ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Argumentacion Juridica


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  1.487 Palabras (6 Páginas)  •  514 Visitas

Página 1 de 6

El ámbito de la argumentación jurídica.

Nicola Abbagnano, define argumentación como: “cualquier razón, prueba, demostración capaz de lograr asentimiento o de inducir persuasión o convicción, es un conjunto de enunciados, uno de los cuales se denomina conclusión y los restantes, premisas, donde la conclusión sigue a las premisas y respecto del argumento se dice que es válido sí, sea cual fuere la situación que hace que las premisas sean verdaderas, hace que la conclusión sea verdadera, puesto que un argumento se considera válido cuando al pasar de las premisas a la concusión se preserva la verdad”.

Atienza identifica tres ámbitos del mundo jurídico en donde tienen especial relevancia las argumentaciones:

1.- Producción o establecimiento de normas jurídicas, subdividida a su vez en argumentaciones prelegislativas y las legislativas propiamente.

a) En el ámbito prelegislativo imperan principios de política, moral y social mas no de naturaleza jurídica,

b) El ámbito legislativo se toma en cuenta las cuestiones técnico-jurídico;

2.- La aplicación de las normas a los casos concretos.- Los casos comunes que resuelven los tribunales jurisdiccionales o encargados de la administración de la justicia, generalmente analizan hechos, no tanto el Derecho, de ahí que considera que éstos últimos supuestos quedan fuera de la argumentación jurídica.

3.- La dogmática jurídica.- Deben contemplarse tres funciones de la dogmática jurídica:

a) Suministrar criterios de producción del derecho.

b) Suministrar criterios para la aplicación del derecho.

c) Ordenar y sistematizar un sector del ordenamiento jurídico.

La segunda es materia de ocupación de la argumentación jurídica, ya que el proporcionar criterios para la aplicación del Derecho a un caso concreto por parte de los órganos jurisdiccionales, consiste precisamente en argumentar ante éstos a fin de procurar la decisión judicial en determinado sentido, pero realizando una distinción en cuanto a lo que él denomina “teorías usuales de la argumentación”

La dogmática jurídica va a la par de la argumentación jurídica, ya que la interpretación abstracta de la norma se da precisamente para resolver casos concretos aplicables a la misma, de ahí que coincido con él en cuanto a que es sumamente difícil establecer una tajante diferencial entre la argumentación “simple” y la argumentación “dogmática”.

Contexto de descubrimiento y contexto de justificación: explicar y justificar.

En algunas resoluciones judiciales, se puede pensar que el juzgador resolvió de acuerdo a su ideología o prejuicios o bien, no se distinguen en dicha resolución los fundamentos que permitan explicar o justificar el sentido de la misma y con ello queda cierta sensación de arbitrariedad, por ello, se debe hacer una distinción entre:

a) Contexto de descubrimiento.- Es la actividad tendiente a descubrir o bien, enunciar una teoría respecto de la cual no es susceptible un análisis de tipo lógico; se procura mostrar cómo se genera y desarrolla el conocimiento científico.

b) Contexto de la justificación.- Se justifica o valida dicha teoría, es decir, confrontarla con los hechos a fin de demostrar su validez y se requiere un análisis de tipo lógico.

No es lo mismo explicar la resolución que justificarla y los jueces deben concretarse a la segunda de éstas, puesto que las razones explicadas se identifican con los motivos de la conducta y por su parte, las razones de justificación están comprendidas dentro del marco de valoración

Esta distinción permite distinguir dos perspectivas de análisis de las argumentaciones:

a) La perspectiva social.- Se explica mediante la psicología social, es el proceso de toma de decisiones partiendo de bases como la combinación de valores de información e impresión inicial, donde inicialmente se acumulan pruebas o información, se evalúan y se les otorga un valor para obtener datos respecto de la probable responsabilidad o culpabilidad y por último, la impresión inicial del juzgador, proponiéndole evitar o disminuir sus prejuicios y dar mayor valor a otros elementos para resolver los litigios de manera profesional y no atendiendo a circunstancias psicosociales.

b) La toma de decisiones debe ser justificada.- Es justificar los argumentos considerados como correctos y una justificación material, es decir, determinar cuándo se considera que determinado argumento es aceptable, que incluye pretensiones descriptivas y prescriptivas, que pretende no nada más justificar sino también cómo se deberían justificar las decisiones.

Concepto de validez deductiva.

Las conclusiones a que se pueden llegar de manera argumentativa y deductiva, pueden ser erróneas, ya que se puede partir de premisas falsas, sin embargo como señala en autor, “tenemos una implicación, una inferencia lógica o una argumentación válida (deductivamente), cuando la conclusión necesariamente es verdadera sí las premisas son verdaderas”.

La lógica deductiva puede presentarse de manera axiomática, incontrovertible o evidente, o bien, como un sistema de reglas de inferencia, la cual es la que mejor se ajusta a la forma de razonar del hombre, porque de manera axiomática se parte de enunciados formalmente verdaderos y con la lógica deductiva axiomática se llega a conclusiones o enunciados también formalmente verdaderos y en la lógica deductiva de inferencia se parte de enunciados indeterminados en cuanto a su verdad o bien, declaradamente falsos, y se llegan a conclusiones o enunciados que pueden ser verdaderos o falsos.

Corrección formal y material de los argumentos.

Es plantearse el problema de cómo distinguir los argumentos correctos de los incorrectos, distinguiendo con ello los argumentos inválidos y los que parecen válidos pero que no lo son, los cuales son considerados falacias, destacando que éstos últimos merecen una especial atención ya que parecen ser argumentos correctos formulados de manera deductiva, pero que no son verdaderos, subdividiendo estas falacias a su vez en dos:

a) Las falacias de atinencia.- Son las premisas que carecen de atinencia lógica con respecto a sus conclusiones, y por consecuencia, son incapaces de establecer su verdad.

• Las falacias ad hominem.- Argumentos tendientes a descalificar al adversario, no tanto a refutar sus afirmaciones.

• La falacia ad ignorantiam.- Consiste en sostener la falsedad de algo porque no se ha demostrado lo contrario.

b) Las falacias de ambigüedad.- Son razonamientos cuya formulación contienen palabras o frases ambiguas, cuyos significados cambian más o menos de manera sutil durante el procedimiento.

Silogismo teórico y práctico

En el Derecho los argumentos parten de normas, y por ello surge el problema sobre si en la aplicación de las normas debe aplicarse la argumentación lógica deductiva en la que “tenemos una

implicación o una inferencia lógica o una argumentación válida (deductivamente), cuando la conclusión necesariamente es verdadera (o bien, correcta, justa, válidas, etc.) si las premisas son verdaderas (o bien, correctas, justas, válidas, etc.).”

Argumentos deductivos y no deductivos.

El argumento es un indicio de la existencia de un problema, donde la validez de los argumentos que presentemos ha de ser finalmente establecida o refutada, generando así la conclusión o resolución de la discrepancia.

a) Argumento deductivo.- Formulado correctamente, es un argumento de forma tal que si sus premisas son ciertas, la conclusión también tiene que ser cierta, sin embargo, un gran número de premisas ciertas no garantizan la verdad de la conclusión.

b) Argumentos no deductivos.- La conclusión va allá de las premisas, mientras que la conclusión de un argumento deductivo válido sólo hace explícito lo que ya está contenido en las premisas; el paso de las premisas a la conclusión no es necesario, sino probable o plausible.

El silogismo judicial.

Para W. V. Quine, los silogismos son argumentos en los cuales se deriva como conclusión un enunciado categórico a partir de otros dos enunciados categóricos que tienen la función de premisas; los tres enunciados que de esta forma se relacionan tienen en total tres términos, cada uno de los cuales aparece en dos de los enunciados.

El establecimiento de la premisa menor del silogismo judicial, es decir, la premisa fáctica, podría ser el resultado de un razonamiento de tipo no deductivo.

Si bien existen muchas formas de interpretar los argumentos y la argumentación, estos son los elementos básicos que les componen y tienen que darse siempre, aun cuando pueden presentarse argumentos con premisas implícitas, conclusiones tan solo insinuadas o una argumentación en la que alguno de sus pasos no consiste en una acción lingüística, pero que es susceptible de concretarse en un lenguaje.

Aspectos normativos y fácticos de la argumentación jurídica.

La conclusión no se sigue deductivamente de las premisas, pero el argumento puede hacerse deductivamente si se añade una nueva premisa.

Justificación interna y justificación externa.

a) Justificación interna.- Se trata de ver si la decisión se sigue lógicamente de las premisas que se deducen como fundamentación, y el objeto de la justificación externa es la corrección de las premisas.

b) Justificación externa.- Es la fundamentación de las premisas utilizadas en la justificación interna

y realiza el análisis lógico de las formas de argumentación que se reúnen, con la finalidad de comprender la necesidad de su vinculación y pueden clasificarse en seis grupos:

• Interpretación.

• Argumentación dogmática.

• Uso de los precedentes.

• Argumentación práctica.

• Argumentación empírica.

• Argumentación jurídica.

Lógica jurídica y argumentación jurídica.

a) La Lógica Jurídica.- Parte del estudio de la Lógica de las Normas o Lógica Deóntica, que consiste en desentrañar el sentido de las normas, identificando la naturaleza jurídica que el legislador pretende plasmar con las mismas, con base a una conjugación de enunciados ciertos.

b) La argumentación jurídica.- Consiste en exponer las razones legales con el ánimo de apoyar nuestra conclusión, así como para convencer a otras personas de lo aseverado, sea o no ajustado a la realidad.

...

Descargar como  txt (10.2 Kb)  
Leer 5 páginas más »
txt