ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Capacidad Juridica Y Teorias De La Personalidad


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2012  •  14.522 Palabras (59 Páginas)  •  568 Visitas

Página 1 de 59

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MISIÓN SUCRE – LARA

AMBIENTE: LICEO BOLIVARIANO “MARIO BRICEÑO IRAGORRY”

ALDEA CATEDRAL – SANTA ROSA

PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GRADO: ESTUDIOS JURÍDICOS

U.C.: REGULACION JURÍDICA DE LAS RELACIONES PRIVADAS

CAPACIDAD JURÍDICA, TEORÍA Y DERECHO DE LA PERSONALIDAD

TRIUNFADORES:

Campos Escobar, Yarely N. C.I. Nº V-15413376

León Valencia, Iris S. C.I. Nº V-11023409

Rodríguez, María Eugenia C.I. Nº V-7268794

Sección: EJ-1006

Prof. Abg. Moraima Bermúdez

BARQUISIMETO, JUNIO 28, 2012

CAPACIDAD

 CAPACIDAD:

Se denomina capacidad al conjunto de recursos y aptitudes que tiene un individuo para desempeñar una determinada tarea. En este sentido, esta noción se vincula con la de educación, siendo esta última un proceso de incorporación de nuevas herramientas para desenvolverse en el mundo. El término capacidad también puede hacer referencia a posibilidades positivas de cualquier elemento.

En general, cada individuo tiene variadas capacidades de la que no es plenamente consciente. Así, se enfrenta a distintas tareas que le propone su existencia sin reparar especialmente en los recursos que emplea. Esta circunstancia se debe al proceso mediante el cual se adquieren y utilizan estas aptitudes. En un comienzo, una persona puede ser incompetente para una determinada actividad y desconocer esta circunstancia; luego, puede comprender su falta de capacidad; el paso siguiente es adquirir y hacer uso de recursos de modo consciente; finalmente, la aptitud se torna inconsciente, esto es, la persona puede desempeñarse en una tarea sin poner atención a lo que hace. Un ejemplo claro puede ofrecerlo el deporte: un atleta utiliza técnicas sin pensar en ellas. Esto se debe a que ha alcanzado un nivel en el cual su capacidad se ha interiorizado profundamente.

Hasta aquí, el proceso de adquisición de nuevas capacidades. No obstante, no todas las capacidades del hombre son adquiridas. Muchas de ellas son innatas. De hecho, estas pueden considerarse las más importantes, en la medida en que posibilitan a las demás. Así, por ejemplo, el aprendizaje de una ciencia requiere de un mínimo de racionalidad, una capacidad que es propia de la especie humana.

 CAPACIDAD JURÍDICA (o simplemente, capacidad):

Es, en Derecho, la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones; de reclamar los primeros y contraer los segundos en forma personal y comparecer a juicio por propio derecho.

 CAPACIDAD PARA LA DOCTRINA Y LA LEGISLACIÓN ROMANA:

Para la Doctrina y la legislación romana, sujetos de derecho vienen a ser todas aquellas personas que pueden tener derechos y ejercitarlos, o sea, las que están dotadas de capacidad jurídica, determinada ésta en las personas físicas por los tres status: libertatis, civitatis y familiae; pues, es sólo ésta quien puede adquirir derechos y ejercitarlos; en consecuencia, un individuo que no gozara del status civitatis no era considerado sujeto de derecho aún cuando era considerado como persona, pues al no gozar de la ciudadanía romana era excluído de toda participación en las instituciones del derecho civil y su condición era regulada por el derecho de gentes.

Así mismo, toda persona que no gozara del status familiae, o sea, que fuera alieni iuris, no obstante ser hombre libre y gozar de la ciudadanía romana, no era sujeto de derecho pues aun cuando tiene facultad para adquirir derechos no puede ejercerlos. Finalmente, debemos decir, que no solamente un hombre o persona física puede ser sujeto de derecho, sino que también puede serlo una asociación de hombres considerada en si misma y haciendo abstracción de las personas que lo componen; y son estas llamadas personas jurídicas, morales o colectivas, que no son entes físicos sino creaciones ficticias o entes ficticios a los cuales el ordenamiento jurídico romano les reconoce cierta capacidad y los considera sujetos de derechos y de obligaciones, como ocurre con las corporaciones y fundaciones.

De todo esto, se deduce que siendo el sujeto de derecho para la doctrina romana, la persona que tenga capacidad, hablar de sujeto de derecho es equivalente a hablar de capacidad jurídica; y se entiende por ello, la facultad natural, la aptitud o la idoneidad que posee una persona para ser titular de derechos y para ejercerlos.

TIPOS DE CAPACIDAD

La principal clasificación o tipos de la capacidad que se distinguen son:

• Capacidad de goce, de adquisición, o legal.

• Capacidad de ejercicio, de disfrute o de obrar, ésta última se subdivide en:

 Capacidad negocial o de ejercicio.

 Capacidad delictual o de imputación.

 Capacidad procesal.

 Capacidad jurídica, adquisición, legal o de goce:

Es la aptitud para tener derecho; la aptitud para adquirir derechos o como la aptitud para tener y adquirir derechos.

En el derecho romano, la capacidad de goce, que también se le conoce como capacidad de adquisición, consiste en la facultad que tiene la persona para adquirir y gozar de los derechos, para ser titular de derechos. De allí que pueden ser titulares de derechos, o sea, tener capacidad de goce, sin tener capacidad de ejercicio, las personas alieni

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (90.7 Kb)  
Leer 58 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com