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COMPATIBILIDAD DE LA ORATORIA CON EL SISTEMA MEXICANO


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2013  •  992 Palabras (4 Páginas)  •  312 Visitas

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La implementación de la oralidad en los procesos tiene como finalidad el mejorar el funcionamiento de las diferentes instituciones que integran el sistema de justicia en México, encargadas de la seguridad pública, la procuración e impartición de justicia, así como de la reinserción social.

De los diversos cambios constitucionales aprobados al sistema de justicia mexicano, uno de los que destaca en el subsistema de impartición de justicia, es el relativo a la introducción de los juicios orales. La introducción de los juicios orales implica una modificación de los diferentes componentes que integran el sistema de justicia penal, en virtud de la sustitución del modelo penal mixto por uno predominantemente acusatorio y oral, regido por los principios procesales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, previsto en los artículos 16, 17, 19, 20 y 21, de la carta magna.

No deja de inquietar la posibilidad de que estos cambios no se alcancen a concretar, en virtud del cúmulo de instituciones que es necesario transformar, comenzando por las policías y terminando con los jueces de ejecución de penas.

De ahí que en el Poder Judicial de la Federación exista un interés prioritario en delimitar los alcances que generarán los cambios ordenados por el Constituyente Permanente, a efecto de realizar acciones oportunas y eficaces que otorguen a los juzgadores federales un cúmulo de soluciones incluyentes que les permitan realizar su función bajo el principio de excelencia que siempre los ha distinguido.

Cuestiones a considerar:

La implementación de los juicios orales, que entre otros aspectos de índole procesal, supone la intervención de jueces de instrucción y jueces de juicio oral, dada la prohibición expresa de que un solo juez conozca de la instrucción y la resolución del asunto.

La creación de mecanismos alternativos de solución de controversias, las cuales serán supervisadas por la autoridad judicial, lo que implicará un diseño específico en materia de vigilancia.

La posibilidad de que los particulares ejerzan directamente la acción penal ante la autoridad judicial, que incrementarán el ingreso de asuntos a los órganos encargados de sustanciar el proceso.

La amplitud de la norma para obsequiar órdenes de aprehensión o el dictado de autos de vinculación al proceso, que aumentarán el índice de demandas de amparo.

La experiencia latinoamericana muestra que los países que han tenido éxito en sus reformas judiciales, como sucedió en el caso concreto de Chile, obedeció, fundamentalmente a que hasta antes de 1999 tenían un sistema penal inquisitorio puro, pues el juez del crimen tenía a su cargo la investigación, persecución, instrucción y sanción de los delincuentes; por tanto tenían un sistema de justicia penal demasiado anacrónico e inoperante para esas fechas.

Asimismo, cabe mencionar los ajustes realizados al 17 constitucional, en el que se establece que las leyes preverán los mecanismos alternativos de solución de controversias y la Federación, los estados y el Distrito Federal, garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad.

Implementar los juicios orales en México, tomando en consideración la situación que impera tanto en el escenario político nacional, de los gobiernos divididos,

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