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CONTROL DE LECTURA: LAUDOS ARBITRALES


Enviado por   •  12 de Mayo de 2019  •  Apuntes  •  762 Palabras (4 Páginas)  •  101 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL

 AUTÓNOMA DE MÉXICO

FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN

DERECHO PROCESAL DE AMPARO

CONTROL DE LECTURA: LAUDOS ARBITRALES

GRUPO:

2803

PROFESOR:

COELLO CETINA RAFAEL

ALUMNO:

LOPEZ ROJAS JOSE ANTONIO

Naucalpan de Juárez 13 de marzo de 2019

  1. El laudo que pone fin a un arbitraje comercial es emitido unilateralmente por el árbitro respectivo?

Si, ya que por su voluntad las partes en un contrato han acordado que la autoridad judicial no conozca de dicha controversia delegándole esa responsabilidad a un privado. En este tenor el árbitro queda en un plano de supra a subordinación mas no queda revestido de imperio ya que su facultad nace del derecho privado, por esto al momento de dictar su laudo, lo realiza de forma unilateral para dar una solución a la controversia de las partes que se sometieron a dicho medio de solución de controversias.

  1. Un laudo que pone fin a un arbitraje comercial es vinculatorio para el juez ante el cual se solicita su ejecución?

No, ya que debe lograrse un reconocimiento del laudo y para eso debe de cumplir una serie de requisitos establecidos en el 1461 del código de comercio y aun cuando estos se cumplan no deben darse ninguno de los supuesto del artículo 1461 del código de comercio. Lo cual en resumidas cuentas es que se puede dar a cabo una causa de nulidad del laudo a reconocer, lo cual impediría  que se logre su ejecución.

 Además que aunque el arbitraje es una figura que nace del derecho privado como una mera forma de Política Pública, esto no significa que por ser una resolución tomada por un privado puede ir en contra del orden público,  pero si mismo, el juez al advertir una situación contraria a la moral, orden público, estricto derecho o que simplemente encuentre una causa de nulidad no invocada por las partes podrá hacer valer las mismas de oficio con el fin de que a través  de un laudo se pueda ir en contra del orden público o tal vez incluso del Derecho.

  1. El dictado de un laudo que pone fin a un arbitraje comercial, modifica la esfera jurídica de quienes se sometieron a ese medio de solución de controversias?

Sí, pero al ser una decisión emitida por un privado carece del imperio para poder llevar a cabo la ejecución eficaz del laudo, por lo que es necesario la mediación de un acto realizado por medio de un órgano jurisdiccional que, sin quitarle su propia naturaleza privada, asume su contenido, reconociéndolo y llevando acabo la ejecución. Siempre que no se actualice alguna causa de nulidad mencionada en la respuesta anterior.  Una vez reconocido y ejecutado por un órgano jurisdiccional, el laudo trasciende a la esfera jurídica de los sometidos al mismo, esto por ya tener un imperio para lograr ejecución.

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