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INVERSION EXTRANJERA EN COLOMBIA


Enviado por   •  26 de Febrero de 2014  •  329 Palabras (2 Páginas)  •  273 Visitas

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Inversión Extranjera: Se considera inversión extranjera en Colombia la

inversión de capital del exterior en el territorio colombiano, incluidas

las zonas francas colombianas, por parte de personas no residentes

en Colombia (Decreto 2080 de 2000, art. 1).

Residentes: Para efectos del régimen cambiario se consideran

residentes todas las personas naturales que habitan en el territorio

nacional. Asimismo, se consideran residentes las entidades de

derecho público, las personas jurídicas, incluidas las entidades sin

ánimo de lucro, que tengan domicilio en Colombia y las sucursales de

sociedades extranjeras establecidas en el país (Decreto 1735 de 1993,

art. 2).

No residentes: Se consideran como no residentes las personas

naturales que no habitan dentro del territorio nacional, y las personas

jurídicas, incluidas las entidades sin ánimo de lucro, que no tengan

domicilio dentro del territorio nacional. Tampoco se consideran

residentes los extranjeros cuya permanencia en el territorio nacional

no exceda de seis meses, continuos o discontinuos, en un período de

doce meses (Decreto 1735 de 1993, art. 2).

Operaciones de cambio: Son operaciones de cambio aquellas

comprendidas dentro de las categorías señaladas en el artículo 4 de la

Ley 9 de 1991, específicamente, entre otras, la inversión

Importación y exportación de bienes;

- operaciones de endeudamiento externo celebradas por residentes

en el país, así como los costos financieros inherentes a las mismas;

- inversiones de capital del exterior en el país, así como los

rendimientos asociados a las mismas;

- inversiones de capital colombiano en el exterior, así como los

rendimientos asociados a las mismas;

- inversiones financieras en títulos emitidos y en activos radicados

en el exterior, así como los rendimientos asociados a las mismas,

salvo cuando las inversiones se efectúen con divisas provenientes

de operaciones que no deban canalizarse a través del mercado

cambiario;

- avales y garantías en moneda extranjera;

- operaciones de derivados.

Inversionista de capital del exterior: Se considera inversionista de capital

del exterior toda persona natural o jurídica titular de una inversión

extranjera directa o de portafolio (Decreto 2080 de 2000, art. 4).

Representación de inversionistas de capital del exterior: Los

inversionistas de capital del exterior deben nombrar un apoderado

en Colombia de acuerdo a los términos previstos en la legislación

colombiana (Decreto 2080 de 2000, art. 15).

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