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DERECHO PROCESAL


Enviado por   •  25 de Julio de 2014  •  1.278 Palabras (6 Páginas)  •  217 Visitas

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DERECHO PROCESAL ROMANO

EL DERECHO PROCESARI-ROMANO es un sistema de acciones, no de derechos subjetivos. Quien se encuentre impedido por otros de ejercer su derecho debe recurrir a organismos oficiales, especiales para administrar justicia y que poco a poco se han desarrollado a partir de orígenes consuetudinarios y religiosos.

DERECHO DE ACCIÓN El derecho de acudir a los organismos que administran justicia se le llama derecho de acción. ACCIÓN es el derecho de perseguir mediante un proceso lo que le deben a uno. El camino que va desde la acción a la sentencia y su ejecución es el PROCESO; Existen innumerables definiciones de proceso y se confunde en muchos casos los conceptos entre acción y proceso, muchas veces se habla de acciones para designar derecho procesal civil. El conjunto de formalidades que se deben observar durante el proceso se denomina PROCEDIMIENTO.

ANCEDEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO PROCESAL CIVIL. Históricamente el sistema procesal romano paso por 3 fases:

Legis Actiones y Procedimiento formulario

LAS LEGIS ACTIONES Son medios para poner en actividad el contenido de la ley, que equivalía a las 12 tablas. Se definen como declaraciones solemnes acompañadas de gestos rituales, que el particular pronunciaba generalmente, ante el magistrado con el fin de proclamar un derecho que se le discutía o de realizar un derecho previamente reconocido. (Toda la información más importante de este tema se dio en la asesoría por MSN del miércoles 25)

El PROCEDIMEINTO FORMULARIO Es la segunda fase del desarrollo procesal de Roma. Su origen se encuentra probablemente fuera de Roma Se extendió este sistema a consecuencia de la lex Aebutia y de las Leyes Iuliae Iudiciariae. Entre litigios de romanos y extranjeros Pleitos de extranjeros entre si.

RAZGOS Y CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA FORMULARIO Las partes exponían sus pretensiones, en sus propias palabras, disminuyendo las dependencias de la administración de justicia respecto al ius civile. El pretor ya no es un espectador del proceso, se convierte en un organizador, determina discrecionalmente cual será el programa procesal de cada litigio individual, señalando derechos y deberes. Se encuentra la viva autoridad del pretor y creo nuevas acciones y excepciones así como medidas procesales cuando juzgaba, dándose una más equitativa administración de justicia. Surge de esta forma el ius honorarium, con lo que se da el famoso dualismo en el derecho romano. Las acciones y excepciones que demostraban utilidad permanecían y pasaban de un edicto a otro, formando parte traslaticia de este derecho y consideradas el nuevo núcleo estable del derecho honorario. El proceso conservaba su división en una instancia in iure y otra in iudicio y el eslabón que las unía era LA FORMULA.

FUNCIONES DE LA FORMULA La fórmula contenía las instrucciones y autorizaciones que enviaba el magistrado al jefe, era al mismo tiempo un programa procesal en forma muy condensada por lo que fue llamado: COMPRIMIDO JURÍDICO El magistrado fijaba en la formula cual era la pretensión exacta del actor, en qué consistía el contra-argumento del demandado y el argumento de réplica del actor. El iudex (juez o magistrado), debía investigar la exactitud de los hechos y según el resultado de su investigación la formula determinaba, si el iudex debía condenar o absolver.

2.- La fórmula era una especie de contrato procesal, ya que las partes declaraban, que estaban conformes con ella, si no lo estaban, se examinaban sus objeciones y el pretor podía modificarla. El pretor on su imperium, tenía plena libertad de acción Que hoy en día nuestros jueces y magistrados ya no tienen y usaron esta libertad a favor estricto de la equidad.

3.-La fórmula escrita sustituía las memorias de los testigos que la terminar la instancia in iure del procedimiento de las legis actiones, fijaba los detalles de la primera fase del proceso (la litis contestatio). El pretor por respeto a la tradición, procuraba que su texto, se pareciera

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