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Derecho penal: Es el único que puede castigar


Enviado por   •  22 de Octubre de 2019  •  Apuntes  •  3.588 Palabras (15 Páginas)  •  116 Visitas

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DERECHO PENAL

Derecho penal: Es el único que puede castigar.

Propósitos del derecho penal:

  1. Integridad a la sociedad.
  2. Proteger a la sociedad.
  3. Conservar y mantener el orden social.
  4. Encauzar la conducta humana.
  5. Coacción psicológica.
  6. La pena dirige la conducta del ser humano.
  7. Para hacer posible la vida gregaria.

Maggiore: Se aplica para el conjunto de normas penales (ordenamiento jurídico penal), como a la ciencia del derecho penal.

Derecho penal: Es la rama del derecho público interno relativo a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad: que tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.

Derecho público: Entiéndase el conjunto de normas que rige relaciones en donde el estado interviene como soberano.

A diferencia del DERECHO PRIVADO; que regula situaciones entre particulares.

Erróneamente se afirma que el derecho penal es público, por cuanto solo el estado tiene la capacidad para establecer delitos e imponer penas.

En el momento que se cometa un delito, surge una relación entre el particular (gobernado) y el estado (ente soberano).

También la víctima surge relación con el estado, pero para proteger, y la otra para castigar y hacer justicia.

El derecho va a vigilar las conductas ANTIJURIDICAS (aquellas que van en contra del derecho).

Imputable: Individuo con capacidad plena y que puede ser acusado.

Inimputable: Persona con disminución mental, puede ser un niño, persona con discapacidad, un loco, etc.

Necesidad del Dcho. Penal

Todos los intereses que el derecho intenta proteger son de importancia incalculable. Hay valores de mayor trascendencia para el estado y para lograr la supervivencia del mismo estado y orden social.

-Por su naturaleza punitiva capaz de crear y conservar el orden social.

Fin primordial: La paz y seguridad social.

Derecho criminal: En México no hay crímenes, únicamente delitos.
Derecho de defensa social: Es equivoca todo el dcho. Se dicta para la defensa de la sociedad.

Cuello calón: Conjunto de normas jurídicas establecidas por el estado que determinan los delitos, las penas y las medidas de seguridad con que son sancionados.

•Que establecen que conductas son delitos.

•Que penas deban imponerse..

JUS  PUNIENDI: El derecho a castigar del estado.

Derecho penal sustantivo: Se integra por normas relativas; al delito, a la pena y las medidas de seguridad. (No nada más el código penal local o federal contiene normas penales, existen más de 43 leyes federales que contiene normas de carácter penal).

Derecho penal adjetivo: Es el proceso sistemático que sirve para la aplicación de las normas del Código de Procedimientos Penales.

Derecho penal sustantivo / Derecho Adjetivo o instrumental es conocido como: El Derecho Penal. Código Penal.

El derecho penal objetivo nos dice que conductas son delitos y que penas y medidas de seguridad se imponen.

El derecho penal sustantivo nos dice donde encontrar las leyes, las normas de carácter penal.

HISTORIA DEL DERECHO PENAL

Desde el inicio de la humanidad el hombre a victimizado a su semejante.

En un principio el hombre prehistórico vivía en las copas de los árboles donde por la necesidad de vivir en grupo decide bajar para agruparse.

Grupos llamados: Clanes u hordas.

Tenía como finalidad: 

-Cacería en grupo.

-Pesca en grupo.

-Recolección de semillas (Mujeres).

Rey Hammurabi (código de Hammurabi): Creo leyes, hay de carácter civil y más importante, leyes penales, entre ellas crea la Ley de talión, Ley talios que significa “ojo por ojo, diente por diente”. Se crea el principio de proporcionalidad jurídica (el castigo debe ser proporcional al delito).

Surge la idea de crear reglas de convivencia es aquí donde vemos los primeros “convencionalismos sociales”.

 • Creándose también los primeros liderazgos lo que genera

- las disputas por el poder

- envidias

- ambiciones

Creándose las primeras víctimas de la historia.

VENGANZA PRIVADA

A esta época suele llamársele también venganza de la sangre o época bárbara. En este periodo la función represiva estaba en manos de los particulares.

Venganza de sangre, por que sin duda se origino por el homicidio y las lesiones, delitos por naturaleza denominados de sangre. Como en ocasiones los vengadores, al ejercitar su reacción, se excedían causando males mucho mayores que los recibidos, hubo necesidad de limitar la venganza y así apareció la fórmula del talión ojo por ojo y diente por diente, para significar que el grupo solo reconocía al ofendido el derecho de causar un mal de igual intensidad al sufrido.

Surgió más tarde el sistema de composiciones, según el cual el ofensor podía comprar al ofendido o a su familia el derecho de venganza.

Surge con la necesidad de venganza y consiste en la capacidad de cada individuo de vengarse; es decir:

Si se es fuerte se puede vengar.                Si se es débil se queda la ofensa.

Todo esto surge en la agrupación hordáica y quien se encarga de regular esta situación es el jefe de la horda o clan.

La compensación: Es el derecho a comprar la venganza, es decir, tú me robas 2 chivos me pagas con 1 vaca y 1 chivo (primer antecedente de reparación de daño).

Surge el código de Hammurabi que es un compendio de leyes en donde se establece la LEY DEL TALION “OJO POR OJO, DIENTE POR DIENTE”.

Existe la posibilidad también de que un tercero compre la venganza.

Hammurabi creo también el primer antecedente de reparación del daño.

Si una persona era robada y no era atrapada el estado tendría que reparar el daño con 2 manes de plata (el mane eran bolsitas de testículo de toro con oro).

Si la victima moría, el estado tendría que indemnizar la familia.

VENGANZA DIVINA

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