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Derecho Penal


Enviado por   •  19 de Marzo de 2012  •  309 Palabras (2 Páginas)  •  403 Visitas

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ACCIONANTE: FABER DAVID MOLINA CANILLA

ACCIONADO DEPARTAMENTO DEL CESAR Y LA SECRETARIA DE EDUACION DEPARATAMENTAL.

FABER DAVID MOLINA CANILLA, mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Valledupar, Cesar, identificado con la Cédula de Ciudadanía Número 5.152.103 expedida en Valledupar, Cesar, mediante el presente escrito me permito interponer ACCION DE TUTELA contra DEPARATMENTO DEL CESAR Y LA SECRETARIA DE EDUCACION DEPARTAMENTAL DEL CESAR, representadas legalmente por el señor Gobernador, doctor CRISTIAN MORENO PANEZO y el Secretario de Educación Departamental Doctor MARCO FIDEL SUAREZ, o quien hagan sus veces, para que previo el trámite de las formalidades de la Acción de Tutela y por violación flagrante a los derechos a la VIDA, SALUD, MINIMO VITAL, DERECHO DE PETICION, PENSION SEGURIDAD SOCIAL, TERCERA EDAD, DIGNIDAD HUMANA, FAMILIA se ORDENE tutelar los derechos violados que se encuentran consagrados como fundamentales en nuestra Constitución Política.

ANTECEDENTES

1.- Mediante DECRETO No. 132 del 30 de mayo de 2011, el señor Gobernado y Secretario de Educación Departamental del Cesar, por haber por haber cumplido la edad de retiro forzoso, me retiran del servicio que desempeñaba como Auxiliar de Servicios Generales, código 470, grado 05, asignado en la Institución Educativa LOPERENA del Municipio de Valledupar (Cesar), con una asignación mensual de Un Millón Cuatrocientos Dos Mil Setecientos Ochenta y Cuatro Pesos ($1.402.784.oo).

2.- En el DECRETO No. 132 del 30 de mayo de 2011 parte resolutiva numeral PRIMERO se lee:

“ Retirar del servicio por haber cumplido la edad de retiro forzoso al señor FABER DAVID MOLINA CANILLA, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.152.103, quien desempeñaba el cargo de Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 05, asignado a la Institución Educativa Loperena del Municipio de Valledupar (Cesar), y fue nombrado mediante Decreto No. 118 del 18-09-1992, a partir del 09-10-1992, en propiedad por las razones expuestas en las consideraciones de este Decreto”

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