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El Derecho Civil como Derecho Positivo


Enviado por   •  14 de Mayo de 2013  •  Trabajos  •  815 Palabras (4 Páginas)  •  537 Visitas

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Fuentes del derecho civil:

DERECHO CIVIL DE VENEZUELA: REGULACION JURIDICA DE LAS RELACIONES PRIVADAS

INTRODUCCIÓN

La historia deja mucho que decir, con relación a los loables propósitos de nuestros antepasados con el fin de darle a Venezuela leyes y códigos para la regulación de las actividades de los venezolanos en el campo del derecho civil, en lo económico, judicial, social y político. Algunos propósitos tuvieron su cometido y otros fueron negativos. Pero este propósito tuvo eco en los tiempos de la presidencia del general Guzmán Blanco que fue uno de los precursores de la aprobación del primer código civil venezolano vigente.

DERECHO CIVIL DE VENEZUELA

Aspecto Histórico del Derecho Civil

Con respecto a los códigos civiles y la situación de la época, era parecida a los códigos penales de 1.831, una comisión nombrada por el Congreso de Juristas, para reformar códigos civiles, criminal, militar y de comercio. La misma fracaso y no se aprobó ningún código, solamente el de procedimiento judicial, redactado por el Licenciado Aranda.

El nueve de diciembre de 1.872 se dictó un decreto en el cual se nombra una nueva comisión para redactar los siguientes códigos: civil y de comercio. Esta comisión encargada de redactar el código civil estuvo a cargo de Cecilio Acosta, en quien descansó la mayor parte del trabajo. Este código se basó en el Código Civil Italiano que a su vez era el código de Napoleón con reformas sustanciales. Antes de entrar en vigencia el código civil, el General Guzmán Blanco dictó dos decretos: uno referente a la secularización completa y absoluta de los esponsales del matrimonio y el otro de registros del estado civil.

En 1.922 se dicta un nuevo código a través de una comisión ordenada por Juan Vicente Gómez. Así mismo Eleazar López Contreras nombra otra comisión encabezada por Martín Vegas y J. P. Alfonso para que se redacte un nuevo proyecto. Pero fue en 1.942 cuando se elabora el Código civil vigente en Venezuela.

El Derecho Civil como Derecho Positivo.

En sentido amplio el derecho civil es sinónimo de derecho privado – estrictus sensus; y constituye la parte fundamental del derecho privado que comprende las normas relativas al Estado y capacidad de las personas, a la familia al patrimonio, a las obligaciones y contrato y a la transmisión de bienes regulando las relaciones privadas de los individuos entre sí. De forma que el derecho civil forma parte del derecho objetivo, positivo y sustantivo.

El Código Civil.

Es considerado como la agrupación y ordenación de normas jurídicas vigentes de la rama civil. Se puede concluir que los códigos y leyes presentan lagunas, las cuales son controladas y superadas por la integración

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