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Impuesto A Los Depósitos En Efectivo


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2012  •  570 Palabras (3 Páginas)  •  349 Visitas

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Artículo 1

Las personas físicas y morales, están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley respecto de todos los depósitos en efectivo, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero.

Artículo 2

No estarán obligadas al pago del impuesto a los depósitos en efectivo:

I. La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios.

II. Las personas morales con fines no lucrativos.

III. Las personas físicas y morales, hasta por un monto acumulado de $15,000.00 al mes.

IV. Las instituciones del sistema financiero.

V. Las personas físicas, por los depósitos en efectivo realizados en sus cuentas que a su vez sean ingresos por los que no se pague el ISR.

Artículo 3

El impuesto a los depósitos en efectivo se calculará aplicando la tasa del 3% al importe total de los depósitos gravados por esta Ley.

Artículo 4

Las instituciones del sistema financiero tendrán las siguientes obligaciones:

!. Recaudar el impuesto.

II. Enterar el impuesto en un plazo no mayor a 3 días en que se haya recaudado.

III. Informar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria el importe.

IV. Recaudar el impuesto a los depósitos en efectivo que no hubiera sido recaudado en el plazo señalado.

V. Entregar al contribuyente de forma mensual y anual, las constancias que acrediten el importe recaudado.

VI. Llevar un registro de los depósitos en efectivo que reciban.

VII. Proporcionar anualmente a más tardar el 15 de febrero, la información del impuesto recaudado.

VIII. Informar a los titulares de las cuentas, sobre los depósitos en efectivo realizados en ellas.

IX. Los titulares de las cuentas deberán identificar al beneficiario final del depósito.

Artículo 5

Si se comprueba que existe un saldo a pagar, las autoridades fiscales notificarán al contribuyente dicha circunstancia, otorgándole un plazo de 20 días hábiles, para que manifieste por escrito pruebas que desvirtúen la existencia del saldo a cargo.

Artículo 6

Los montos del impuesto a los depósitos en efectivo que no hayan sido recaudados por falta de fondos en las cuentas de los contribuyentes, serán objeto de actualización y recargos.

Artículo 7

El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio.

Artículo 8

Los contribuyentes podrán acreditar contra el monto del pago provisional del ISR del mes de que se trate, una cantidad equivalente al monto del impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el mismo mes.

Artículo 9

En lugar de aplicar lo dispuesto en el artículo anterior, los contribuyentes podrán optar por

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