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Comercio Internacional Terrestre


Enviado por   •  17 de Octubre de 2011  •  2.746 Palabras (11 Páginas)  •  623 Visitas

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2.Clasificación del transporte

3.Nacionalidad de los vehículos

4.Regulación Aduanera del Transporte de Mercancías

Transporte: del transporte se tiene doble acepción. Se puede entender y emplear como la acción de llevar los bienes o personas, de un lugar a otro. También como el conjunto de los diversos medios para el traslado de bienes o de personas.

Los medios de transporte han tenido y seguirán teniendo un papel de primer orden en la historia de la humanidad. Su constante evolución, que va desde el propio esfuerzo físico humano y el uso de animales hasta la invención de las máquinas, ha permitido el desarrollo alcanzado por el intercambio comercial.

Transporte internacional: operación de tránsito aduanero mediante el cual se efectúa el transporte de mercancías o personas de un país otro; es decir, el transporte que se efectúa entre varias naciones, y que son sometidos a varias actividades materiales y legales (controles aduaneros).

Clasificación del transporte:

2.Según el ámbito de operación:

•Nacional: El autorizado para efectuar transporte entre distintos puntos del territorio nacional. Cuando es marítimo, fluvial, lacustre o aéreo, también se le conoce como cabotaje (Arts. 72 y sigs. L.O.A; Art. 98 L.A.C)

•Internacional: El autorizado para efectuar transporte con el exterior del territorio nacional, es decir, entre naciones.

•Mixto: El autorizado para efectuar transporte, tanto entre distintos puntos del territorio nacional, como con el exterior.

2.Según la nacionalidad de su matrícula:

•Nacional: Si su matrícula ha sido expedida en el país.

•Extranjero: Si su matrícula ha sido expedida por otro país.

2.Según el medio natural donde opera:

•Marítimo: Navegación por mar, ríos (fluvial) y lagos (lacustre)

•Aéreo: Navegación por aire.

•Terrestre: Vehículos proyectados para circular en tierra.

1.Según su función:

•Carga: Transporte de mercancías.

•Pasajeros: Transporte de personas.

•Encomiendas: Transporte de pequeños bultos (postales). Normalmente este tipo de transporte se hace en compartimientos especiales en el transporte de pasajeros.

•Guerra: Transporte para fines bélicos.

1.Según el modo:

•Ordinario: Un solo modo de transporte (marítimo, aéreo o terrestre)

•Multimodal, intermodal o combinado: Dos o más modos diferentes de transporte en una operación de transito aduanero.

Nacionalidad de los vehículos:

Los vehículos de transporte quedaran distinguidos como nacionales y extranjeros; cada medio de transporte tendrá un documento o señal que lo acredite como nacional, a continuación veremos detalladamente cuales son:

Vehículos aéreos:

•Las aeronaves tienen la nacionalidad del Estado en que están matriculadas y no podrán poseer más de una matrícula. (Art. 61 L.A.C).

•La Inscripción de una aeronave en el Registro Aéreo Nacional, le confiere nacionalidad venezolana. Las aeronaves matriculadas en otro Estado, podrán adquirir matrícula venezolana, previa cancelación de la matrícula anterior. (Art. 62 L.A.C).

•Toda aeronave civil debe ostentar en el exterior de la misma, los correspondientes distintivos de nacionalidad y de matrícula, sin perjuicio de los requerimientos adicionales que al efecto establezcan las normas técnicas que dicte el Instituto Nacional de Aviación Civil. Las aeronaves civiles venezolanas tendrán como marcas de nacionalidad las letras YV. La marca de matrícula estará constituida por un grupo de números o letras, agregadas a la marca de nacionalidad, los cuales serán asignados por el Instituto Nacional de Aviación Civil, de conformidad con las normas técnicas que dicte. (Art. 63 L.A.C)

Vehículos Terrestres: (Art. 24 y sigs L.T.T.T)

•Se llevará un Registro Nacional de Vehículos y Conductores, cuya organización y funcionamiento serán determinados por el Ministerio de Infraestructura, en él que se deberá garantizar la mayor transparencia en los trámites y procedimientos.

•Todo vehículo que circule por el territorio nacional, debe portar, de manera visible, sus correspondientes placas identificadoras, una colocada en la parte delantera del vehículo y la otra en la parte posterior, en los sitios especialmente destinados a tal fin.

•El Ministerio de Infraestructura es la autoridad competente para autorizar la fabricación, expedición y asignación de las placas identificadoras. Ninguna persona natural o jurídica podrá fabricar.

•La vigencia, el formato, características y clasificación de las placas identificadoras serán determinadas por el Ministerio de Infraestructura mediante Resolución.

Vehículos Marítimos: (Art.15 y sigs L.N)

•Para la inscripción de buques en la Marina Mercante Nacional, es condición indispensable prestar caución para el buen uso del pabellón. Esta caución debe prestarse solidariamente, por dos personas de reconocida solvencia, a satisfacción del Capitán del Puerto, y para fijarla se tomará en cuenta el tipo de navegación a que se destina el buque y su valor comercial.

•El Certificado de Matrícula es el documento que acredita la nacionalidad venezolana del buque, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias respectivas.

•La Patente de Navegación es el documento expedido por el Presidente de la República de Venezuela y refrendado por el Ministro de Transporte y Comunicaciones que autoriza a un buque nacional para navegar por todas las aguas bajo bandera venezolana y por un término de cinco (5) años.

Ya que conocemos la clasificación de todos los medios de transportes y como obtienen la nacionalidad, nos adentraremos ahora a estudiar más a fondo la clasificación más importante (Transporte marítimo, aéreo y terrestre) basándonos

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