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Derecho Fiscal


Enviado por   •  5 de Agosto de 2011  •  9.931 Palabras (40 Páginas)  •  1.446 Visitas

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ACTIVIDAD I

A) UBICAR DE MANERA GENERAL LOS CONTENIDOS DE LAS DIFERENTES DISPOSICIONES LEGALES EN LAS QUE SE UBICA LA JERARQUIA DE LEYES FISCALES, MEDIANTE LA REALIZACION DE UN RESUMEN SEÑALANDO SU POSICION JERARQUICA.

B) LEER SOBRE LA FUNDAMENTACION CONSTITICIONAL DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS E IDENTIFICAR LAS CARACTERISTICAS PROPIAS DE ESTA.

C) CONTESTAR EL CUESTIONARIO.

1.- ¿INDICA QUE ES LA EQUIDAD FISCAL?

2.- ¿QUÉ SE ENTIENDE POR CONTRIBUCION?

3.- ¿CÓMO DEFINES LA PROPORCIONALIDAD FISCAL?

ACTIVIDAD III

UBICAR DE MANERA GENERAL LOS CONTENIDOS DE LA COMPROBACIÓN FISCAL, SEÑALANDO ADEMÁS SU IMPORTANCIA.

Antes de señalar la importancia de la comprobación fiscal es necesario señalar lo que se entiende por la misma, es decir, la comprobación fiscal consiste en que la autoridad fiscal en ejercicio de sus atribuciones reglamentarias omita un oficio, en el que requiera al contribuyente , responsable, solidario o tercero con aquel relacionado, para que exhiba en su domicilio, establecimiento o en la oficinas de las propias autoridades, a efecto de llevar su revisión, la contabilidad así como sus demás datos, documentos o informes que se les requiera, por lo que, la autoridad tiene la obligación de acreditar fehacientemente en el juicio que, mediante oficio debidamente notificado al actor, efectuó el requerimiento mencionado, so pena de que no acreditar tal hecho , el plazo de la caducidad deberá computarse a partir del día siguiente de la fecha en que se presento para su despacho el pedimento aduanero respectivo.

La comprobación fiscal va de la mano con la visita domiciliaria y la revisión de gabinete, ya que es la forma en cómo se lleva a cabo y el medio por el cual la autoridad corrobora que la información dada con antelación por el contribuyente es verdadera y por ende se está cumplimiento con su obligación fiscal.

La comprobación fiscal no es arbitraria porque permite al contribuyente tener una forma de defensa ante el fisco quien previamente debió de haberlo mandado oficio y con ello acreditar que está informando al contribuyendo sobre su posterior proceder en caso de no hacerlo entonces se estará violentando las garantías del contribuyente y éste se podrá defender. Por lo anterior esta comprobación es trascendente ya que brinda al particular protección.

LEER LA LECTURA DE ESTA TERCERA UNIDAD CORESPONDIENTE A LA DEPURACIÓN, CONCILIACIÓN Y EXCEPCIONES PROCESALES Y CONOCER A LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE LA VISITA DOMICILIARIA.

Respecto al primer punto manifiesto que la lectura se realizó porque es de darse cuenta que las respuestas están estrechamente relacionado con le contenido de la antología.

Por otro lado, los artículos del código Fiscal que rigen todo lo relacionado a la visita domiciliaria son del 43 al 69 y demás relativos.

Las características de la visita domiciliaria a continuación se resaltan, de acuerdo a la importancia que cada uno reviste para el tema:

• Es el medio más eficaz con el que la autoridad cuenta para conocer la situación fiscal de las personas físicas y morales y poder determinar el impuesto a su cargo.

• La actividad fiscalizadora se puede llevar a cabo en el domicilio de contribuyentes (artículo 32 del Código Fiscal).

• Las personas que se encuentren en el domicilio están obligados a dejar pasar a las autoridades (art. 45 Código Fiscal).

• El artículo 46 del Código Fiscal señala las reglas que se deben observar al momento de realizar dicha visita.

• La autoridad administrativa está obligada a practicar visitas domiciliarias a fin de que se han acatado todas las disposiciones fiscales, con las formalidades de un cateo

• Los actos de fiscalización que realizan las autoridades fiscales se traducen en actos de molestia para los particulares, por lo que el acto debe de estar debidamente fundado y motivado.

• La ley establece en su artículo 38 y 43 los requisitos que se deben observar en una visita.

• El plazo para terminar la vista son de 12 meses máximo (art. 46-A Código Fiscal.

REFLEXIONAR CUAL ES LA UTILIDAD DE LA REVISIÓN DEL GABINETE EN LA PRÁCTICA PROFESIOANAL

Su utilidad se torna eficiente porque permite a Hacienda percatarse de la contabilidad de sus contribuyentes y de esta manera comprobar el exacto cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Ya que es compromiso de todos los mexicanos contribuir para los gastos públicos.

La revisión de gabinete son las funciones que se encuentran delegadas al Estado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Convenio de colaboración administrativa en materia Fiscal Federal.

Su finalidad es llevar a cabo revisiones a la contabilidad y papeles de trabajo proporcionados por los contribuyentes a efecto de comprobar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia del impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado e Impuesto al Activo de las empresas y en su caso determinar los créditos fiscales a sus cargo.

Los procedimientos se deben llevar a cabo con apego a las disposiciones establecidas primeramente en la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece la obligación de los mexicanos para contribuir en los gastos públicos, en su artículo 31, fracción IV “ son obligaciones de los mexicanos: fracción IV contribuir para los gastos públicos, así de la federación como del Distrito Federal o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

IDENTIFICAR LOS PRINCIPALES ARTÍCULOS DEL DERECHO EN EL CÓDIGO FISCAL QUE HACEN REFERENCIA A LO ANTERIOR SEÑALANDO ADEMÁS EN QUE CONSISTEN.

La visita domiciliaria se encuentra estrechamente ligada con la revisión de gabinete ya que la primera da origen a la segundo en el momento en que las autoridades encargadas de realizar la visita solicitan a los dueños los libros de contabilidad. Por lo anterior, los artículos referentes a la revisión de gabinete se atienden conjuntamente con los de la vista domiciliaria (artículo 43- 69). A continuación se enumeran los más trascendentes:

Artículo 45.- Los visitados, sus representantes o la persona con quien se entienda la visita en el domicilio fiscal,

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