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Administracion Publica


Enviado por   •  22 de Marzo de 2013  •  1.550 Palabras (7 Páginas)  •  286 Visitas

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1.- DEFINICION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA:

La administración pública en un término de limites impreciso que comprenden el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del estado y de otros entes públicos con personalidad jurídica , ya sean de ámbito regional o local .

2.- ELEMENTOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA:

Los elementos más importantes de la definición dada se pueden resumir y explicar de la siguiente manera:

• El Órgano Administrativo;

• La Actividad que la Administración realiza;

• La finalidad que pretende el Estado a través de la administración; y,

• El medio que la Administración

3.- ORGANO ADMINISTRATIVO:

Son todos aquellos órganos que pertenecen a la administración pública y que son el medio o el conducto por medio del cual se manifiesta la personalidad del Estado.

4.- ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA:

Esta actividad se desarrolla a través de la prestación de los servicios públicos, a los cuales está obligada la administración pública para el logro de su finalidad.

5.-FINALIDAD:

La finalidad es "el bien común" o "bienestar general" de toda la población en general, elemento no sólo doctrinario sino Constitucional, expresado dentro del artículo 1o. que establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, y su fin supremo es el Bien Común.

6.- LAS ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Tenemos las siguientes:

➢ Actividad de policía – o actividad de limitación -, que implica la obligación de la Administración de fiscalizar, controlar y asegurar la seguridad y el orden, a fin de obtener la adecuación del comportamiento particular al interés público , restringiendo la libertad o ciertos derechos de los particulares, pero sin sustituir la actuación de los mismos . Ello si tomamos en cuenta que por la naturaleza de su función la Administración está autorizada a limitar ciertos derechos o intereses de los particulares. Es en uso de la actividad limitativa que la Administración Pública puede otorgar autorizaciones, licencias y permisos a fin que los particulares desempeñen determinadas actividades.

➢ Actividad Prestacional: es la que está referida al manejo de los servicios públicos. En general, se entiende por servicio público aquel cuya prestación debe necesariamente asegurarse, por ser la misma de interés público o interés común. Es decir, un servicio público es la prestación obligatoria, individualizada y concreta de bienes y servicios, para satisfacer necesidades primordiales de la comunidad.

➢ Actividad Sancionadora: actualmente de especial singularidad, puesto que permite a la Administración sancionar a los particulares por la comisión de determinadas infracciones, las mismas que no poseen la calificación de delitos. Como veremos más adelante, la actividad sancionadora de la Administración posee ciertos principios que tienen por finalidad proteger al particular de posibles actos arbitrarios. Asimismo, esta actividad no implica impartición de justicia, toda vez que la Administración no penaliza delitos, ni puede aplicar penas privativas de libertad.

➢ Actividad Cuasi jurisdiccional del Estado: por la cual la Administración Pública se encarga de resolver controversias entre particulares o entre estos y otras entidades del Estado, a través del empleo del denominado procedimiento administrativo. Dicha actividad se ejerce a través de los llamados tribunales administrativos o de los entes encargados de componer conflictos - o resolver controversias - entre particulares o entre estos y el propio Estado.

➢ Actividad Arbitral: Debemos entender aquella en la cual la autoridad administrativa resuelve de manera definitiva una controversia suscitada entre particulares, a través de una decisión que resulta ser vinculante para las partes en conflicto. Esta actividad debe diferenciarse de la actividad cuasi jurisdiccional en tanto esta última no implica el efecto de cosa juzgada que sí generaría el laudo arbitral.

7.- LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA

En la actualidad, en materia de Derecho Administrativo, la doctrina considera que cuando la Administración Pública ejerce función administrativa, lo debe hacer a través de las formas jurídicas que le están permitidas. Estas formas son: reglamentos, actos administrativos, contratos administrativos, actos de la administración y por último los hechos administrativos. Estas manifestaciones de la administración pública pueden ser efectuadas tanto por (i) organismos, (ii) órganos y (iii) personas-órgano, las mismas que pueden ser estatales o privadas.

Si bien estas explicaciones técnicas pueden parecer del todo claras, en la práctica y sobre todo en la legislación positiva, podemos observar una gran confusión conceptual, tal vez producto del “efecto pendular” de la legislación y de la decisión política que toman los gobiernos en determinadas épocas.

Si se hace un recuento de la legislación peruana para verificar el concepto de “Administración Pública” podemos mencionar a los siguientes

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