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Derecho Civil


Enviado por   •  17 de Mayo de 2012  •  1.473 Palabras (6 Páginas)  •  473 Visitas

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DERECHO CIVIL

Concepto:

El derecho civil es la rama del derecho que establecen las relaciones privadas de las personas entre sí; por medio del derecho civil se determinan las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana. “el conjunto de normas reguladoras de las relaciones ordinarias y más generales de la vida en que el hombre se manifiesta como tal, es decir, como sujeto de derechos y patrimonios”.

Y se divide en las siguientes partes:

• Derecho de las personas (personalidad jurídica, capacidad, estado civil, domicilio, patrimonio)

• Derecho familiar (parentesco, alimentos, matrimonio, divorcio, filiación, adopción, patria potestad, tutela, emancipación, mayoría de edad)

• Derecho de los bienes (clasificación de los bienes, posesión, propiedad. Usufructo, uso, habitación, servidumbre, preinscripción, derechos de autor)

• Derecho de las sucesiones (sucesiones por testamento, forma de los testamentos, sucesión legítima.

• Derecho de las obligaciones (obligaciones en general, fuente de las obligaciones, modalidad de las obligaciones, transmisión de las obligaciones, efectos de las obligaciones, extinción de las obligaciones)

• Derecho de los contratos (diversas especies de los contratos, contratos preparatorios, promesas de contratos, compra venta, permuta, donación, mutuo, arrendamiento, comodato, depósito y secuestro, mandato, prestación de servicios, etc.)

PERSONA FISICA Y MORAL

Persona: es todo ente susceptible de adquirir de derechos o contraer obligaciones. Para la ciencia jurídica la noción de Persona es puramente de derecho, la palabra significa simplemente “sujeto de derechos y obligaciones. Ahora bien, se dice que quien es capaz de tener derechos tiene personalidad o lo que es lo mismo, es persona. Se consideran derechos de la personalidad la de hechos que la ley reconoce mientras que las obligaciones de la personalidad, se resumen en todas las cargas y deberes que la ley ordena sean a su encargo.

El hombre es suficiente para ser sujeto de derechos y obligaciones no sólo como ente aislado, singularmente considerado, sino también como un conjunto de individuos. Como Consecuencia de lo anterior, la doctrina reconoce dos tipos de Personas físicas y morales o jurídicas.

Las primeras son los hombres individualmente, las segunda en cambio son agrupamientos de individuos que forman seres colectivos con finalidad lícita las cuales la ley les ha reconocido tal carácter.

ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD

Las cualidades de un ser forman sus atributos, esas cualidades los caracterizan distinguiéndolos unos de otros. Los atributos de las personas físicas son los siguientes:

• Nombre

• Domicilio

• Estado (civil y político)

• Patrimonio

Estos atributos son constantes e indispensables a todo hombre, pudiendo decirse que sin ellos sería muy confusa la vida en sociedad.

NOMBRE

Se considera como la denominación que distingue a una persona de las demás que forman el grupo social, en sus relaciones jurídicas y sociales. El que tiene derecho a un nombre puede usarlo en todas sus actividades, pudiendo impedir que otro interfiera en su persona y en sus relacione jurídicas.

El nombre se forma con un nombre propio o de pila (Mario, Joaquín, José, etc.), y con el nombre de familia o apellido (Ugarte, Rocca, González, etc.)

El nombre propio se impone libremente a las personas por voluntad de sus padres; el de familia se determina por los apellidos de los ascendientes. De esta manera que los hijos nacidos de un matrimonio deben llevar los apellidos paterno y materno.

En el medio artístico o literario suele usarse el falso nombre pseudónimo, el cual no sustituye el verdadero nombre, por lo que se tiene la obligación de seguir usando el nombre en todos los actos de la vida civil, en virtud de que el falso nombre solo individualiza a quien lo usa en ciertos actos, mas no en la vida jurídica.

Existe también como signo distintivo de las personas, para diferenciarlas de las demás en sus relaciones el sobrenombre, alias o apodo, que es la designación que los extraños dan a una persona para ridiculizarla o caricaturizarla mediante algún defecto. El uso del alias es frecuente entre la gente de bajo nivel cultural.

EL DOMICILIO

Es el lugar donde una persona reside habitualmente con el propósito de establecerse en él, a falta de este, el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios y a falta de uno y otro, el lugar en que se halle.

Como elementos esenciales para determinar el domicilio encontramos la residencia constante y el asiento principal de los negocios, con la voluntad de permanecer en dicho sitio.

La residencia es la estancia temporal de una persona en algún lugar determinado, pero sin el propósito de establecerse en el. El domicilio en cambio es el centro de la vida jurídica de las personas. El termino habitación es sumamente restringido, pues significa tan solo casa, vivienda, hogar

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