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La vulneración del principio de congruencia en el proceso penal


Enviado por   •  21 de Enero de 2023  •  Ensayos  •  9.563 Palabras (39 Páginas)  •  160 Visitas

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UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA

La Universidad Católica de Loja

ÁREA SOCIOHUMANÍSTICA

 MAGÍSTER EN DERECHO PROCESAL PENAL

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TÍTULO:

La vulneración del principio de congruencia en el proceso penal

Autora:  Sonia Margarita Sarango Varzallo

Director: PhD.Erick Guimaray Mori

CENTRO UNIVERSITARIO RIOBAMBA

2021


Tema

En el artículo 608 numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal se establece que el auto de llamamiento a juicio debe incluir la determinación del o los hechos y el delito acusado por la o el fiscal, lo que obliga al juzgador a que si dicta el auto de llamamiento a juicio, sea sobre el delito que el fiscal dictó o fundamentó  en su dictamen fiscal, para que sean congruentes las actuaciones de la Fiscalía con las actuaciones del Juez y Tribunal de Garantías Penales, Es decir, que se investigue y se sancione por un tipo penal en particular y no por delitos diferentes al impulsado por Fiscalía

Sin embargo, en la práctica judicial se han presentado casos en los cuales la Fiscalía emite dictamen acusatorio por un tipo penal; y, el Juez de Garantías Penales cambia el tipo penal y dicta auto de llamamiento a juicio por un delito diferente al que formuló cargos la fiscalía, y por el cual emitió dictamen acusatório.Transgrediendo así el principio de congruencia y además produciendo una vulneración del derecho de defensa del procesado, ya que durante la etapa pre procesal de investigación, en la etapa de instrucción y de evaluación y preparatoria de juicio se defendió por un delito: y a partir de la etapa de juicio se deberá defender por un delito distinto, del cual no tuvo la oportunidad de defenderse en las etapas anteriores, lo cual es una problemática real que se presenta en varios juzgados y tribunales del país. En este contexto se han presentado varios casos que evidencia la vulneración del principio de congruencia, así por ejemplo en la Sentecia de Casación dentro del juicio Nro. 0716-2013, la Corte Nacional de Justicia corrige errores del Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua, quienes de manera ilegal cambian el tipo a otro diferente al que se dicto en el auto de llamamiento a juicio, Es decir, se dictpo auto de llamamiento a juicio por el delito de detención ilegal y el Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua condena a las personas por el delito de plagio, vulnerando de esta manera el principio de congruencia y consecuentemente el derecho a la defensa del procesado.Lo preocupante de esta sentencia, es que en la rati decidendi señala lo siguiente:  el juez como garantista de la seguridad jurídica contemplada en la Constitución, podrá encaminar una sentencia, si es que no se ha adecuado en el auto de llamamiento a juicio, correctamente la norma que tipifica y sanciona el delito cometido; con el objeto de lograr una resolución apegada a derecho, siempre sobre la base de los hechos suscitados, no violándose de esta manera el derecho a la defensa del procesado…” En virtud de lo expuesto, se manifiesta que para la Corte Nacional de Justicia, si existiría la posibilida de cambiar el tipo penal, siempre y cuando no se vulnere el derecho a la defensa del procesado, lo cual desde el ámbito teórico resulta muy aceptable, pero en la práctica, ese cambio del tipo penal siempre va a conllevar a la vulneración del derecho a la defensa del procesado, porque se empieza defendiendo por un delito y se le pude terminar condenando por otro delito.

Problema

Problema General

        ¿Se han presentado casos en los cuales el Juez de Garantías Penales há vulnerado el principio de congruencia, dictando un un auto de llamamiento  juicio por un delito diferente al ausado por Fsicalía?.

Problemas Específicos

¿Cuando el Juez o Tribunal de Garantías Penales cambia el tipo penal, a otro diferente del acusado por Fiscalía, se vulnera el derecho a la defensa del procesado?

¿Se podría transgredir la seguridad jurídica si el proceso penal se inicia por un determinado delito, pero se concluye con el juzgamiento de un delito diferente al que se inició?

 

Justificación del Problema

Es importante llevar  cabo esta investigación, por cuanto en la práctica judicial se ha podido identificar ciertos casos en los cuales los Jueces deciden cambiar el tipo penal, al momento de dictar el auto de llamamiento a juicio y en otros casos, cuando dictan la respectiva sentencia, lo cual produce que las personas procesadas se queden en la indefensión.

        Estas desiciones judiciales, a veces son tomadas por los Jueces o Tribunales de Garantías Penales en base del principio iura novit curia,(el juez que conoce el derecho) ya que desde el ámbito judicial se trata de enmendar posibles errores de Fiscalía, al calificar el delito por el cual se le acusa a una persona, cuando en realidad según el criterio de los Jueces, era otro delito que debía haberse acusado a Fiscalíadebiéndose sancionar a una persona por el tipo penal correcto según el principio iruta novit curia lo cual en un primer escenario parece muy razonable. Sin embargo, en estos casos se puede privar del derecho a la defensa a la persona, porque se defendió de un tipo penal, distinto, al que finalmente va a ser sancionado.

En base de lo expuesto, es preciso señalar que el iura novit curia, en primer lugar no es una regla, sino mas bien es un principio que orienta a que el Juez aplique de manera correcta las normas que integran el ordenamiento jurídico en cada caso en particular, lo cual es perfectamente aplicable en materia constitucional, civil y laboral, pero en materia penal tiene sus límites, por cuanto el cambiar el tipo penal de una etapa del proceso penal a otra, vulnera el derecho a la defena del procesado, siendo esta la limitación delp principio iura novit curia en materia penal.

En ral razón, se considera necesario profundizar y analizar los efectos jurídicos que produce la problemátca expuesta por la investigadora, lo cual beneficiará a las personas que están siendo investigadas y/o procesadas en la actualidad.

Objetivos del Proyecto

General

Identificar los casos en los cuales el Juez de Garantías Penales vulneró el principio de congruencia, dictando un un auto de llamamiento  juicio por un delito diferente al ausado por Fiscalía ¿Siempre que se cambia el tipo se vulnera el principio de congruencia?

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