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Impuestos En Cali


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2012  •  920 Palabras (4 Páginas)  •  754 Visitas

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Impuesto de Industria y Comercio

Están obligados a presentar declaración del Impuesto de Industria y Comercio y su Complementario de Avisos y Tableros, todas las personas naturales, jurídicas o de hecho que realicen actividades industriales, comerciales y de servicios en el Municipio de Santiago de Cali. El período de esta declaración es Bimestral.

CÓDIGO ACTIVIDADES INDUSTRIALES TARIFA (Por mil)

101 Fabricación de productos alimenticios

excepto bebidas alcohólicas 3.3 %

102 Las demás actividades industriales 6.6 %

103-01 Agencias de viajes y turismo, Agencias mayoristas y

operadores de turismo 3.3 %

103-02 Las demás actividades de la industria del turismo. 6.6 %.

CÓDIGO ACTIVIDADES COMERCIALES TARIFA (Por mil)

201 Tiendas de víveres, graneros, droguerías, farmacias,

bombas de gasolina, supermercados y tiendas

de abarrotes. 3.3 %

202 Supermercados que además de alimentos vendan

misceláneas y otros elementos de consumo general

como ropa, zapatos, juguetes, ferretería, drogas y

similares. 5.5 %

203 Las demás actividades comerciales 7.7 %.

CÓDIGO ACTIVIDADES SERVICIOS TARIFA (Por mil)

301 Contratistas de construcción, constructores y urbanizadores. 3.3 %

302 Clubes sociales, restaurantes, cafeterías, heladerías, salones

de té, hoteles, moteles, pensiones, residencias, y otros

lugares de alojamiento. 8.8 %

303 Establecimiento cuya actividad principal sea la venta de

bebidas alcohólicas, como bares, cafés, cantinas, sifonerias,

estaderos, fuentes de soda, grilles, discotecas, cabarets y clubes

que reúnan alguna de las características de este tipo de

establecimientos. 27.5 %

304 Prenderías, montepíos y casas de empeño y compra ventas. 27.5 %

305 Servicios de consultoría profesional. 6.6 %

305-02 Servicios educativos privados. 3.3%

305-05 Curadurías urbanas 6.6%

306 Servicios relacionados con el transporte. comprenden los

establecimientos o actividades que directamente prestan el

servicio de transporte. 3.3 %

307 Las demás actividades de servicio 1 1.0 %

Impuesto Predial

El Impuesto Predial es un tributo Municipal que grava los bienes inmuebles ubicados dentro del territorio del Municipio. La base Gravable, o sea el factor que se tiene en cuenta para su liquidación es el avalúo catastral del predio.

La tarifa oscilara entre 1 por mil y el 16 por mil del respectivo avalúo, teniendo en cuenta los estratos socioeconómicos, los usos de suelo en sector urbano y antigüedad de la formación o actualización del catastro. Mediante la Ley 14 de 1983, Acuerdo 31 de 1998.

Sobretasa

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