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Contrato De Distribucion


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  936 Palabras (4 Páginas)  •  473 Visitas

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Contrato de distribución internacional.

Entre IMSA e IMPORTADORA UNIVERSAL S.A se conviene en celebrar el presente contrato de distribución internacional conforme con las siguientes clausulas:

PRIMERA: ISMA designa al distribuidor como el único y exclusivo importador y distribuidor, de los productos IMSA. El distribuidor no podrá vender, directa o indirectamente ninguno de los productos a persona, sociedad o entidad alguna con domicilio o residencia permanente fuera del territorio, ni podrá vender ninguno de los productos a persona, sociedad o entidad alguna con domicilio o residencia permanente dentro del territorio con vistas a la reexportación a ningún otro país.

SEGUNDA: IMSA venderá al distribuidor (ej. fob) en………………………….. , según se convenga, los productos mencionados en esta cláusula a los precios que determine.

TERCERA: el distribuidor se compromete a adquirir a IMSA las cantidades mínimas anuales que se indicaran a continuación…………………………….. De no adquirirse, darán derecho a IMSA a rescindir, a una sola opción el presente contrato – salvo fuerza mayor debidamente probada – sin tener que abonar por ello al distribuidor indemnización alguna.

CUARTA: ISMA se reserva el derecho de modificar los precios mencionados en la cláusula segunda a su solo y exclusivo criterio, total o parcialmente, notificando tal circunstancia por escrito al distribuidor con una anticipación mínima de………………………….. Días corridos. Queda entendido que durante el aludido periodo de................días corridos el distribuidor no podrá comprar productos en cantidades superiores al promedio individual mensual por producto de los últimos seis meses anteriores a la fecha en que comunique la respectiva modificación.

QUINTA: El distribuidor conviene en pagar a ISMA todas sus compras de productos mediante la apertura de cartas de crédito confirmadas e irrevocables, pagaderas contra la presentación de los respectivos documentos de embarque, en instituciones bancarias a satisfacción de ISMA y emitidas con anterioridad a las fechas de los respectivos embarques previstos en las diferentes órdenes de compra o pedidos. El distribuidor se hará cargo de los eventuales gastos consulares.

SEXTA: El distribuidor se compromete a realizar y mantener vigentes, a su exclusivo costo, pero en todos los casos por cuenta y orden de o de quien ISMA indique, los registros (comerciales, sanitarios, licencias, permisos, inscripciones) y todo otro tramite que fuese necesario para comercializar los productos en el territorio. Todos los gastos del caso serán por cuenta exclusiva del distribuidor. En todos los casos ISMA, o quien ISMA indique, será la titular de la inscripción de las marcas o de las etiquetas o rótulos de los productos en el territorio, siendo todos los gastos de registro y mantenimiento a cargo del distribuidor.

SEPTIMA: Hache no podrá realizar ventas directas de los productos a ningún cliente domiciliado o con residencia permanente en el territorio, salvo que medie autorización escrita y prevista del distribuidor.

OCTAVA: El distribuidor no podrá, durante la vigencia

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