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AUTORIZACIÓN PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS


Enviado por   •  9 de Agosto de 2013  •  558 Palabras (3 Páginas)  •  389 Visitas

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CAPITULO II

DE LA

DEL PROCEDIMIENTO Y SU VIGENCIA

SECCIÓN I

PARA EXPENDIOS AL POR MAYOR, AL POR MENOR, Y

EXPENDIOS DE CONSUMO

ARTÍCULO 5.- El expendio de bebidas alcohólicas está sometido a

la formalidad de solicitar y obtener, previamente a su inicio, la

Autorización; lo cual constituye un acto administrativo mediante el

cual la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria

(SUMAT) órgano facultado por la autoridad ejecutiva municipal,

autoriza al interesado, a la instalación y expendio de bebidas

alcohólicas, en las condiciones y en los horarios indicados en la

presente Ordenanza.

La obtención de la Autorización, para el expendio de bebidas

alcohólicas también la deberán cumplir quienes ejerzan en forma

permanente dicha actividad en otros Municipios, y se propongan

realizar la misma en jurisdicción del Municipio Bolivariano

Libertador.

ARTÍCULO 6.- Es de carácter obligatorio obtener previamente la

aprobación de la Autorización para el Expendio de Bebidas

Alcohólicas, para poder efectuar el trámite de solicitud y la

obtención de la correspondiente Licencia de Industria y Comercio o

de Actividades Económicas a fin de ejercer efectivamente esta

actividad comercial.

ARTÍCULO 7.- Las personas interesadas en establecer expendios

de bebidas alcohólicas deberán, antes de ejercer la actividad

presentar ante la Superintendencia Municipal de Administración

Tributaria (SUMAT), los documentos siguientes, en copia fotostática

a vista del original según sea el caso, para poder obtener la

Autorización.

INSTALACIÓN:

1.- Solicitud en formato preestablecido por la Administración

Tributaria;

2.- Planilla de Cancelación u Original del Depósito Bancario, donde

conste el pago de la Tasa Administrativa correspondiente;

3.- Registro Mercantil o Estatutos y sus modificaciones si fuera el

caso;

4.- Registro de Información Fiscal (RIF);

5.- Fotocopia de la Cédula de Identidad del representante legal y

del solicitante debidamente autorizado;

6.- Contrato de Arrendamiento Notariado o Título de Propiedad

debidamente registrado, o en su defecto cualquier otro documento

que acredite la ocupación legal del Inmueble;

7.- Conformidad de Uso;

8.- Permiso Sanitario vigente a la fecha de la solicitud;

9.- Permiso de los Bomberos, vigente a la fecha de la solicitud.

10.- Solvencia de Inmuebles Urbanos;

11.- Solvencia de Industria y Comercio, de poseer Licencia de

Industria y Comercio o Licencia de Actividades Económicas.

RENOVACIÓN:

1.- Solicitud en formato preestablecido por la Administración

Tributaria;

2.- Planilla de Cancelación u Original del Depósito Bancario, donde

consta el pago de la Tasa Administrativa, correspondiente;

3.- Licencia de Industria y Comercio o de Actividades Económicas;

4.- Conformidad de Uso, en caso de poseer Licencia de Industria y

Comercio o de Actividades Económicas otorgadas sin conformidad

previa.

5.- Registro Mercantil o Estatutos, en caso de modificación;

6.- Fotocopia de la Cédula de Identidad del representante legal y del

solicitante debidamente autorizado;

7.- Contrato de Arrendamiento Notariado o Título de Propiedad

debidamente registrado, o en su defecto cualquier otro documento

que acredite la ocupación legal, en caso de modificación;

8.- Autorización de Expendio de Bebidas Alcohólicas y de su última

Renovación;

9.- Permiso Sanitario vigente, a la fecha de su solicitud;

10.- Permiso de los Bomberos y vigente a la fecha de la solicitud;

11.- Solvencia de Industria y Comercio;

12.- Solvencia de Inmuebles Urbanos.

ARTÍCULO 8: Cualquier operación que represente modificación de

las condiciones, requisitos o circunstancias que dieron origen a la

Autorización, deberá comunicarse mediante escrito a la

Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT),

en un plazo de sesenta (60) días hábiles a partir de la causa que dio

origen a la modificación. En cuyo caso, el interesado tendrá la

obligación de presentar la documentación que en cada caso

compruebe el cambio efectuado, además de actualizar aquellos

documentos que se vieron afectados o perdieron vigencia al

momento de su instalación o renovación del expendio respectivo.

Se considerarán modificaciones:

A) TRASLADO:

En caso de modificación en la ubicación del inmueble donde

se ejerza la actividad que dio origen a la autorización, siempre

y cuando sea dentro de la jurisdicción del Municipio Bolivariano Libertador.

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