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LA PRUEBA


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2012  •  2.235 Palabras (9 Páginas)  •  407 Visitas

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SUSTANCIACIÓN DEL PROCESO JURISDICCIONAL

La sustanciación del proceso jurisdiccional consiste en conducir o llevar adelante la tramitación de una causa por la vía procesal adecuada impulsándola hasta el dictado de la sentencia o hasta su total terminación.

RÉGIMEN PROBATORIO

El régimen probatorio se puede definir como un conjunto de reglas procesales que regulan la forma en la que se recolecta información dentro del proceso. Este conjunto de reglas también forma parte del sistema de garantías y sirve de nexo entre sus dos dimensiones principales. Tres son los ejes del sistema de garantías: el primero, establece los atributos del acto que debe ser juzgado; el segundo, las condiciones bajo las cuales debe ser juzgado; y el tercero, fija los límites para la recolección y búsqueda de la información que nutrirá el proceso de verificación o proceso cognitivo (régimen de la prueba o legalidad de la prueba).

En los sistemas procesales en donde predomina el juicio oral, han ido creciendo a los largo de los siglos, cuerpos de reglas que definen las condiciones para la incorporación de prueba al proceso. Se ha dicho que, en gran parte, estas reglas responden a la necesidad de proteger de material probatorio perjudicial o inconducente a los jurados legos. En los sistemas donde no hay jurado pero sí juicio oral, estas reglas no son tan rigurosas, pero siempre existen. La exclusión de la prueba ilícita, inconducente, repetitiva, de “oídas” y mucho más, se considera oportuna, aún en un juicio sin jurados. En los sistemas donde el jurado popular es lo usual, en un reducido número de juicios en derecho (es decir, sin jurado popular), estas reglas tampoco se aplican con la misma rigurosidad. Es usual que el juez admita pruebas que hubiera rechazado si el juicio fuese ante jurado. Es más, en estas situaciones, los tribunales de apelación generalmente presumen que la parte de la prueba que no sería admisible no fue valorada en sus deliberaciones por el juez.

LA PRUEBA

La prueba es la averiguación que se hace en juicio de una cosa dudosa o bien el medio con que se muestra y hace evidente la verdad o falsedad de alguna cosa, solamente las cosas de hecho son las que necesitan de prueba y no las que son de derecho ya que es el juez quien decide acerca del derecho.

PRINCIPIOS GENERALES DE LA PRUEBA

1- Universalidad: obligación de demostrar lo que tiene que configuran,

2- Necesidad: los hechos no existen si no se hayan demostrado

3- Legalidad: el principio de adquisición o legalidad de la prueba se basan en el postulado que la prueba pertenece al proceso y no a las partes, exige ritualidad en su producción.

4- Contradicción: reclama la posibilidad de controvertir los elementos desfavorables.

5- Publicidad: conocimiento tanto del medio como del recurso de su adicción o incorporación al paginario la libertad de su valoración.

CLASIFICACIÓN DE LA PRUEBA

1- De acuerdo a su finalidad:

Prueba de descargo o exculpatoria: es aquella que persigue acreditar la inocencia del encartado. También se le denomina contra prueba o prueba contraria.

Prueba de cargo o incriminatoria: es aquella dirigida a demostrar la culpabilidad del encartado en un hecho delictivo.

Pruebas sustanciales: persiguen demostrar la validez o existencia de un acto jurídico de naturaleza material. Por ejemplo: escritura pública de compraventa.

Pruebas formales: su papel se circunscribe únicamente al campo procesal.

2- De acuerdo a su ilicitud o licitud:

Pruebas ilícitas: son aquellas que han sido recabadas e incorporadas al proceso penal por medio de una trasgresión a una norma constitucional o procesal.

Pruebas lícitas: su validez y eficacia probatoria se encuentran garantizadas por su estricto apego al debido proceso.

3- De acuerdo con su resultado:

Prueba plena: es una sola prueba que le proporciona al juzgador la suficiente convicción. También se le denomina prueba completa o perfecta.

Prueba semiplena: el juez necesita que la única prueba sea complementada con otros elementos probatorios para llegar a la convicción. Se le llama prueba incompleta o imperfecta.

4- De acuerdo con su utilidad:

Pruebas útiles: constituyen un apoyo que le permite a la autoridad jurisdiccional obtener la convicción con respecto a hechos que son relevantes en el proceso penal.

Pruebas inútiles: no prestan ningún servicio o auxilio al juez.

Pruebas posibles: pueden practicarse sin problema alguno.

Pruebas imposibles: no existe posibilidad alguna para realizar su práctica.

Pruebas conducentes: es aquella que es apta para que el juez llegue al convencimiento, en relación con el hecho al que hace mención la misma prueba.

Pruebas inconducentes: es lo contrario a lo anterior.

Pruebas pertinentes: tienen relación con el hecho que se pretende probar.

Pruebas impertinentes: no guardan ningún tipo de relación con el hecho que se pretende demostrar.

5- De acuerdo a su objeto:

Pruebas directas: son aquellas que se refieren inmediatamente al objeto a probar.

Pruebas indirectas: hacen referencia a otro objeto que tiene relación con el objeto a probar. Ej: prueba indiciaria.

6- De acuerdo a su medio:

Pruebas genéricas: le proporciona al juez una percepción directa del objeto a probar. Tenemos como ejemplo el cuerpo del delito, las huellas materiales del hecho delictivo, etc.

Pruebas específicas: el juez obtiene el conocimiento del objeto por medio de otras fuentes. Ej: búsqueda e identificación del autor del hecho punible, así como los demás partícipes, si existieren.

7- De acuerdo a su categoría o grado:

Pruebas primarias: tiene como fin primordial demostrar el hecho sea en forma directa

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