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Fundamentos Legales de las Tics.


Enviado por   •  14 de Diciembre de 2012  •  Tesis  •  1.306 Palabras (6 Páginas)  •  1.197 Visitas

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Fundamentos Legales de las Tics.

Las Tecnologías de Información y Comunicación TIC particularmente, pienso que están muy bien sustentadas en materia legal, analizando las lecturas de los diferentes artículos y decretos se puede considerar que están incluidos los diferentes sectores de la población, donde pueden desarrollarse y contribuir con el avance de las nuevas tecnologías en Venezuela.

El principal objetivo de la fundamentación legal de las TIC es adoptar un marco normativo que avale todo lo relacionado con las innovaciones tecnológicas en todos los aspectos social, económico, educativo entre otros.

En primer lugar para especificar claramente el punto de partida en el aspecto legal de las TIC, nos basamos principalmente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 108 y 110 donde se establece que el estado garantizará los servicios de radio, televisión, redes de biblioteca y de informática reconociendo así el acceso universal de la información en todos los sectores como pieza clave para el desarrollo económico del país.

El estado venezolano tiene varias fundamentaciones para las tics, esta planteado inicialmente de acuerdo a los niveles legales en la CRBV en los artículos 108 y 110 en lo cual se expone:

Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El estado garantizara servicios públicos de radio, televisión, redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información…

Articulo 110. El estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como la soberanía nacional.

Este fundamento legal da origen a varias leyes nacionales que desarrollan en sus artículos la pretensión de la constitución en donde el estado como ente rector debe garantizar la comunicación para los ciudadanos que habitamos en el territorio venezolano.

Entre estas leyes tenemos:

Ley orgánica de telecomunicaciones

Ley orgánica para la protección del niño y el adolescente

Ley nacional de juventud

Ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas

Vale la pena mencionar que para que una sociedad alcance cada vez mas desarrollo se requiere estar inmerso en el mundo de las telecomunicaciones y la informática, esto permite la evolución de los pueblos.

En el área educativa al cual atañe a nuestro estudio si bien al estado tiene el deber de proporcionar los medios adecuados para que la comunicación y la tecnología llegue a los niños y adolescentes, es tarea de los docentes lograr que estos recursos sean bien asimilados y se utilicen en pro y beneficio de ellos mismos y la sociedad en un futuro inmediato.

La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación establece en su artículo n° 2: “las actividades científicas, tecnológicas, de innovación y sus aplicaciones son de interés público y de interés general”. Ello explica por qué el nuevo modelo de país trasciende la visión parcelaria de las actividades científicas como un hecho resultante de ejercicios académicos (como proyectos elaborados bajo estrictas condiciones de laboratorio) y otorga el derecho al pueblo a participar -desde su propio contexto- en la transformación nacional, partiendo del derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su preámbulo.

Artículo 4. Ámbito de acción. De acuerdo con esta Ley, las acciones en materia de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, estarán dirigidas a:

1. Formular, promover y evaluar planes nacionales que en materia de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, se diseñen para el corto, mediano y largo plazo.

2. Estimular y promover los programas de formación necesarios para el desarrollo científico y tecnológico del país.

3. Establecer programas de incentivos a la actividad de investigación y desarrollo y a la innovación tecnológica.

4. Concertar y ejecutar las políticas de cooperación internacional requeridas para apoyar el desarrollo del Sistema Nacional de Ciencia,

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