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Jerarquía Normativa En Nuestro País México


Enviado por   •  31 de Marzo de 2014  •  521 Palabras (3 Páginas)  •  917 Visitas

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Actividad de aprendizaje 5

En 1992 se estableció la siguiente jerarquía normativa en nuestro país:

1º Constitución

2º Leyes federales y tratados

En 1999 este criterio cambio y la nueva jerarquía que se instauró fue confirmada en tesis aislada de 2007. Ubique los elementos según la actual jerarquía establecida:

1º Constitución

2º Tratados internacionales en general

3º Leyes federales

Investigue y responda: ¿Cuáles son los argumentos por los que se determinó esta jerarquía normativa en nuestro país?

En la jerarquía de leyes, pues, está la Constitución, los tratados en un segundo plano como actos del Estado, y las leyes federales y estatales en un tercer nivel, como leyes aplicables en sus ámbitos respectivos. Esta jerarquía normativa es consecuencia del sistema federal por el que México optó hace más de 130 años.

En la interpretación anterior de la corte, que fue abandonada al adoptar ésta el nuevo criterio en 1999, una ley del Congreso de la Unión podría haber colocado al Estado en una situación de ilicitud internacional. Conforme a dicha interpretación, una ley posterior del congreso podía haber derogado un tratado internacional o algunas de sus disposiciones, no obstante estar éste en pleno vigor en el plano internacional. Ello habría significado el incumplimiento por el Estado de sus compromisos internacionales, el cual, por supuesto, tiene consecuencias. Puede motivar represalias o actos de retorsión por parte de los demás Estados afectados, los cuales pueden consistir en la adopción de contramedidas, la obligación de pagar daños y perjuicios, la suspensión de concesiones u otras obligaciones contenidas en tratados, etcétera. Tales medidas —al igual que los tratados— afectan al Estado en su conjunto; no se limitarían al órgano gubernamental responsable de haber colocado al Estado en esa posición.

Nuestro sistema, sin embargo, guarda una congruencia interna y fortalece al Estado mexicano. El Estado, desde luego, es libre de celebrar y aprobar los tratados internacionales que le convengan, incorporándolos así al régimen jurídico nacional. Obviamente, ningún Estado puede desconocer o modificar sus obligaciones internacionales unilateralmente, aunque todo Estado es libre de denunciar tratados; pero en México ningún órgano de gobierno puede contravenir las políticas del Estado —fijadas por los órganos competentes del Estado— en el plano internacional. Por razón del sistema de incorporación de los

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