los trabajadores de confianza, son aquellos que se relacionan con la vida misma de las empresas, con sus intereses, con la realización de sus fines y con la dirección, administración y vigilancia generales. El trabajador de confianza se distingue por las funciones que desempeña y no por la designación del puesto son consideradas funciones de confianza, las de dirección, vigilancia y fiscalización cuando tengan el carácter general desempeñan estas funciones los directores. El representante del patrón se refiere a los directores, administradores, gerentes y las demás personas que ejercen funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores y está fracción es estipulada por el artículo 11 LFT. Los representantes del patrón, tienen a su vez la condición de trabajadores de confianza de conformidad con lo establecido en el artículo 9o de la LFT . Existe el intermediario, que es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicio a un patrón.)El intermediario, lo encontramos en varias figuras que reglamenta la Ley Federal del Trabajo en los artículos 12, 13, 14, y 15.

Otro punto importante en las relaciones laborales y los sujetos que lo conforman son las agencias de colocación establecido en el artículo 12 y los contratistas establecidos en el artículo 13.Las agencias de colocación, son terceros ajenos a la relación laboral, que solo sirven para relacionar a dos personas para que entre ellos nazca una relación laboral y por lo tanto es un intermediario. El contratista, es la persona que mediante un contrato, ya sea civil o mercantil que ejecuta una obra o presta un servicio a otra. El contratista tiene relación directa con sus trabajadores ,en ocasiones se forma para evitar a una empresa principal responsabilidades legales siendo solventes, y en ocasiones satisface requisitos formales ante autoridades, sin tener una estructura económica adecuada, por ser insolvente. Los contratistas solventes, son considerados como patrones. No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que derivan de las relaciones con sus trabajadores, mientras que los contratistas insolventes, son considerados

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