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Bederes Y Obligaciones Formales


Enviado por   •  25 de Abril de 2014  •  303 Palabras (2 Páginas)  •  261 Visitas

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TITULO II. DEBERES Y OBLIGACIONES FORMALES. CAPITULO I. NORMAS COMUNES.

Art. 571. OBLIGADOS A CUMPLIR LOS DEBERES FORMALES.

Los contribuyentes o responsables directos del pago del tributo deberán cumplir los deberes formales señalados en la ley o en el reglamento, personalmente o por medio de sus representantes, y a falta de éstos, por el administrador del respectivo patrimonio.

Art. 572. Representantes que deben cumplir deberes formales.

Deben cumplir los deberes formales de sus representados, sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas :

a. Los padres por sus hijos menores, en los casos en que el impuesto debe liquidarse directamente a los menores;

b. Los tutores y curadores por los incapaces a quienes representan;

c. Los gerentes, administradores y en general los representantes legales, por las personas jurídicas y sociedades de hecho. Esta responsabilidad puede ser delegada en funcionarios de la empresa designados para el efecto, en cuyo caso se deberá informar de tal hecho a la administración de Impuestos y Aduanas correspondiente.

d. Los albaceas con administración de bienes, por las sucesiones; a falta de albaceas, los herederos con administración de bienes, y a falta de unos y otros, el curador de la herencia yacente;

e. Los administradores privados o judiciales, por las comunidades que administran; a falta de aquellos, los comuneros que hayan tomado parte en la administración de los bienes comunes;

f. Los donatarios o asignatarios por las respectivas donaciones o asignaciones modales;

g. Los liquidadores por las sociedades en liquidación y los síndicos por las personas declaradas en quiebra o en concurso de acreedores, y

h. Los mandatarios o apoderados generales, los apoderados especiales para fines del impuesto y los agentes exclusivos de negocios en Colombia de residentes en el exterior, respecto de sus representados, en los casos en que sean apoderados de éstos para presentar sus declaraciones de renta o de ventas y cumplir los demás deberes tributarios.

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