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COMERCIO INTERNACIONAL


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2013  •  2.292 Palabras (10 Páginas)  •  244 Visitas

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COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS E INVERSIÓN

1. Ámbito de aplicación:

Este capítulo se aplica al marco regulatorio que afecta el comercio transfronterizo de

servicios que sean suministrados por proveedores de servicios de Colombia o Estados

Unidos. Se entiende por comercio transfronterizo de servicios, el suministro de un servicio

en alguna de las siguientes tres modalidades:

- Suministro transfronterizo: el servicio es suministrado desde el territorio de una de

las partes al territorio de la otra parte. Por ejemplo, cuando un ingeniero colombiano

envía un software a Estados Unidos a través de correo electrónico.

- Consumo en el extranjero: el servicio es suministrado en el territorio del proveedor

por desplazamiento del consumidor. Por ejemplo, cuando un ciudadano

norteamericano se practica un procedimiento médico en Colombia (comúnmente

conocido como “turismo de salud”).

- Presencia de personas físicas: consiste en el desplazamiento de personas de un

Estado parte al territorio de otra parte para prestar un servicio. Por ejemplo, cuando un

profesor norteamericano dicta clases en una universidad colombiana.

Las disposiciones del Capítulo de Comercio Transfronterizo de Servicios no aplican a:

(i) La prestación de servicios financieros,

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(ii) Contratación pública,

(iii) Servicios aéreos (excepto servicios de reparación y mantenimiento de aeronaves y

servicios aéreos especializados),

(iv) Subsidios o donaciones, incluyendo garantías, préstamos y seguros que cuenten con

apoyo gubernamental;

(v) A los servicios suministrados en ejercicio de actividades gubernamentales y

(vi) Medidas migratorias, incluyendo la admisión o condiciones de admisión para la entrada

temporal.

2. Principios para la prestación de servicios transfronterizos:

El Capítulo contempla una serie de principios orientados a la no discriminación y la

reducción de distorsiones con el objetivo de propiciar condiciones de certidumbre y

transparencia para los prestadores de servicios transfronterizos. Los principales

compromisos son los siguientes:

a. Trato Nacional: Consiste en dar a los prestadores de servicios extranjeros un trato no

menos favorable que el que se da a los prestadores de servicios nacionales. Esto quiere

decir que un prestador colombiano de servicios que exporte sus servicios a Estados

Unidos deberá poder suministrar dichos servicios en condiciones “no menos favorables”

que las otorgadas a los prestadores de servicios de ese país. La misma condición aplica

en la situación inversa.

b. Trato de Nación Más Favorecida: Un prestador de servicios colombiano que exporte

sus servicios a Estados Unidos deberá poder suministrar dichos servicios en

condiciones “no menos favorables” que las otorgadas por ese país a prestadores de

servicios de terceros países.

c. Acceso a Mercados: Ni Colombia ni Estados Unidos podrán imponer restricciones que

establezcan límites al número de proveedores de servicios, al valor total de las

transacciones o activos de servicios, al número total de las operaciones de servicios o la

cantidad total de producción de servicios, o al número total de personas naturales que

puedan ser empleadas en un determinado sector de servicios o que un proveedor de

servicios pueda emplear y que sean necesarias para el suministro de un servicio

específico. Tampoco se podrán restringir o exigir tipos específicos de persona jurídica o

de empresa conjunta para el suministro de servicios.

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d. Presencia Local: Ni Colombia ni Estados Unidos podrán exigir a los proveedores de

servicios de la otra nacionalidad establecer o mantener oficinas de representación, o ser

residentes como condición para el suministro transfronterizo de un servicio.

3. Excepciones a los principios para la prestación de servicios transfronterizos:

medidas disconformes:

Las medidas del gobierno central o regional que se excluyen de las cuatro disciplinas

citadas en el acápite anterior se denominan medidas disconformes. Dependiendo del

alcance de la excepción, se encuentra en las listas de los Anexos 1 y 2.

- Anexo 1: Contiene las medidas legales relativas a un sector, arte, profesión u oficio que

no se ciñen a las disciplinas del capítulo y estaban vigentes al momento de suscribir el

TLC. A continuación se listan algunos ejemplos de las medidas que se reservó

Colombia:

Disciplina

Excepción

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