ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Basilea 1


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  9.061 Palabras (37 Páginas)  •  1.247 Visitas

Página 1 de 37

Con el nombre de Basilea I se conoce al acuerdo que en 1988 publicó el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España, EE. UU., Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza. Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba.

El acuerdo establecía una definición de "capital regulatorio" compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio.

Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados y sencillos. El principal riesgo era el riesgo de crédito, y se calculaba agrupando las exposiciones de riesgo en 5 categorías según la contraparte y asignándole una "ponderación" diferente a cada categoría (0%, 10%, 20%, 50%, 100%), la suma de los riesgos ponderados formaba los activos de riesgo.

El acuerdo establecía que el capital mínimo de la entidad bancaria debía ser el 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados).

Este acuerdo era una recomendación: cada uno de los países signatarios, así como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas.

El primer acuerdo de capital de Basilea ha jugado un papel muy importante en el fortalecimiento de los sistemas bancarios. La repercusión de ese acuerdo, en cuanto al grado de homogenización alcanzado en la regulación de los requerimientos de solvencia ha sido extraordinaria. Entró en vigor en más de 130 países. Dado que el acuerdo contenía ciertas limitaciones en su definición, en junio del 2004 fue sustituido por el llamado acuerdo Basilea II. Es el segundo de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el Comité de supervisión bancaria de Basilea. El propósito de Basilea II, publicado inicialmente en junio de 2004, es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los reguladores bancarios, con objeto de establecer los requerimientos de capital necesarios, para asegurar la protección de las entidades frente a los riesgos financieros y operativos.

El Comité de Basilea

El Comité de Basilea fue creado por los gobernadores, presidentes y/o representantes de los bancos centrales del Grupo de los Diez (G-10) en febrero de 1975.

Esta organización adopta el nombre de Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria y Prácticas de Supervisión. Se reúne regularmente cuatro veces al año en el Banco de Regulaciones Internacionales en Basilea, donde se encuentra ubicada permanentemente su secretaría.

Actualmente los miembros del Comité lo forman representantes de los bancos centrales y de las autoridades de supervisión de los doce países siguientes: Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, España, Suecia, Suiza, Reino Unido y Estados Unidos.

El Comité no posee ninguna autoridad formal de supervisión sobre los países miembros y sus conclusiones no tienen fuerza legal, pero ha formulado una serie de principios y estándares de supervisión bancaria que han sido acogidos, no sólo por los países miembros, sino por la mayoría de países en el mundo.

Funciones del Comité de Basilea

Las principales funciones son las siguientes:

• Formula estándares y pautas generales de supervisión bancaria.

• Emite declaraciones de mejores prácticas, a fin que las autoridades individuales tomen las medidas necesarias para aplicarlas de la forma que mejor convenga a sus propios sistemas nacionales.

• Constituye un foro de debate para la resolución de problemas específicos de supervisión.

• Coordina la distribución de las competencias supervisoras entre las autoridades nacionales, a fin de garantizar una supervisión eficaz de las actividades bancarias.

Banco Internacional de Pagos (BIS)

El Banco Internacional de Pagos (BIS, por sus siglas en inglés de Bank of Internacional Settlements) es una organización internacional, fundada el 17 de mayo del año 1930, la cual fomenta la cooperación monetaria y financiera internacional, siendo el principal centro para la cooperación internacional de Bancos Centrales y Supervisores Bancarios.

El BIS cumple este cometido en calidad de:

a. Foro para el debate y la toma de decisiones entre bancos centrales, así como en el seno de la comunidad financiera y supervisora internacional.

b. Centro de estudios económicos y monetarios.

c. Entidad de contrapartida principal para las operaciones financieras de los bancos centrales.

d. Agente depositario de garantías o fideicomisario en operaciones financieras.

Su sede se encuentra en Basilea, Suiza, y cuenta con oficinas de representación en Hong Kong y en Ciudad de México.

Basilea I

En julio de 1988 el Comité de Basilea emitió un acuerdo de medición y estándares mínimos de capital de los bancos internacionales conocido como "Acuerdo de Capitales", también llamado "Basilea I", el cual tenía como finalidad que el sistema bancario operara con un capital adecuado a los riesgos asumidos.

Es decir, este acuerdo requería que los bancos mantuvieran un nivel mínimo de capital equivalente al 8% entre el capital y los activos ponderados por riesgos.

En el año 1996 el Acuerdo se modificó para que tuviera en cuenta el riesgo de mercado.

Este Acuerdo era un intento de homogenización de los requerimientos mínimos de capital de los bancos que operan internacionalmente, con el fin de asegurarles un mínimo de solvencia, así como de disminuir las distorsiones en la competitividad entre bancas sujetas a regulaciones diferentes.

Con este Acuerdo se buscaba dar mayor fluidez a los movimientos internacionales de capital y servicios financieros, los que se vieron entorpecidos por la crisis financiera internacional de la década de los ochenta, a través del cumplimiento de estándares de solvencia que resguarden la fe pública, estándares

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (62.1 Kb)  
Leer 36 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com