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Delitos Ambientales


Enviado por   •  29 de Junio de 2014  •  437 Palabras (2 Páginas)  •  1.001 Visitas

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DISPOSICIONES GENERALES

1.1. Delitos Ambientales

De acuerdo a nuestro Código Penal son delitos ambientales:

- Delitos de contaminación del ambiente, que incluyen el incumplimiento de las normas sobre residuos sólidos, minería ilegal, entre otros.

- Delitos contra los recursos naturales, que incluyen el tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre protegida, delitos contra los bosques (tala ilegal), entre otros.

1.2. Quien puede denunciar un delito ambiental

Todas las personas tenemos el derecho a presentar una denuncia penal por la comisión de un delito ambiental. Para poder denunciar este tipo de delitos no es necesario probar que la acción que denunciamos nos ha ocasionado un daño, basta saber que se ha causado un daño al ambiente.

1.3. Donde se hace la denuncia por Delitos Ambientales

Se puede realizar en forma verbal o escrita y sin necesidad de abogado ante la comisaría más cercana, Policía Ecológica, Fiscalía Especializada en Materia Ambiental; además, en las Fiscalías Penales Corporativas o ante el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente, y también ante la Defensoría del Pueblo.

1.4. Contenido de la denuncia

Debe contener la narración clara y precisa de los hechos ocurridos y, de ser posible, la identidad de los autores del delito; asimismo, se pueden adjuntar fotos y/o filmaciones del lugar de los hechos, elementos del delito, evidencia material o cualquier objeto que pueda servir como medio probatorio.

1.5. Puedo detener a una persona

En caso de Delito Flagrante* se puede realizar “Arresto Ciudadano” y detener al responsable del daño ambiental (ponerlo inmediatamente a disposición del policía o la dependencia policial más cercana).

Para ello se deben tener pruebas del delito. En ningún caso se puede encerrar o privar de su libertad a la persona hasta la llegada de la Policía.

*Cuando se está realizando el delito o no ha transcurrido más de 24 horas del hecho.

1.6. Que pasa una vez realizada la denuncia penal

El Ministerio Público (Fiscalía Especializada en Materia Ambiental), con apoyo de la Policía Nacional, inicia las Diligencias Preliminares para juntar las pruebas del delito; concluida ésta se inicia la Etapa de Investigación Preparatoria, donde se debe presentar pruebas, testimonios documentos, etc. y de existir suficientes pruebas, el Ministerio Público formula acusación ante el Poder Judicial y se inicia la Etapa de Juzgamiento, la que concluye con la Sentencia de los denunciados.

1.7. Como interviene el denunciante en el Proceso Penal

Antes de la culminación de la Investigación Preparatoria, si el denunciante ha sido perjudicado directamente por el delito, puede constituirse en “Actor Civil” para

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