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Del Conflicto Colectivo de Trabajo


Enviado por   •  9 de Junio de 2014  •  Tesis  •  893 Palabras (4 Páginas)  •  310 Visitas

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Capítulo III

Del Conflicto Colectivo de Trabajo

Sección Primera: De los Pliegos Conflictivos

Normativa aplicable

Articulo 472 Las negociaciones y conflictos colectivos que

Surjan entre una o más organizaciones sindicales de

Trabajadores y trabajadoras y uno, una o más patronos y

Patronas, para modificar las condiciones de trabajo, para

Reclamar el cumplimiento de las convenciones colectivas, o para

Oponerse a que se adopten determinadas medidas que afecten

a los trabajadores y a las trabajadoras, se tramitarán de

Acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.

Mediación para solución pacifica previa al conflicto

Artículo 473. Los funcionarios y las funcionarias del Trabajo

Procurarán la solución armónica de las diferencias que surjan

Entre patronos, patronas, trabajadores y trabajadoras, aún

Antes que las mismas revistan carácter conflictivo por hecho Decreto 8.938 Pág. 194

Público o por la presentación del pliego correspondiente, sin

Que ello pueda ser alegado para negar su admisión.

Las organizaciones sindicales llevaran a cabo los procedimientos

Previamente establecidos con miras a la solución de las

Diferencias que surjan entre las partes, y deberán cumplirlos

Antes de la iniciación del proceso conflictivo.

Negociaciones previas

Artículo 474. Al tener conocimiento de que está planteada o

Por plantearse una diferencia de naturaleza colectiva, el

Inspector del Trabajo procurará abrir una etapa breve de

Negociaciones entre el patrono o patronos y la organización

Sindical u organizaciones sindicales respectivas respectivos y

Podrá participar en ellas personalmente o por medio de un

Representante, para interesarse en armonizar sus puntos de

Vista e intereses.

En ningún caso se coartará el derecho de la organización

Sindical a presentar el pliego de peticiones cuando lo juzgue

Conveniente.

Notificación a la Procuraduría General

Artículo 475. Cuando se plantee un conflicto colectivo

Relacionado con un servicio público u organismo dependiente

Del Estado, el Inspector o Inspectora del Trabajo, notificará de

Inmediato a la Procuraduría General de la República, a la

Procuraduría Estadal o a la Sindicatura Municipal, según se

Trate en cada caso.

Causas de un pliego conflictivo

Artículo 476. El procedimiento conflictivo comenzará con la

Presentación ante la Inspectoría del Trabajo de un pliego de

Peticiones, en el cual la organización sindical expondrá sus

Planteamientos. Para su admisión, deberá cumplir alguna de las

Siguientes condiciones:

Que el patrono o la patrona haya dejado de asistir a la

Negociación de la convención colectiva debidamente convocada

o que hayan culminado los lapsos para la negociación de una Decreto 8.938 Pág. 195

Convención colectiva de trabajo establecido sin que se haya

Logrado acuerdo entre las partes.

Que hayan culminado los lapsos para la negociación de una

Convención colectiva de trabajo en Reunión Normativa Laboral

Establecidos y la representación de los trabajadores y las

Trabajadoras haya rechazado la posibilidad

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