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Contrato Colectivo De Trabajo


Enviado por   •  25 de Julio de 2014  •  1.818 Palabras (8 Páginas)  •  212 Visitas

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La Procuraduría de la

Defensa del Contribuyente

Es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica funcional y de gestión, especializado en materia tributaria, que proporciona de forma gratuita, ágil y sencilla servicios de asesoría y consulta, defensoría y representación así como da seguimiento a los procedimientos de queja o reclamación contra actos de las autoridades fiscales federales que vulneren los derechos de los contribuyentes.

Surge de la necesidad de fortalecer la relación entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, creando un espacio neutral de encuentro, acuerdos y confianza mutua.

La Prodecon tiene por objetivo proteger los derechos y garantías de los contribuyentes, mediante la asesoría, representación y defensa, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones en materia fiscal, además de otras importantes facultades como son la identificación de los problemas endémicos del sistema, celebrar reuniones periódicas con las asociaciones empresariales y profesionales, así como con síndicos y contribuyentes organizados, a las que deberán acudir las autoridades fiscales de alto nivel, proponer medidas correctivas, interpretar normas tributarias a petición del SAT, fomentar la cultura contributiva, al igual que acudir ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados con propuestas de modificación a las normas fiscales.

La Prodecon surge por decreto de Ley publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 2006, el cual fue impugnado por el Procurador General de la República ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante la acción de inconstitucionalidad 38/2006 resuelta el 16 de mayo de 2008, por lo que la Ley fue publicada con sus últimas reformas el 7 de septiembre de 2009.

El 28 de abril del 2011 de una terna propuesta por el titular del Ejecutivo Federal fue electa por el Senado de la República la licenciada Diana Bernal Ladrón de Guevara como primer Ombudsman fiscal de País. A partir del nombramiento de la Procuradora y de conformidad con su Ley Orgánica la Procuraduría contó con 120 días para entrar en funciones, por lo que el 1° de septiembre del 2011 la Prodecon abrió sus puertas al público.

MARCO NORMATIVO

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

• Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

• Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

• Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

• Ley Federal de los Derechos del Contribuyente

• Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

• Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

• Acuerdos Generales de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

• Criterios Normativos y Sustantivos emitidos por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, así como Criterios Administrativos y Jurisdiccionales obtenidos por este Organismo Autónomo.

PROCEDIMIENTO DE QUEJA O RECLAMACIÓN

¿Qué es la queja o reclamación que se tramita ante la Prodecon?

Es un procedimiento expedito y ágil que pueden ejercer los contribuyentes, que tiene por objetivo el conocer e investigar los actos de las autoridades fiscales que se estimen violatorios de sus derechos a efecto de emitir recomendaciones públicas y proponer, en su caso, medidas correctivas a las autoridades involucradas.

¿Quién puede promover el procedimiento de queja o reclamación?

Las personas físicas o morales, respecto de actos emitidos por autoridades fiscales federales que pudieran resultar lesivos de sus derechos, incluso las coordinadas en las entidades federativas, así como organismos fiscales autónomos, tales como el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

¿Tiene algún costo la queja o reclamación?

El servicio de queja o reclamación que proporciona la Prodecon es totalmente gratuito.

¿Qué efectos tiene la presentación de una queja o reclamación para el contribuyente?

La queja o reclamación no constituye recurso o medio de defensa, por lo que su presentación no suspende los plazos previstos en las disposiciones aplicables para la impugnación del acto materia de la queja o reclamación.

¿Qué actos pueden ser materia de un procedimiento de queja o reclamación?

Cualquier acto emitido por una autoridad fiscal federal que el contribuyente considera que violenta sus derechos tributarios, independientemente que sea definitivo o no.

¿Qué obtiene el contribuyente con la presentación de una queja o reclamación?

En caso de que se acredite que la actuación de la autoridad involucrada vulnera derechos del contribuyente la Prodecon emitirá una Recomendación pública a las autoridades involucradas donde precisará las medidas correctivas que deben implementar.

¿Cómo puedo promover una queja o reclamación?

Las quejas o reclamaciones se presentan directamente ante las oficinas de la Prodecon, verbalmente o por medio del formato que se les proporcionará a los contribuyentes en las mismas oficinas o vía electrónica; el procedimiento inicia con la solicitud escrita del contribuyente.

¿Cuáles son los requisitos para promover una queja o reclamación ante la Prodecon?

Los requisitos para la presentación de las quejas o reclamaciones, son:

• Nombre del contribuyente o de la persona moral, acreditándose, en este último caso, la representación legal de la sociedad;

• Precisión del acto de la autoridad fiscal que se considera violatorio de los derechos del contribuyente;

• Señalar

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