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Interpretación de las Reglas Complementarias de La Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación.


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2015  •  Resúmenes  •  586 Palabras (3 Páginas)  •  1.181 Visitas

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1ª. Regla complementaria.

Para la clasificación de mercancías de la sección XXII dedicada a operaciones especiales, no se estará concorde a lo dispuesto por las Reglas Generales referente a la aplicación e interpretación de la nomenclatura que se aplica en la LIGIE, puesto que, en el sistema armonizado, el alcance de las secciones finaliza en la sección XXI. Por ejemplo, el menaje de casa que comprende los utensilios de uso diario (siempre que sean usados) estará sólo por una vez, libres del pago de impuestos a la importación, siendo un ejemplo de ellos los libros.

2ª. Regla complementaria.

Las 22 secciones que comprende la LIGIE, se representan con números romanos, ordenados de manera continua sin que éstas afecten la fracción arancelaria. Siendo las subpartidas de primer nivel aquellas en las que el sexto número es cero(0) y, de segundo nivel, aquellas en las que el sexto número es distinto de cero(0), salvo aquellas con el código (00).

La fracción arancelaria define la mercancía y el impuesto que se le aplica, formada por 8 dígitos, correspondientes a capítulo, partida, subpartida y dos dígitos adicionales.

3ª Regla complementaria.

Mediante el Diario Oficial de la Federación, se publicarán las notas explicativas y su posible actualización por modificaciones posteriores, siendo que la aplicación de la tarifa arancelaria, definida por éstas (las notas explicativas) es de carácter obligatorio.

4ª Regla complementaria.

Mediante el Diario Oficial de la Federación, se publicarán los criterios que deberán aplicarse para la clasificación de mercancías. Siendo, por ejemplo, el tipo de especie de algún ser vivo o la longitud de un producto algunos de ellos; que serán aplicables de forma obligatoria.

5ª Regla complementaria.

En este apartado se especifican las abreviaturas empleadas en la tarifa de la LIGIE, siendo todas ellas cantidades, países, u otras abreviaciones, que de no estar presentes en las que se enuncian, deberá indicarse su significado.

6ª Regla complementaria.

Se refiere exclusiva y exactamente al peso de las mercancías cuando se menciona un límite de peso, a excepción que se haga mención de lo contrario.

7ª Regla complementaria.

Para dar cumplimiento a los tratos preferenciales que comprende las negociaciones que México realiza con otros países, estos deberán incluirse en las fracciones arancelarias que comprendan y den conformidad con la tarifa, en un apéndice adicional, en donde se especificara: mercancía negociada, el tratamiento preferencial que se pacta para cada mercancía y países a quienes se les otorga.

8ª Regla complementaria.

Las partes, materiales y componentes de artículos que estén destinados a fabricarse o ensamblarse en México se consideran artículos completos o terminados, siempre que la empresa cuente con registro de fabricante, y podrán importarse estos artículos desmontados que correspondan a artículos completos o terminados o que se consideren como tales, en una o varias remesas o por una o varias aduanas, siempre que deban utilizarse para cumplir con la fabricación.

9ª Regla complementaria.

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