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Argumento A Fortiori


Enviado por   •  24 de Mayo de 2014  •  1.875 Palabras (8 Páginas)  •  853 Visitas

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ARGUMENTO A FORTIORI

El argumento a fortiori establece que, ante la existencia de una norma jurídica que predica una obligación o cualquier calificación normativa de un sujeto o clases de sujetos, se debe concluir que valga (que sea válida que exista) una norma distinta que predica la misma calificación normativa a diferentes sujetos o clases de sujetos que se encuentren en una situación tal que ameriten, con mayor razón la calificación normativa del primer sujeto o clases de sujetos.

ARGUMENTO TELEOLÓGICO.

Argumento teleológico, este argumento trata de interpretar un precepto tomando en cuenta su finalidad. El fin de la norma es entendida como el espíritu de la ley, como la intención de su autor y la realidad social.

Este argumento tiene dos variantes: uno subjetivo y otro objetivo. En la argumentación teleológica subjetiva esta justificado dar a los enunciados legales el significado que en mayor grado permite alcanzar el fin o los fines que con ellos quiso el autor. En la argumentación teleológica objetiva está justificado dar a los enunciados legales el significado que en mayor grado permita alcanzar el fin o los fines que un apersona razonable querría lograr al formular tales enunciados.

ARGUMENTO A CONTRARIO SENSU

Argumento a contrario, Tarello lo define como un argumento por el que dado un enunciado normativo que predica una calificación normativa de un término pertenece a un enunciado destinado a un sujeto o a una clase de sujetos, se debe evitar extender el significado de aquél término de tal modo que comprenda a sujetos o clase de sujetos no estricta y literalmente incluidos en el término calificado por el primer enunciado normativo.

Este argumento es considerado un instrumento de la interpretación lingüística que sirve para motivar o proponer interpretaciones restrictivas, que imponen como condición para su utilización el silencio de la ley y cuya fuerza persuasiva, así como su justificación la obtiene de la presunta voluntad del legislador.

EL ARGUMENTO SISTEMÁTICO EN SENTIDO ESTRICTO:

Es aquel que para la atribución de significado a una disposición tiene en cuenta el contenido de otras normas o su contexto jurídico. Su fundamento es la idea de que las normas forman un sistema que obtiene su coherencia del diseño racional realizado por el legislador y de los principios que lo gobiernan. De ahí que el nudo central de la interpretación sistemática esté en la determinación del contexto de la disposición interpretanda que se va a considerar relevante para la atribución de significado.

LA ARGUMENTACIÓN SISTEMÁTICA

CRITERIO SISTEMÁTICO DE INTERPRETACIÓN

Unos de los métodos de interpretación y argumentación es la sistemática, que significa que debe interpretarse teniendo en cuenta el sistema, lo que no es demasiado teniendo en cuenta la diversidad de formas en las que aquel puede ser entendido y la diferente amplitud que puede otorgarse al contexto. Esta interpretación intenta dotar a un enunciado de comprensión dudosa de un significado sugerido, o no impedido, por el sistema jurídico del que forma parte.

Nadie niega en el derecho la relevancia del instrumento sistemático en la interpretación pero las posturas varían a la hora de justificar el fundamento. Para unos, la interpretación ha de ser sistemática porque el sistema jurídico tiene una lógica interna propia y para otros, la sistematicidad del ordenamiento, si existe, sería en todo caso un resultado y no presupuesto de la interpretación.

CONCEPTO DE ARGUMENTO DE AUTORIDAD.

Según Tarello, el argumento de autoridad o ab exemplo es aquel "por el que a un enunciado normativo le es atribuido aquel significado que ya le había sido atribuido por alguien, y sólo por ese hecho". Implica un desacuerdo respecto a la atribución de significado a un enunciado normativo. Y, en definitiva, consiste en utilizar la opinión de una persona en favor de una tesis propia, pero al no proporcionar más que opiniones esa forma de argumentación obtiene una fuerza mayor o menor en función del prestigio que se le reconoce a la autoridad invocada.

LA ANALOGÍA

La analogía es un método de autointegración del derecho. Nos interesa, entre otros motivos, por cuanto ha sido adoptado por nuestros legisladores en el artículo 4.1 del Código civil: "Procederá la aplicación analógica de las normas cuando estas no contemplen un supuesto específico pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón". Por analogía se entiende el procedimiento por el cual se atribuye a un caso no regulado el mismo tratamiento de un caso regulado similar al primero.

La analogía es el más típico y el más importante de los procedimientos interpretativos de un determinado sistema normativo; es el procedimiento mediante el cual se explica la denominada tendencia de todo sistema jurídico a expandirse más allá de los casos expresamente regulados. Ha sido ampliamente usado en todos los tiempos.

REDUCCIÓN AL ABSURDO

Del latín, Reductio ad absurdum, a menudo usado por Aristóteles como un argumento lógico en el que asumimos una hipótesis y obtenemos un resultado absurdo, por lo que concluimos que la hipótesis de partida ha de ser falsa. Este método es también conocido como prueba por contradicción o prueba ad absurdum. Parte de la base del cumplimiento de la ley de exclusión de intermedios: una afirmación que no puede ser falsa, ha de ser consecuentemente verdadera.

POR REDUCCIÓN AL ABSURDO

Una de las herramientas lógicas más útiles al momento de demostrar que una afirmación es falsa es el método de reducción al absurdo. El método de reducción al absurdo consiste en partir de un argumento o enunciado, luego mostrar que conduce a una contradicción. Esto implica que el argumento o enunciado es falso.

La reducción al absurdo también se puede usar para refutar argumentos o posturas, si uno asume la postura que quiere refutar y halla una

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