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ACUERDO DE CORDINACION FISCAL DE ESTADO


Enviado por   •  23 de Febrero de 2015  •  393 Palabras (2 Páginas)  •  950 Visitas

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1.2.3 Acuerdos de coordinación fiscal del estado

De acuerdo al ARTÍCULO 2° del sistema estatal de coordinación fiscal del estado de guerrero (guerrero.gob, 2012) nos establece:

“El Sistema Estatal de Coordinación Fiscal está integrado por el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas; el H. Congreso del Estado; los Ayuntamientos, y por toda dependencia y entidad estatal o municipal que actúe como autoridad fiscal,”

Dentro de sus objetivos principales establecidos:

“I.- Apoyar la coordinación de las actividades tributarias entre el Estado y los Ayuntamientos;

II.- Fortalecer el desarrollo hacendario armónico del Estado y de los Municipios;

III.- Hacer evaluaciones periódicas sobre el desarrollo hacendario en la Entidad;

IV.- Proponer elementos susceptibles de ser considerados en las bases que conforme al Artículo 115 de la Constitución General de la República se definen en esta Ley para la distribución de las participaciones federales que correspondan a las haciendas públicas municipales y sobre su aplicación;

V.- Coadyuvar a la distribución equitativa de las participaciones que correspondan a los Ayuntamientos, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal y de los Convenios de Colaboración Administrativa celebrados, y (REFORMADA, P.O. 28 DE DICIEMBRE DE 2001)

VI.- Definir el funcionamiento y operación de los órganos del Sistema Estatal de Coordinación Fiscal. (REFORMADA, P.O. 28 DE DICIEMBRE DE 2007)”

De acuerdo al ARTÍCULO 3° El Sistema Estatal de Coordinación Fiscal (guerrero.gob, 2012) nos dice:

“cuidará que no se configuren fenómenos de múltiple tributación que lesionen a la ciudadanía o afecten la actividad económica y al efecto promoverán ante las autoridades competentes reformas constitucionales y legales sobre la distribución de competencias tributarias, y la celebración de convenios de colaboración administrativa. (REFORMADO, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2000)

ARTÍCULO 4º (guerrero.gob, 2012) nos dictamina que:

“Los Municipios de la Entidad podrán celebrar convenios de adhesión y de colaboración técnica y administrativa y anexos con el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, con la finalidad de fortalecer sus haciendas públicas municipales, que les permitan allegarse de mayores recursos fiscales y destinarlos para obras de infraestructura y programas sociales en beneficio de la ciudadanía. “(REFORMADO, P.O. 28 DE DICIEMBRE DE 2007)

Bibliografía:

Guerrero. (Agosto 7, 2012). SISTEMA ESTATAL DE COORDINACION FISCAL. AGOSTO

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