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Bebidas Gaseosas


Enviado por   •  5 de Abril de 2012  •  1.347 Palabras (6 Páginas)  •  897 Visitas

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DEFICICIÓN Y TERMINOLOGÍA

BEBIDAD CARBONATADAS: son productos obtenidos por disolución de anhídrido canónico en agua potable adicionados o no de edulcorantes, jugos de frutas, concentrado de frutas, sustancias aromáticas y aditivos legalmente permitidos.

INGREDIENTES COMUNES:

• Agua carbonatada: es la base esencial para la producción de cualquier gaseosa. En grandes fábricas primero se desmineraliza el agua, y luego se le agregan minerales en cantidades predeterminadas.

 ADITIVOS

• Edulcorantes: le confieren sabor dulce, se separan según su procedencia en tres clases:

• Naturales: sacarosa (azúcar de mesa). Generalmente se utilizan otras azúcares, que endulzan menos, traen los mismos problemas de diabetes por gramo (es decir, que traen más problemas para el mismo sabor dulce), pero resultan más baratas. Actualmente la más utilizada es la fructosa (JMAF, jarabe de Maíz de Alfa Fructosa).

• Sintéticos: son más baratos, pero pueden tener sabores no muy agradables, y algunos se relacionan con ciertos cánceres.

• Naturales, pero que no aportan glucosa: los glucósidos steviósidos y rebaudiósidos obtenidos de la planta Stevia rebaudiana no aumentan la glucemia, pero son hasta 300 veces más dulces que el azúcar.

• Acidulante: le proporcionan la acidez adecuada. Por ejemplo: ácido cítrico, ácido fosfórico, etc.

• Estabilizantes de la acidez.

• Colorantes.

• Aromatizantes.

• Conservantes.

• Antioxidantes.

• Espesante

ENVASE Y EMBALAJE

 Las bebidas gaseosas se pueden envasarse en botellas de vidrio, de plástico y envases de hoja lata, acero inoxidable o de aluminio y en cualquier otro recipiente aprobado por la autoridad competente y deben cumplir con las normas de Covenin correspondientes.

 Los envases deben estar limpios y libres de moho o cualquier tipo de material extraño.

 Todos los envases deben ser sometidos a procesos adecuados de desinfección y de limpieza.

ETIQUETADO

 El rotulo debe cumplir con lo establecido en la norma Covenin 2952. En el caso de envases retornables, la tapa será considerada como cara de información.

 Las etiquetas deben contener en forma clara, legible e indeleble la siguiente información: Nombre del producto y de la marca comercial, el nombre del producto será: “Refresco sabor a…” seguido del nombre del sabor predomínate.

 Cuando una marca comercial registrada designa el sabor del producto, no será necesario colocar la frase “refresco sabor a…”, siempre y cuando la marca comercial por el uso y costumbre sea denominación común así le reconozca, quedando a juicio de la autoridad sanitaria competente, su aprobación, previa solicitud motivada.

NORMAS INTERNACIONALES SOBRE EL ENVASE Y EMBALAJE

Norma ISO 3394: rige las dimensiones modulares de las cajas, pallets y plataformas pale tizadas.

R 87 o Reglamentación 87: aplicada a los productos para venta detallada, específicamente en la descripción del contenido de su envase o paquete.

Norma ISO 780 y 7000: contiene las instrucciones de manejo, advertencia y símbolos pictóricos.

Norma NIMF N.° 15 de 2003: diseñada por la Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de las Naciones Unidad para la Agricultura y la Alimentación, en Roma, señala las directrices para reglamentar las medidas fitosanitarias del embalaje de madera para exportaciones. Pertenece a la normativa de orden internacional y supranacional, resultante de los acuerdos y tratados internacionales suscritos por Colombia y que son aplicables en el territorio nacional.

Las medidas aprobadas en esta reglamentación deben ser aceptadas por todas las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) y aplicadas no solo por los operadores logísticos internacionales, sino también por los productores nacionales de empaques, envases y embalajes para productos exportados, esto con el objetivo de reducir la posibilidad de transmitir enfermedades de las plantas y el ingreso de plagas por el transporte de madera cruda, al autorizar tanto la entrada como la salida del embalaje.

 El producto objeto de esta Norma en sus dos tipos y único grado de calidad debe cumplir con las siguientes especificaciones:

Choque Térmico

Los envases en sus dos tipos deben resistir un choque térmico de caliente a frío, con una variación de temperatura de 42 K (42°C) como mínimo, cuando se prueben de acuerdo a lo establecido en la norma.

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