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EL POSITIVISMO JURÍDICO, CONFLICTIVIDAD SOCIAL Y JUSTICIA.


Enviado por   •  8 de Mayo de 2012  •  1.003 Palabras (5 Páginas)  •  1.148 Visitas

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EL POSITIVISMO JURÍDICO, CONFLICTIVIDAD SOCIAL Y JUSTICIA.

En este trabajo se pretende exponer las líneas fundamentales de la teoría pura del derecho, de uno de los más grandes juristas de todos los tiempos sin duda el más influyente en el Siglo XX cuya obra ha originado polémicas diversas, reconociendo los estudiosos innegables aportes a la ciencia y filosofía del derecho por parte del ilustre maestro vienés. En primer lugar se analizan en los distintos apartados las tesis del autor cuya formación ancló, no solamente en el conocimiento del derecho en sus más elevados exponentes, sino en la obra de los historiadores, los literatos v especialmente los grandes filósofos de diversas épocas, pues Kelsen fue un jurista con amplísima cultura y formación, además de ser original y creativo en la elaboración de su ingente obra. En un segundo momento se expresarán algunas reflexiones evaluativas de las aportaciones de Kelsen para llegar a conclusiones.

Kelsen defendió una visión positivista (o iuspositivista) que llamó teoría pura del Derecho: un análisis del Derecho como un fenómeno autónomo de consideraciones ideológicas o morales, del cual excluyó cualquier idea de derecho natural. Analizando las condiciones de posibilidad de los sistemas jurídicos, Kelsen concluyó que toda norma emana de otra norma, remitiendo su origen último a una norma hipotética fundamental que es para Kelsen una hipótesis o presuposición transcendental, necesaria para poder postular la validez del Derecho. Sin embargo nunca consiguió enunciar una norma jurídica completa basada solamente en su modelo. Más tarde, Kelsen situó dicha norma en el Derecho internacional, de ahí que defendiese la primacía de éste sobre los ordenamientos nacionales.

Kelsen consideraba a la moral como parte de la justicia, pero no exclusivamente, sino como un elemento anexo interconectado con la Justicia (que es uno de los fines del Derecho); así, en su Teoría pura del Derecho dijo «en tanto la justicia es una exigencia de la moral, la relación entre moral y derecho queda comprendida en la relación entre justicia y Derecho».

Una de las ideas más notables de Kelsen y que más legado ha dejado ha sido su sistema de revisión constitucional, que crea tribunales constitucionales especializados a los que confía esta revisión. Kelsen propone originalmente un cuerpo de jueces que no provengan del poder judicial. Esta institución se diferencia del sistema norteamericano (que nace en los albores de la independencia, con el caso Marbury vs. Madison), en que el tribunal funciona como «legislador negativo» invalidando los estatutos o legislaciones que considere contrarios a la constitución y no procede necesariamente caso a caso. Este sistema fue usado primero en Austria, pero luego se extendió a España, Portugal e Italia y más adelante, incluso a repúblicas de Europa Central y del Este. En el sistema de revisión constitucional de Chile, que se reglamenta a partir de las modificaciones constitucionales del año 2005, se ve una fuerte influencia del sistema kelseniano (o europeo como algunos lo llaman).

Su concepción de la democracia como técnica participativa

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