ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Apelación de tramitación conjunta


Enviado por   •  20 de Junio de 2019  •  Ensayos  •  1.034 Palabras (5 Páginas)  •  424 Visitas

Página 1 de 5

RESOLUCIONES QUE ADMITEN EL RECURSO DE APELACIÓN EN EL EFECTO DEVOLUTIVO DE TRAMITACIÓN CONJUNTA CON EL QUE SE INTERPONGA EN CONTRA DE LA SENTENCIA DEFINITIVA. (APELACIÓN PREVENTIVA)

A. El auto que admita pruebas que sean contrarias al derecho o a la moral, que se hayan ofrecido extemporáneamente, sobre hechos no controvertidos o ajenos a la litis, sobre hechos imposibles o notoriamente inverosímiles o que no reúnan los requisitos previstos por el artículo 1098 del Código de Comercio. (Artículo 1203 del Código de Comercio).

B. El auto que deseche pruebas ofrecidas por las partes o terceros.39

C. La resolución en la que se califiquen las posiciones articuladas. (Artículo 1224 párrafo último del Código de Comercio).

D. La resolución en la que se desestimen las preguntas formuladas a los testigos. (Artículo 1263 del Código de Comercio).

SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN.

APELACIÓN EN EFECTO DEVOLUTIVO DE TRAMITACIÓN CONJUNTA CON EL QUE SE INTERPONGA EN CONTRA DE LA SENTENCIA DEFINITIVA. (APELACIÓN PREVENTIVA)

Deberá interponerse por escrito dentro de los 3 tres días siguientes a que surta efecto la notificación de la resolución materia de apelación, sin que se deban de expresar agravios al hacerse valer. (Artículos 1339, párrafos cuarto y sexto y 1344, párrafo primero del Código de Comercio).

Interpuesto en tiempo el recurso el Juez lo admitirá y reservara su trámite para que se realice conjuntamente con la tramitación de la apelación que se interponga en contra de la sentencia definitiva. (Artículo 1339, párrafo cuarto del Código de Comercio).

Pronunciada la sentencia definitiva, si en contra de esta se interpone recurso de apelación por la parte que a su vez hubiere apelado preventivamente, en escrito por separado expresara agravios respecto de ambas apelaciones. (Artículo 1344, párrafo segundo del Código de Comercio).

Si la apelación en contra de la sentencia definitiva se hubiere interpuesto en forma y tiempo, se admitirá precisándose los efectos o efecto en que se admite y se ordenara dar vista con el escrito de agravios a la parte apelada para que dentro del término de 6 seis días siguientes a que surta efecto la notificación del auto que ordene la vista, los conteste. (Artículos 1067, párrafo primero, 1345 bis 2 párrafos primero y tercero del Código de Comercio).

Contestados los agravios o transcurrido el término otorgado para tal efecto, se remitirán dentro de los 5 cinco día siguientes a que surta efectos la notificación del auto que tuvo por dando contestación a la vista o de que concluyo el término de vista, a la Presidencia del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, tanto los originales de los escritos de agravios y de contestación a estos como el expediente original para que se turne a la Sala Civil que corresponda conocer de los recursos de apelación interpuestos y admitidos. (Artículo 1345 bis 3, párrafo primero del Código de Comercio).

Turnados los autos a la Sala esta revisara si las apelaciones fueron interpuestas en tiempo y bien admitidas así como si los efectos o efecto en que se admitieron fueron los correctos, y si confirma lo determinado por el Juez al respecto, citara a las partes para oír sentencia, debiéndose notificar el auto que así lo determine. (Artículos 1345 bis 4, párrafo primero y 1345 bis 6 del Código de Comercio).

La sentencia se deberá pronunciar dentro del término de 20 veinte días siguientes a que surta efectos la notificación de la citación para sentencia si las apelaciones preventivas no son más de 6 seis, o del término de 30 treinta días, si estas son más de 6 seis, o bien, si se tienen que analizar expedientes o documentos voluminosos. (Artículos 1345 bis 6 del Código de Comercio).

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb) pdf (52 Kb) docx (8 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com