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Clasificacion De Las Normas


Enviado por   •  15 de Octubre de 2013  •  1.345 Palabras (6 Páginas)  •  253 Visitas

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Clasificación de las normas jurídicas

I. Por el sistema a que pertenece

II. Por su fuente

V. Por sus sanciones

III. Por su ámbito personal de

validez

VI. Por su cualidad

IV. Por su jerarquía

1. Nacionales

1. Legislativas

a) Perfectas

a) Genéricas

a) Positivas o permisivas

1. Constitucionales

a) Orgánicas

b) De comportamiento

c) Mixtas

2. Locales o provinciales

2. Consuetudinarias

b) Más que perfectas

b) Individualizadas

b) Prohibitivas o negativas

2. Ordinarias

3. Internacionales

3. Jurisprudenciales

c) Menos que perfectast

d) Imperfectas

2

Introducción al Derecho

Unidad 1. Noción del derecho

1.2 Normas jurídicas

1.2.2. Clasificación de las normas jurídicas

Educación Superior Abierta y a Distancia • Ciencias Sociales y Administrativas

VII. Por sus relaciones de

complementación

1. Primarias

a) De iniciación de la vigencia

1. Constitucionales

1. Laborales

2. Agrarias

3. De seguridad social

7. De la vivienda, etc.

6. De protección ecológica

5. De protección del consumidor

4. De relaciones familiares

b) De duración de la vigencia

2. Administrativas

g) Sancionadoras

f) Interpretativas

6. Internacionales

e) Permisivas

5. Fiscales

d) Declarativas o explicativas

4. Procesales

c) De extinción de la vigencia

3. Penales

2. Secundarias

VIII. Por sus relaciones con la

voluntad de los particulares

IX. Por su ámbito espacial de

validez

X. Por su ámbito temporal de

validez

XI. Por su ámbito material de

validez.

a) Taxativas

1. Civiles

1. De aplicación general

1. De vigencia indeterminada

A. De carácter público

b) Dispositivas

2. Mercantiles

2. De aplicación local

2. De vigencia determinada

B. De carácter privado

C. De carácter social

ARTICULOS 40 AL 42 DE LA LEY GENERAL DE SEGURIDAD PUBLICA

De las obligaciones y sanciones de los integrantes de las Instituciones de Seguridad

Pública

Artículo 40.- Con el objeto de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de

legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, los

integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública se sujetarán a las siguientes obligaciones:

I. Conducirse siempre con dedicación y disciplina, así como con apego al orden jurídico y respeto

a las garantías individuales y derechos humanos reconocidos en la Constitución;

II. Preservar la secrecía de los asuntos que por razón del desempeño de su función conozcan, en

términos de las disposiciones aplicables;

III. Prestar auxilio a las personas amenazadas por algún peligro o que hayan sido víctimas u

ofendidos de algún delito, así como brindar protección a sus bienes y derechos. Su actuación

será congruente, oportuna y proporcional al hecho;

IV. Cumplir sus funciones con absoluta imparcialidad y sin discriminación alguna;

V. Abstenerse en todo momento de infligir o tolerar actos de tortura, aún cuando se trate de una

orden superior o se argumenten circunstancias especiales, tales como amenaza a la Seguridad

Pública, urgencia de las investigaciones o cualquier otra; al conocimiento de ello, lo denunciará

inmediatamente ante la autoridad competente;

VI. Observar un trato respetuoso con todas las personas, debiendo abstenerse de todo acto

arbitrario y de limitar indebidamente las acciones o manifestaciones que en ejercicio de sus

derechos constitucionales y con carácter pacífico realice la población;

VII. Desempeñar su misión sin solicitar ni aceptar compensaciones, pagos o gratificaciones distintas

a las previstas legalmente. En particular se opondrán a cualquier acto de corrupción y, en caso

de tener conocimiento de alguno, deberán denunciarlo;

VIII. Abstenerse de ordenar o realizar la detención de persona alguna sin cumplir con los requisitos

previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables;

IX. Velar por la vida e integridad física de las personas detenidas;

X. Actualizarse en el empleo de métodos de investigación que garanticen la recopilación técnica y

científica de evidencias;

XI. Utilizar los protocolos de investigación y de cadena de custodia adoptados por las Instituciones

de Seguridad Pública;

XII. Participar en operativos y mecanismos de coordinación con otras Instituciones de Seguridad

Pública, así como brindarles, en su caso, el apoyo que conforme a derecho proceda;

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis

Última Reforma DOF 28-12-2012

21 de 62

XIII. Preservar, conforme a las disposiciones aplicables, las pruebas e indicios de probables hechos

delictivos o de faltas administrativas de forma que no pierdan su calidad probatoria y se facilite

la correcta tramitación del procedimiento correspondiente;

XIV. Abstenerse de disponer de los bienes asegurados para beneficio propio o de terceros;

XV. Someterse a evaluaciones periódicas para acreditar el cumplimiento de sus requisitos de

permanencia, así como obtener y mantener

...

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