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Мarco legal y juridico de las empresas industriales


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2012  •  Trabajos  •  1.440 Palabras (6 Páginas)  •  600 Visitas

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EMPRESA INDUSTRIAL

1.- Origen

La empresa industrial tiene su origen normal cuando el hombre se vio en la necesidad de producir armas y demás utensilios necesarios para cada individuo de la sociedad. En la evolución económica de las naciones se registra generalmente un flujo de la población activa desde el llamado sector primario constituido por la agricultura, la pesca y la ganadería, hacia actividades industriales y los servicios.

Por lo tanto el conjunto de actividades productivas que el hombre realiza de modo organizado con la ayuda de máquinas y herramientas se denomina industria.

2.-Concepto

Por regla general, la industria transforma para la venta, producto de determinado valor, utilizando para ello los factores de la producción, en otras palabras, las industrias utilizan para lograr sus objetivos de producción. Dinero, maquinaria, materiales, mano de obra y conocimientos técnicos. Importancia.- La industria tiene un papel clave en el desarrollo de las naciones; de hecho, se emplea el término “país industrializado” como sinónimo de “desarrollado”. El surgimiento o conformación de una industria genera puestos de trabajo y produce bienes para satisfacer las necesidades sociales.

3.- MARCO LEGAL Y JURIDICO DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES

CONCEPTO. Es aquél por el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias, para emprender e operaciones mercantiles y participar de sus utilidades. De esta definición podemos destacar lo siguiente:

•Que la Empresa Industrial fundamentalmente es una asociación de personas

•Que las personas unen sus aportaciones que pueden consistir en “Capitales” o “Industrias”. Con el término capitales se refiere la Ley al aporte de dinero o especies; y, con el término “Industrias” se refiere a la aportación de la fuerza de trabajo y capacidad personal del socio

• Esta asociación de personas y aportaciones se hace para emprender en operaciones

“mercantiles”.

•Todo ello conlleva a participar de utilidades.

ELEMENTOS.- De la definición de Empresas Industriales antes señalada se determina los siguientes elementos esenciales:

• Asociación de personas.- No puede constituirse sin el concurso mínimo de personas que

Establece la Ley para cada especie.

• Aporte.- No hay sociedad si cada uno de los socios no pone alguna cosa en común, ya consista en dinero o efectos, ya en una industria, servicio o trabajo apreciable en dinero

Es requisito esencial de la Empresas Industriales que cada socio o accionista se obligue a realizar un aporte. El aporte es una obligación del socio y a la vez determina sus derechos. Todos y cada uno de los socios o accionistas deben aportar algo, para la formación del capital se puede aportar: dinero, bienes muebles o inmuebles, créditos. El aporte de crédito se sujetará a las siguientes reglas:

• Que el crédito este contenido en un documento.

• Debe cubrirse en numerario o en bienes el porcentaje mínimo que debe pagarse para la constitución de la misma

• Quien entregue, ceda o endose los documentos de crédito quedará solidariamente responsable con el deudor por la existencia, legitimidad y pago del crédito.

• El plazo de exigibilidad del crédito no podrá exceder de doce meses

• El aporte se considerará cumplido únicamente desde el momento en que el crédito se haya pagado

No se podrá aportar a la constitución o al aumento de capital de una empresa, bienes grabados con

hipoteca abierta, a menos que ésta se limite exclusivamente a las obligaciones ya establecidas y por

pagarse a la fecha del aporte.

FIN DE LUCRO.- Tampoco hay sociedad sin participación de bienes La Sociedades tienen fin de lucro, pues los socios que unen sus capitales e industrias lo hacen para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.

TIPICIDAD.- La Ley de Compañías señala expresamente que no se puede formar otro tipo de sociedad o empresa con personalidad jurídica

ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA

• NOMBRE.- La sociedad tiene nombre, que debe ser claramente distinguido de cualquier otro.

El nombre constituye una propiedad de la misma y no puede ser adoptada por ninguna otra.

A demás el nombre tiene tres partes 1) Una expresión común: “Constructora”, “Industria”,

“Distribuidora”, “Empresa”; 2) Una expresión peculiar: “Lojafarm”. “Andiventas”; 3) Referente a

la especie de compañía anónima o sociedad anónima o las siglas correspondientes C.A., S.A.

• PATRIMONIO.- Asimismo, al constituirse fija un monto de capital que constituye la cifra nominal e inicial a

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