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CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES


Enviado por   •  15 de Mayo de 2018  •  Informe  •  1.144 Palabras (5 Páginas)  •  88 Visitas

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CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES

 En la ciudad de Quito a los 5 de diciembre del año dos mil dieciséis, intervienen en la suscripción del presente instrumento, por una parte, el Abg. Cristian Hermosa Sánchez en calidad de apodera especial y general de la señora Sara Whiting, quien para efectos de este contrato se le llamará el contratante y, por la otra,  el Arq. Jaime Renato Herdoíza Vallejo, en calidad de contratista.

Los intervinientes, siendo plenamente capaces para contratar, convienen en obligarse al tenor de las siguientes estipulaciones:

PRIMERA.- ANTECEDENTES.-

  1. La señora Sara Whiting  es propietaria  del bien inmueble ubicado en el Matal en la Urbanización Coco Beach Village en Manzana A2- lote 2, ubicado en el Puerto Artesanal y Pesquero del Matal, cantón Jama, Provincia de Manabí.
  2. El terremoto de 16 de abril del 2016 produjo el daño estructural del bien inmueble antes descrito y la compañía SEGUROS SUCRE., seguros a indemnizado por pérdida total que incluye el valor del derrocamiento. +

SEGUNDA.- OBJETO

Con los antecedentes expuestos, el  contratante  contrata  los servicios del contratista  para el  desarmar, derrocamiento, desalojo, remoción de escombros y limpieza de bien inmueble propiedad del Contratante. Este contrato ampara el desarmar bienes adheridos al inmueble tal como puertas, ventanas, grifería, servicios higiénicos, etc.  No ampara el desarmar y desempotrar los bienes de la casa como cables eléctricos, cerámicas, cajetines, baldosas  etc.  

Es así, que el Contratista  al contar con la experiencia y  personal técnico para la ejecución de la labor requerida se obliga y compromete  a realizar los   trabajos antes mencionados en  el  inmueble  de  propiedad  del  Contratante.

TERCERA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO

Las partes han acordado pagar   por el trabajo a ejecutarse la cantidad de Siete mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (USD$7.000) y que se pagará de la siguiente manera: (i) A la suscripción del presente contrato la cantidad de tres mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (USD$3.000) y; (ii)  el saldo por la cantidad de cuatro mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (USD$4.000) la conclusión total de las labores que se detallan  en la cláusula siguiente.

CUARTA.- PLAZO.-

El plazo dentro del cual el contratista debe completar la totalidad de los trabajos que se contratan por el presente instrumento, es el de quince  días calendario, contados a partir del 5 de diciembre 2016. El plazo puede modificarse por una sola vez por común acuerdo entre las partes, vencido el plazo mencionado es improrrogable, salvo el caso de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado por el contratista y comprobado por los contratantes dentro de los 5 días de ocurridos tales hechos.

Las partes han acordado que el contratista ejecute los trabajos de acuerdo al siguiente cronograma de actividades:

ACTIVIDADES

PLAZO

DESARMAR Y DESMONTAR

7 DE DICIEMBRE AL 14 DE DICIEMBRE 2016

DERROCAMIENTO Y REMOCIÓN

15 DE DICIEMBRE AL 21 DE DICIEMBRE DEL 2016

LIMPIEZA DEL TERRENO

17  DE ENERO AL 20 DE ENERO DEL 2017

QUINTA. - ACUERDOS Y OBLIGACIONES

CONTRATANTES

  • Pagar el justo precio por el trabajo a desarrollar en el bien inmueble.

 

CONTRATISTA

  • Asume la responsabilidad que pudiera surgir por cualquier contingencia de índole civil, laboral o accidentes de trabajo del personal o terceros contratados por el contratista. Asimismo se compromete de considerarlo  necesario contratar los seguros obligatorios y necesarios para cubrir los riesgos relativos a la ejecución de las actividades.

  • De acuerdo a las cantidades y precios definidos le corresponde al contratista la provisión de materiales, mano de obra, equipos y todo lo necesario hasta alcanzar y completar la terminación del trabajo contratado.
  • El contratista cumplirá con el  protocolo de demolición indicado por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y se obliga a obtener cualquier permiso o autorización para el fiel cumplimiento de sus actividades.
  • Es de responsabilidad exclusiva del Contratista  obtener los permisos ambientales y  los requisitos que solicite el Gobierno Autónomo Descentralizado de Jama a fin de llevar los escombros a un lugar autorizado por las entidades pública.
  • Finalmente, es obligación del contratista pagar cualquier tasa, contribución o impuesto que se genere por la remoción de escombros y cualquier otra actividad u  obra que sea  necesaria o implícito en este contrato.

SEXTA.-  GASTOS ADICIONALES

Las partes convienen que todos los gastos adicionales no convenidos expresamente en el presente contrato estarán sujetos de revisión y aprobación de las Contratantes previo a su ejecución.

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