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La Intervención De La víctima/ofendido En El Nuevo Proceso Penal Acusatorio


Enviado por   •  21 de Abril de 2014  •  456 Palabras (2 Páginas)  •  624 Visitas

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La intervención de la víctima/ofendido en el nuevo proceso penal acusatorio.

Con la reforma constitucional del 18 de junio de 2008, se transita de un sistema mixto a un sistema de justicia penal acusatorio, el estado Mexicano reconoció diversos derechos humanos que le asisten a las victimas u ofendidos del delito, de dicha reforma los artículos que más impactan al tema en estudio, son artículo 16, 17 y 20 apartado A y C.

En congruencia con la reforma constitucional, el 9 de enero de 2013 fue publicada la Ley General de Víctimas, así también es de notar que la ley de amparo publicada el 2 de abril de 2013 contiene temas que impactan directamente en los derechos humanos de las víctimas, los cuales se desarrollaran infra, la procuraduría general de la republica realizo una propuesta de código único de procedimientos penales en la que se ven reflejados los derechos de las victimas u ofendidos.

El proceso penal ha dado un vuelco en cuanto hace su paradigma, ya que como lo contempla el artículo 20 apartado A fracción I, el objeto del proceso penal es; “El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen”, así mismo dicho artículo 20, Apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contemplan los derechos humanos de las victimas u ofendidos del delito, mismos que deben observarse durante toda la tramitología de las distintas fases del sistema acusatorio, como lo son:

I. Recibir asesoría jurídica

II. Coadyuvar con el Ministerio Público

III. Ofrecer pruebas e intervenir en el juicio

IV. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia

V. Que se le repare el daño

VI. Al resguardo de su identidad y otros datos personales

VII. Solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos

VIII. Recurso efectivo

Recibir asesoría jurídica, Coadyuvar con el Ministerio Público, derecho a ofrecer pruebas e intervenir en el juicio

La víctima u ofendido pueden intervenir desde el acuerdo de inicio de la Carpeta de Investigación, y podrá constituirse como acusador coadyuvante dentro de los 3 días siguientes a que se le haya notificado la acusación presentada por el ministerio público.

En la primera comparecencia de la víctima ante una autoridad, se debe dar la lectura de derechos correspondientes, que contemplan la Constitución Política

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