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Derecho Laboral Del Trabajo


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  4.683 Palabras (19 Páginas)  •  457 Visitas

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CONCEPTOS GENERALES DEL DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO

Naturaleza jurídica del derecho procesal del trabajo

La esencia del derecho procesal radica en la actividad jurisdiccional del estado, se considero indispensable la creación de una disciplina que conociera de esa actividad en el ámbito laboral.

El actual derecho laboral data de las reformas a la ley federal del Trabajo que entraron en vigor el 1º de mayo de 1980 y constituyen el avance en la materia.

Los autores procesalitas definen el derecho procesal del trabajo como la rama de la ciencia que dicta las normas instrumentales para la actuación del derecho, y que disciplina la actividad del juzgador y de las partes, en todo lo concerniente a la materia laboral.

Para algunos autores el derecho procesal trabajo es:

Derecho Público.

Derecho Social.

Derecho Imperativo.

Derecho Autónomo.

Los requisitos para ser representantes ante una junta son:

• ser mexicano y mayor de 25 años.

• Estar en pleno ejercicio de sus derechos

• Haber terminado la educación obligatoria secundaria actualmente

• No pertenecer al estado religioso

• No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.

FUNCIONES

El funcionamiento de las juntas de Conciliación y Arbitraje se da de la siguiente manera:

La competencia de las Juntas de Conciliación y Arbitraje está

Determinada por la Fracción XXXI del Art. 123 de la Constitución, y pueden ser Federales o Locales.

Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje funcionan en cada una de las entidades federativas.

El Jefe de Gobierno del Distrito Federal de los Estados fijara el lugar de su residencia y su competencia territorial. Su número será en relación con la necesidad de atención de conflictos entre el trabajo y el capital.

JUNTA DE CONCILIACIÓN

Llevan a cabo una función conciliatoria potestativa para los trabajadores y patrones; son excepción los casos que tengan por objeto el cobro de prestaciones cuyo monto no exceda del importe de tres meses de salario, en los que por disposición de la ley podrán actuar como Juntas de Conciliación y Arbitraje. Por lo demás, aun cuando se les faculte para recibir demandas y pruebas de los trabajadores o los patrones, tiene la función de procurar un arreglo amistoso de los conflictos que se les presenten, remitiendo sus actuaciones a las Juntas de Conciliación y Arbitraje competentes cuando resulte imposible conciliar intereses o no tengan aptitudes para conocer el planteamiento formulado en una demanda (arts. 591, 600 Y 503 de la LFT).

• Las juntas tienen, entre otras las siguientes facultades y obligaciones.

• Conocer y resolver los conflictos de trabajo de las ramas de la industria o actividades representadas en cada una.

• Hacerse cargo de los conflictos por cobro de prestaciones que se les presenten.

• Practicar la investigación y dictar la resolución que proceda cuando se les planteen demandas relacionadas con riesgos de trabajo.

• Hacerse cargo de los recursos de revisión interpuestos en contra de las resoluciones del presidente titular cuando se trate de ejecución de laudos y

• Recibir en depósito los contratos colectivos y los reglamentos interiores de trabajo que les sean presentados, procediendo a su archivo para cualquier consulta.

Funciones De Las Juntas De Conciliación Y Arbitraje (Art. 600)

• De conciliación.

• De arbitraje.

• De tramitación.

• De instrucción.

• De denuncia.

LOS CONFLICTOS DE TRABAJO

La palabra conflicto, gramaticalmente hablando, se deriva de la voz latina configure, que significa combatir y por extensión, combate, zozobra. Inquietud, apuro, aprieto, compromiso grave. El vocablo es sinónimo del término colisión, que significa chocar, rozar.

Existen una variedad de definiciones de conflicto de trabajo, así como de la clasificación de los mismos; para el maestro Mario de la Cueva los conflictos de trabajo son las controversias que se suscitan en ocasión o con motivo de la formación, modificación e incumplimiento de las relaciones individuales o colectivas de trabajo.

Asimismo señala que los conflictos pueden ser

• Entre trabajadores y patrones.

• Intersindicales

• Entre un sindicato obrero y sus agremiados

• Entre trabajadores

A su vez los conflictos entre trabajadores y patrones pueden ser

a) Individuales

1. Individuales de naturaleza jurídica

b) Colectivos

1. Colectivos de naturaleza jurídica

2. Colectivos de naturaleza económica

CONFLICTOS JURIDICOS

Son los que se refieren al cumplimiento o interpretación de la ley o de contratos y desde luego pueden ser individuales o colectivos según el interés afectado.

Conflictos Individuales

Son los que afectan intereses de carácter particular, independientemente del número de trabajadores que en ellos intervengan.

Principios del Derecho Procesal del Trabajo

Los principios del derecho, en su acepción filosófica son las máximas o verdades universales del derecho que han servido para orientar a la misma ley.

La escuela histórica considera que los principios de derecho son aquellos que han nacido de los pueblos a través de su devenir histórico, en el tiempo y en el espacio y que han sido fuente de inspiración para los legisladores, al crear el acto legislativo, es decir, han servido para orientar el derecho mismo.

Principio de Publicidad

Implica que las juntas deben permitir en el desarrollo de las audiencias la presencia del público interesado, siempre y cuando no alteren el orden dentro de la misma, asimismo las partes en conflicto pueden consultar las actuaciones que obren en el expediente, siempre y cuando no vayan en contra de la moral de las buenas costumbres.

Principio de oralidad

En el proceso oral predomina la palabra sobre la escritura y la función de esta última es simplemente de carácter histórico, pues tiene por objeto dejar constancia fehaciente de lo ocurrido durante la tramitación del juicio. El proceso laboral no tiene c3rácter formal ni solemne.

Principio de gratuidad

Este principio lo consagra el Artículo 17 Constitucional cuando dispone de los tribunales deben impartir en forma gratuita. La justicia, administrada por el Estado, debe estar al alcance de todas las personas, sea cual fuere su situación económica o social, y para ello es prenda de garantía la gratuidad de la misma.

Principio de inmediatez

Este

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