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Derecho Financiero Y Tributario


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2013  •  1.305 Palabras (6 Páginas)  •  409 Visitas

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El éxito de la empresa depende en gran medida de un buen manejo y planificación de los aspectos financieros y tributarios que afecten al negocio. El especialista en esta área deberá asesorar, estableciendo una buena estrategia para que la empresa cumpla con el pago de sus tributos en forma óptima y de la manera más conveniente posible, siempre dentro del marco de la ley.

Derecho financiero: es la rama del derecho que regula la actividad financiera del estado y de los entes públicos. Es la disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático de las normas que regulan los recursos económicos, que el estado y los demás entes públicos pueden emplear para el cumplimiento de sus fines.

Derecho tributario: es aquella parte del derecho financiero que regula y disciplina los tributos. Es aquella rama del derecho que expone los principios y las normas relativas al establecimiento y recaudación de los tributos, y también analiza las relaciones jurídicas que de ello resultan.

Relación del Derecho financiero

• a) Derecho Constitucional: El Derecho Financiero tiene vinculación, primero con el derecho constitucional antes que con otras ramas, ya que ella define, cuáles son los lineamientos o principios generales que desarrollan las leyes de carácter financiero. Ver los artículos 74 – 87, de la Constitución Política del Perú.

• b) Derecho Internacional: El desarrollo de las comunicaciones y la intensificación de las relaciones comerciales han determinado la internacionalización de las finanzas, tanto públicas como privadas.

• c) Derecho Tributario: Tiene por finalidad el estudio de las normas legales, reglas y principios que regulan las imposiciones tributarias.

• d) Derecho Administrativo: Por identidad del sujeto de ambas disciplinas, la administración pública y la comunidad de algunos conceptos.

• e) Derecho Penal: En lo que respecta a la violación de las leyes financieras y de las normas sobre el control estatal de la actividad privada

• f) Economía Política: El factor económico adquiere importancia preponderante en la materia y el acto jurídico en que se concreta la actividad financiera reposa en presupuestos cuyo análisis pertenece a la rama mencionada en último término

LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO

• Principio de legalidad

• Principio de igualdad, principio de generalidad y principio de capacidad económica

• Principio de progresividad y principio de no-confiscación.

• Principio de seguridad jurídica

• Principio de solidaridad

Les encontramos en la Constitución Económica, art. 31, LGT art. 3, y ley de derechos y garantías de los contribuyentes.

• PRINCIPIO DE LEGALIDAD: ya visto

• PRINCIPIO DE IGUALDAD: todos son iguales a al hora de contribuir al sostenimiento del estado, sin privilegios ni tratos diferenciados por razón de la raza, el sexo o la religión.

Este principio se divide en:

• Iguales aportaciones por los iguales

• Desiguales aportaciones por desiguales

• PRINCIPIO DE GENERALIDAD: todos deben soportar las cargas tributarias. Van a esta sometidos a las cargas tributarias los extranjeros.

La existencia de exenciones puede atentar contra el principio de generalidad:

• Lo que justifica estas exenciones es el reconocimiento que tienen los tributos como instrumento de política económica.

• Las exenciones están sujetas a la reserva de ley, tienen que ser impuestas por una ley.

• Figuran dentro de lo presupuestos generales del estado, dentro de los presupuestos de gastos fiscales.

FISCAL

• PRINCIPIO DE CAPACIDAD ECONOMICA: mas que un tercer principio, es una forma de entender la igualdad y la generalidad.

A mayor riqueza mayor contribución, y solo así los tributos son igualmente gravosos para todos. “todos deben pagar conforme a su capacidad”. También se considera la falta de capacidad económica para establecer exenciones.

• PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD: exige que las cargas tributarias deben repartirse de forma más proporcional, atendiendo a la capacidad económica de los contribuyentes.

La progresividad hay que observarla en relación con todo el conjunto del sistema, y no importa que alguno de los tributos sea proporcional o sea un tributo fijo.

- Tributos progresivos: a medida que aumenta la base imponible (renta o patrimonio), aumenta el tipo de gravamen. IRPF, IP.

- Tributos fijos: tasas

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