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Balistica


Enviado por   •  1 de Agosto de 2012  •  1.240 Palabras (5 Páginas)  •  662 Visitas

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PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA DEL ESTADO.

DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS PERICIALES.

NUMERO OFICIO: 598/03/EH

ASUNTO: SE RINDE DICTAMEN

PERICIAL EN MATERIA DE

BALISTICA.

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 07 DE JUNIO DEL 2010.

C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO INVESTIGADOR

DE LA PRIMERA MESA DE TRÁMITE DE LA

DELEGACION NORTE.

ANTECEDENTES: Su oficio numero 23781 de fecha 2 de mayo del 2003 girado a esta Procuraduría.

El que suscribe GERARDO PAREDES SAMPAYO, Perito en materia de Balística, adscrito a la Dirección General de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, designo para dictaminar en relación con la averiguación previa indicada al rubro, ante usted y con el debido respeto comparezco para exponer:

PROBLEMA:

Determinar si el arma de fuego, pistola escuadra marca COLT calibre 38 SUPER, modelo M649, fabricación U.S.A. con numero de campos 6 dirección Izquierda, anchura de campos 080082, anchura de estrías 147150 con numero de serie 936EP65892 que se encuentra relacionada con la indagatoria de mérito, fue disparada recientemente y si los proyectiles que en numero 2 que se acompañaron con ella (proyectiles problema) fueron disparados por dicha arma.

Después de realizar las pruebas físicas sobre el funcionamiento del arma en cuestión y las correspondientes pruebas de laboratorio, la suscrito emite el siguiente resultado:

DICTAMEN:

Con el fin de dar debido cumplimiento a lo que tuvo usted a bien solicitar en su oficio citado en antecedentes, acudí ante esa Representación Social el día 07 de noviembre del 2010 donde se me proporciono para su estudio y dictamen pericial el arma de fuego pistola tipo escuadra marca “COLT”

Calibre 38 SUPER, modelo M649, fabricación U.S.A. con numero de campos 6 dirección Izquierda, anchura de campos 080082, anchura de estrías 147150 con número de serie 936EP65892.

Con pavón en buen estado, Culata en PLASTICO y un cargador para el arma sin cartuchos útiles, calibre 5 proyectiles deformados, por la cual se procedió en primer lugar a llevar a cabo la inspección en los mecanismos del arma, observándose que todos ellos funcionan en forma correcta en lo que se refiere a la presión del disparador que es normal, el estado de sus seguros es normal, posee su percutor en buenas condiciones, sus partes móviles como carro, martillo se encuentran en condición normal en su funcionamiento, por lo que el arma peritada funciona correctamente.

Por su calibre y su sistema de fuego, el arma antes descrita es de las no permitidas para poseerse o portarse ya que son de uso exclusivo del Ejercito,

según el articulo 11 de la ley federal de armas de fuego y explosivos.

En el estudio del interior del cañon y recamara, se encontraron residuos de pólvora, residuos que dejan los cartuchos cuando han sido disparados, por lo que de acuerdo a mi leal saber y entender, que el arma en cuestión, SI FUE DISPARADA RECIENTEMENTE, sin que se pueda precisar la fecha ni el numero de disparos efectuados con ella.

Por otra parte, en lo que respecta a la determinación sobre el aspecto relativo a la cuestión referente a saber si los proyectiles problema trece (13) fueron disparados por el arma sujeta a estudio, se efectuaron disparos de prueba de fuego, obteniéndose 5 (cinco) balas testigo y 13 (trece) cartuchos percutidos, también testigos, por lo que con las balas proporcionadas como “PROBLEMAS” y con las balas “TESTIGO”, se efectúo

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