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Derecho Notarial


Enviado por   •  1 de Agosto de 2012  •  361 Palabras (2 Páginas)  •  459 Visitas

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Los romanos usaban una serie de términos para lo que hoy catalogamos como tortura. El proceso de investigación en el procedimiento penal era llamado quaestio, que a su vez aludía al tribunal mismo. Originalmente el Tormentum se refería a una forma de castigo, que incluía la pena de muerte infamante y solo a esclavos, como ya hemos referido. Cuando el tormento se aplicaba en un interrogatorio el término técnico era cuaestio per tormenta. Ulpiano nos aclara sobre estos términos:

"Por tortura debemos entender el tormento, el sufrimiento corporal y el dolor empleados para obtener la verdad. Por lo tanto un mero interrogatorio de un grado moderado de temor no justifica la aplicación de este edicto. En el término tormento se incluyen todas las cosas que se relacionan con la aplicación de la tortura. Por consiguiente, cuando se recurre a la violencia y el tormento se entiende que esto es tortura". (Digesto 47.10.15.41)

Es sin duda alguna el Digesto 48.18 "En lo concerniente a la tortura", la principal fuente legal romana que nos ilustra el tema. Aunque, por supuesto, en otros muchos documentos podemos hallar referencias a esta.

En realidad la tortura fue una evolución de castigos aplicables solo a esclavos. De este último texto podemos citar muchos fragmentos que nos demuestran esto último. En el Digesto 48.18 solo una declaración habla de tortura a romanos libres: "Pero cuando la acusación es traición, que concierne a la vida de los emperadores, todos sin excepción han de ser torturados, si son llamados a dar testimonio, y cuando el caso lo requiera" (Digesto 48.18.10). Arcadio Carisio, autor de la cita, testifica algo tarde (alrededor del año 300 n.e.), pero evidencia que era una práctica antigua, de modo informal desde el siglo I y oficialmente desde el siguiente siglo de nuestra era. En el mismo libro (48) y título (18) pero en su fragmento anterior (9), se recoge la extensión del uso de la tortura para los esclavos en algunos casos civiles, por Antonino Pío en el siglo II:

"El Divino Pío declaró en un rescripto que la tortura podía ser aplicada a esclavos en casos donde había dinero involucrado, si no podía saberse la verdad de otro modo,...".

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